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Documento BOE-A-2003-21839

Resolución de 9 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se autoriza la ampliación de los campos de actuación como organismo de control a la sociedad Seguridad Industrial, Medio Ambiente y Calidad, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2003, páginas 42528 a 42528 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2003-21839

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por D. J. Javier Caldera Sánchez y D. Ángel Gallego Álvarez, en nombre y representación de Seguridad Industrial Medio Ambiente y Calidad, S. L. (SIMECAL), con domicilio social en calle Federico Landrove Moiño, 20, 7.º A, 47014 Valladolid, para la ampliación de la autorización como organismo de control en los campos reglamentarios de:

Instalaciones Eléctricas (R. D. 842/2002, de 2 de agosto).

Protección Contra Incendios (R. D. 786/2001, de 6 de julio).

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial (B.O.E. de 6 de febrero de 1996).

Resultando que la empresa ha presentado la documentación exigida en el citado Real Decreto.

Resultando que la entidad solicitante está autorizada en los campos:

Instalaciones y aparatos a presión.

Instalaciones eléctricas.

Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención.

Instalaciones petrolíferas.

Considerando que la documentación presentada acredita que la empresa cumple con las exigencias generales establecidas en el Real Decreto citado para los ámbitos solicitados.

Visto el informe emitido por el Servicio de Industria de esta Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Autorizar a la entidad Seguridad Industrial Medio Ambiente y Calidad, S. L. (SIMECAL) la ampliación como organismo de control a los campos de actuación:

Instalaciones Eléctricas (R. D. 842/2002, de 2 de agosto).

Protección Contra Incendios (R. D. 786/2001, de 6 de julio).

Esta autorización está limitada a los reglamentos y normativa técnica especificada en el documento de acreditación, número 56/EI090, y su anexo técnico Rev. 3 de fecha 31 de junio de 2003.

Segundo.

Esta autorización de actuación como organismo de control tendrá vigencia, mientras se mantenga la vigencia establecida por la acreditación de E.N.A.C. 56/EI090, pudiendo ser suspendida o revocada, además en los casos contemplados en la legislación vigente.

Tercero.

La citada entidad queda autorizada para poder actuar en los ámbitos reglamentarios y con las limitaciones expresadas en todo el territorio nacional, debiendo en todo caso para actuar en cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.

Cuarto.

Cualquier modificación de las condiciones de acreditación o autorización que han servido de base para esta autorización deberá comunicarse al día siguiente de producirse a esta Dirección General.

Quinto.

La Entidad autorizada, deberá mantener actualizados los registros existentes en esta Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica referentes a instalaciones, medios materiales, personal técnico, etc., y asimismo atenderá a las especificaciones que dicte el órgano competente de esta Dirección General, para el mejor funcionamiento de las relaciones con la Administración.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 9 de septiembre de 2003.–El Director general, Juan Casado Canales.

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