Siendo urgente la provisión de tres plazas vacantes de
programadores. núms. L215, L217 y L218 de la vigente relación
de puestos de trabajo del personal laboral de administración y
servicios, publicada por Resolución de 26 de agosto de 2003 (DOG
do 5 de septiembre), y aprobado la Junta de Gobierno, en su
sesión del 11 de julio de 2002 el sistema de selección de
concurso-oposición para su provisión, según establece el artículo
111.3 de los Estatutos,
Este Rectorado, en el uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, del 21
de diciembre, de Universidades (BOE del 24), así como en los
Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Xunta
de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17) y
modificados por Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998 de 30 de
julio (DOG del 28 de agosto), y con el objeto de atender las
necesidades de los servicios informáticos, resuelve:
Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir tres plazas
de programadores, grupo II, de acuerdo con la siguiente
distribución: dos plazas por el sistema general de acceso libre y una
por el sistema de promoción interna. Las vacantes no cubiertas
por el turno de promoción interna se acumularán a las de acceso
libre. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos
citados.
Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Solicitudes
1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como
anexo IV. A la instancia se acompañará fotocopia del documento
nacional de identidad, acreditándose además el pago de los
derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.
Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Señor
Rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días
naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de
esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General
de la Universidad de A Coruña (Edificio del Rectorado, Calle de
la Maestranza, S/N, C.P 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del
Campus, Doctor Vázquez Cabrera, S/N, C.P. 15403), o en las restantes
formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de
noviembre), modificada por la Ley 4/1999 del 13 de enero (BOE
del 14).
Las solicitudes suscriptas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas
correspondientes.
1.2 Los aspirantes por la tanda libre deberán justificar el pago
en la cuenta corriente 0049-5030-15-2516011262,
concursos-oposicións ; Banco Santander Central-Hispano de A Coruña, de la
cantidad de 31 euros por derechos de inscripción. La solicitud
deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, su
falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el
pago supondrá la substitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el
punto 1.1.
1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso
deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos
justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios
prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante
certificación expedida por la Gerencia de la Universidad, referida a
la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente
convocatoria.
1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán
indicarlo en el recuadro número 14 de la instancia y solicitar,
si es el caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.
1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido
dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza,
excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes
requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y
ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta está definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar
el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus
expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación en
los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y
ratificados por España.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de
los sesenta y cinco.
c) Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto
Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente, o en condiciones de
obtenerla en la fecha en la que finalice el plazo de presentación
de las solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán
acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 En el turno de promoción interna podrán participar los
trabajadores laborales fijos de la universidad que pertenezcan a
categoría distinta a la de las plazas objeto de provisión y que
dispongan de la titulación o formación que los habilite para el
desarrollo profesional de las plazas ofertadas.
2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar
de los mismos durante el proceso selectivo.
3. Discapacidades
3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal
calificador de las mismas establecerá, para las personas con
minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión,
las adaptaciones posibles de tiempos y medios.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran
dudas al Tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con
alguna discapacidad para el desempeño de las actividades
habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de
programadores, podrá solicitar el correspondiente dictamen del
órgano competente de la Comunidad Autónoma.
4. Listas de admitidos y excluídos
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el
plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad
dictará resolución, que será publicada en el "Diario Oficial de
Galicia", declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos
y excluídos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios
del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus
de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento
nacional de identidad y, si es el caso, las causas de exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir de la publicación de la referida resolución, para
corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho
plazo el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista
definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Diario
Oficial de Galicia.
4.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga
que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos
exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo
con lo previsto en la base 10.1 de esta convocatoria.
5. Sistema selectivo
5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios
y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
5.2 EL programa de las pruebas de la fase de oposición es
el que figura como Anexo II.
6. Tribunal Calificador
6.1 El Tribunal Calificador es el que figura como Anexo III
de la presente convocatoria.
6.2 El Tribunal en su constitución, composición y
funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de
administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la ley 4/1999
del 13 de enero (BOE del 14).
6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas en el número que considere necesario.
6.4 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas
en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG del 25).
6.5 Para los efectos de comunicaciones y demás incidencias,
el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
A Coruña (calle Maestranza, sin número).
7. Calendario de las pruebas
7.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios se hará
público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos.
7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de
un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes será la que
determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad
Autónoma para el año en que se realice la prueba.
7.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
un único llamamiento quedando decaídos en su derecho los que
no comparezcan, excepto en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. En
cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
8. Aspirantes de nacionalidad extranjera
8.1 Con carácter previo a la realización de los ejercicios de
la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que
poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y
escrita en esta lengua.
