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Documento BOE-A-2003-21753

Orden APA/3306/2003, de 7 de noviembre, por la que se publica la lista de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso, por el turno de promoción interna, en la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, convocadas por Orden APA/960/2003, de 8 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2003, páginas 42462 a 42463 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-21753

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Analistas de Laboratorio del IRA, convocadas por Orden

de 8 de abril de 2003 (BOE del 23 de abril de 2003), de este

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según lo

establecido en el art. 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo, y en la base 7.2 de la mencionada convocatoria,

Este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Publicar la lista de aprobados por orden de

puntuación obtenida en las pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Analistas de Laboratorio del IRA, según anexo I de esta Orden.

Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el

anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales

desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta

Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación o bien en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o

pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.4

de la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite la homologación.

3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo II.

4. Certificado médico oficial que acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos

de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

Cuarto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos. Los

aspirantes podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto

de trabajo que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional, en la fecha de finalización del

plazo de presentación de solicitudes de adjudicación de

destinos, de conformidad con los artículos 26 y 78 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera

desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en

Administraciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a

lo que estas Administraciones convengan al respecto, y, en todo

caso, la adjudicación de destinos se efectuará por los órganos

competentes de estas Administraciones Públicas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este

órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose que en este caso no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 7 de noviembre de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden

APA/749/2003, de 31 de marzo BOE 03-04-2003), el

Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación y Presidenta del Tribunal.

ANEXO I

Relación de opositores que han superado el proceso selectivo

Número de orden: 1. Apellidos y nombre: González Notario,

Miguel Francisco. D.N.I.: 01096764. Puntuación: 102,92.

Número de orden: 2. Apellidos y nombre: Moyano López,

Mercedes. D.N.I.: 05373188. Puntuación: 94,16.

ANEXO II

Don/doña .......................................................................,

con domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad número ..............., declara bajo juramento

o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala

de Analistas de Laboratorio del I.R.A., que no ha sido separado/a

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En .........................., a ........ de .......................... de 2003.

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