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Documento BOE-A-2003-21744

Orden HAC/3302/2003, de 19 de noviembre, de designación de los miembros de la Junta Arbitral prevista en el artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2003, páginas 42459 a 42460 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-21744

TEXTO ORIGINAL

El artículo 51 (ex 45) del Convenio Económico entre el Estado

y la Comunidad Foral de Navarra establece en su punto 1 una

Junta Arbitral con las siguientes funciones:

a) Conocer de los conflictos que surjan entre las

Administraciones interesadas como consecuencia de la interpretación y

aplicación del presente Convenio a casos concretos concernientes

a relaciones tributarias individuales.

b) Resolver los conflictos que se planteen entre la

Administración del Estado y la de la Comunidad Foral o entre ésta y la

Administración de una Comunidad Autónoma, en relación con

la aplicación de los puntos de conexión de los tributos cuya

exacción corresponde a la Comunidad Foral de Navarra y la

determinación de la proporción correspondiente a cada Administración

en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre

Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido.

c) Resolver las discrepancias que puedan producirse con

respecto a la domiciliación de los contribuyentes.

Por órdenes del excelentísimo señor Ministro de Hacienda de

fechas 30 de abril de 1982 y 20 de enero de 2000 se designaron

los representantes de la Administración del Estado en la Junta

Arbitral regulada en el Convenio Económico entre el Estado y

la Comunidad Foral de Navarra.

Habiéndose producido la modificación del Convenio

Económico mediante la Ley 25/2003, de 15 de julio, atribuyéndose

nuevas funciones y estructura a la Junta Arbitral, que deberá estar

integrada ahora por tres miembros expertos de reconocido

prestigio en materia tributaria o hacendística, se hace necesario una

nueva designación de los miembros de ésta.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el

apartado 2 del artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y

la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990,

de 26 de diciembre, dispongo:

Primero.-Designar como Presidente de la Junta Arbitral

prevista en el artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado

y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990,

de 26 de diciembre, a don Eugenio Simón Acosta.

Segundo.-Designar como Vocales de la Junta Arbitral prevista

en el artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y la

Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Ley 28/1990, de 26

de diciembre, a don Antonio Cayón Galiardo y a don José Antonio

Asiain Ayala.

Lo que comunico a V. E. para su conocimiento y el de los

interesados, a cuyo efecto ruego les dé traslado.

Madrid, 19 de noviembre de 2003.

MONTORO ROMERO

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