8.2 El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto
en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29), por
el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del
español como lengua extranjera. La prueba se calificará con apto
o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para
pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposición. Quedan
eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten,
mediante fotocopia compulsada, estar en posesión del Diploma
Superior de Español como Lengua Extranjera, establecido por el
Real Decreto 826/1988, del 20 de julio, modificado y completado
por el Real Decreto 1/1992, del 10 de enero, o del certificado
de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas
Oficiales de Idiomas. De no presentar esta documentación no
podrán ser declarados exentos y deberán, en consecuencia,
realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.
9. Lista de aprobados
9.1 EL Tribunal hará pública la valoración de los méritos de
la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la
fase de oposición.
9.2 Concluido cada un de los ejercicios de la fase de
oposición, el Tribunal calificador hará pública en el Rectorado de
A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el
lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos
otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los
aspirantes en el mismo, así como, de ser el caso, la de cada una
de las pruebas que lo compongan.
Posteriormente, el Tribunal hará pública, en esos mismos
lugares, la relación definitiva de aprobados para cada uno de los
sistemas de acceso, que en ningún caso podrá contener un número
de candidatos superior al de las plazas convocadas, en la que
constará el nombre y la puntuación de los aspirantes que,
alcanzando la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios
de la fase de oposición, obtuvieran la mayor puntuación final
calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I. Los
opositores que no estén incluidos en las respectivas relaciones tendrán
la consideración de no apto a todos los efectos, único extremo
acerca del que el Tribunal podrá certificar.
9.3 El Tribunal remitirá al Rector la relación definitiva de
los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final,
con propuesta de que se les formalice el correspondiente contrato
de trabajo.
10. Presentación de documentos y formalización
de los contratos
10.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente
al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en
las pruebas selectivas, estos deberán presentar en el Servicio de
Personal de la Universidad de A Coruña (Calle de la
Maestranza, s/n) los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a
las pruebas.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán presentar declaración o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que inhabilite
en su Estado el acceso a la función pública.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
10.2 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que
superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de
documentos, serán contratados como programadores.
Los seleccionados por el turno de promoción interna tendrán
preferencia sobre el turno libre para la elección de vacantes.
10.3 El período de prueba será de tres meses, durante el
que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones
correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados
de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a
instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este
período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con
anterioridad hayan desempeñado funciones de programadores en la
Universidad de A Coruña.
Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo
dispuesto en el Decreto 95/1991, del 20 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de Personal de Administración de la
Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley
4/1999 de 13 de enero (BOE del 14) y los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992,
de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre) y modificados
por Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998 de 30 de julio (DOG
del 28 de agosto), la Ley 17/1993 de 23 de diciembre (BOE del
24), sobre acceso a determinados sectores de la función pública
de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea, y las bases de esta convocatoria.
Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos
administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados ante
la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en
la forma establecidos en la Ley 30/1992, del 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, (BOE del 27) y modificada por
la ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14).
Así mismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada
contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el
Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos
en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.
A coruña, 11 de noviembre de 2003.-El Rector en funciones
(RR 26/09/2003), Eliseo Alfonso Barca Lozano.
ANEXO I
Programadores
Procedimiento de selección
Fase de oposición:
A) Ejercicios:
La fase de oposición consistirá en la realización de tres
ejercicios, todos ellos obligatorios para los de turno libre. Los
aspirantes del turno de promoción interna estarán exentos del ejercicio
de gallego.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de,
al menos, 60 preguntas con respuestas múltiples, entre las que
solo una será correcta, basado en el contenido que para este
ejercicio se fija en los módulos I y II.
Los aspirantes tendrán un plazo de al menos setenta y cinco
minutos para la realización del ejercicio y su valoración será de
0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para tener acceso
al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos
prácticos específicos, elegidos de entre cuatro propuestos por el
tribunal relacionados con la parte específica del programa,
módulos III y IV.
Los aspirantes tendrán un plazo de al menos dos horas para
resolver los supuestos.
La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo
necesario obtener 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.
Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción, sin diccionario,
de dos textos propuestos por el tribunal, un del gallego al español
y otro del español al gallego y su valoración será de 0 a 10 puntos.
Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.
B) Valoración de la Fase de Oposición.
a) Turno de acceso libre: la calificación final de la fase de
oposición se obtendrá de la siguiente forma:
(0,3 x Nota 1.o exerc. + 0,6 x Nota 2.o exerc. + 0,1 x Nota
3.o exerc.) x 7, por lo que tendrá un valor máximo de 70 puntos.
b) Turno de promoción interna: la calificación final de la fase
de oposición se obtendrá de la siguiente forma:
(0,3 x Nota 1.o exerc. + 0,7 x Nota 2.o exerc.) x 7, por lo
que tendrá un valor máximo de 70 puntos.
Fase de Concurso.- En esta fase se valorarán, hasta un máximo
de 30 puntos, los siguientes méritos:
1. Servicios prestados en la categoría profesional de
programador:
a) Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña en
régimen de contrato temporal, a razón de 0,50 puntos por cada
mes completo o fracción, hasta un máximo de 20 puntos.
b) Los servicios prestados en otras administraciones públicas,
a razón de 0,05 puntos por cada mes completo o fracción, hasta
un máximo de 10 puntos.
2. Cursos recibidos, impartidos por organismos públicos o
empresas de prestigio reconocido relacionados con temas del
programa específico, hasta un máximo de 10 puntos.
Cursos de más de 20 horas: 2 puntos.
Cursos entre diez y veinte horas: 1 punto.
C) Sistema de puntuación:
La calificación final de las pruebas, que como máximo será
de 100 puntos, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso
de empate dentro de cada apartado, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición,
si esto no fuera suficiente a la mayor puntuación obtenida en
el segundo ejercicio, si esto no fuera suficiente en el primer
ejercicio. Si persistiese el empate, este se dirimiría por el orden
alfabético del primero apellido de los aspirantes empatados,
iniciándose dicho orden por la letra a la que se Refiere la base 7.3
de la presente convocatoria.
ANEXO II
Programadores
Programa de las pruebas
Módulo I. Legislación e normativa:
1. La Universidad de A Coruña. Estructura. Órganos de
Gobierno: Centros, Departamentos, Institutos, Servicios. Rector,
Vicerrectores, Secretario General, Gerente, Decanos, Directores,
otros Órganos Unipersonales. Órganos Colegiados: Consejo
Social, Claustro, Consejo de Gobierno, Juntas de Centro, Consejos
de Departamento.
2. El personal docente e investigador en la Universidad de
A Coruña.: Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.
3. El personal de administración y servicios en la Universidad
de A Coruña: Clases y régimen jurídico del personal de
administración y servicios.
4. El estudio y la investigación en la Universidad de A Coruña:
Estudios de 1.o y 2.o ciclo. Estudios de Doctorado y postgrado.
La organización de la investigación. Contratos, convenios y cursos
de especialización.
5. Informática y legislación: Derecho a la intimidad. Ley
Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Disposiciones, principios
y derechos. La Agencia de protección de datos. Reglamento de
medidas de seguridad. La protección jurídica del Software. Ley
de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio
Electrónico (LSSI).
Módulo II. Informática básica:
1. Estructura de datos y de la Información: Sistemas de
numeración. Sistemas de codificación. Estructura de datos.
Representaciones redundantes: corrección de errores. Compactación de la
información.
2. Arquitectura de Computadores: Concepto de computador.
Computadores digitales. Desarrollo histórico. Unidad Central de
Proceso. Sistemas de Entrada/Salida.
3. Logical de Base: Historia de los sistemas operativos.
Conceptos fundamentales. Estructura de los sistemas operativos.
Diseño e implementación de sistemas operativos. Procesos. Gestión
de la memoria. Gestión del sistema de archivos. Gestión del sistema
de Entrada/Salida. Multiprocesadores y sistemas distribuidos.
4. Programación: Metodología de la programación.
Estructuras básicas de programación. Tipos de datos. Funciones y
procedimientos. Manejo de ficheros. Listas, pilas y colas. Árboles.
Búsquedas. Punteros. Recursividad. Programación Orientada a
Objetos.
5. Bases de Datos: Sistemas Gestores de Bases de Datos.
Modelos Físicos y Lógicos. Modelos Entidad Relación. Modelo
Relacional. Diseño de Bases de Datos Relacionales. Generación
y optimización de consultas. Control de concurrencia.
Transacciones e integridad de los datos. SQL. Bases de Datos Orientadas
a Objetos.
6. Comunicaciones. Tecnologías de la transmisión: Medios
de transmisión. Transmisión asíncrona y síncrona. Conmutación
de circuitos y paquetes. Control de flujo. Detección y control de
errores. Protocolos y topologías de red. Tipos de redes: LAN, MAN,
WAN.
7. Ingeniería del Software: Fases de desarrollo de sistemas
de información. Metodología y Ciclos de vida. Estudio de
viabilidad. Planificación de un proyecto software. Definición y análisis
de requisitos. Diseño. Implementación. Verificación y validación.
Entrega y mantenimiento.
8. Internet: Creación, evolución, características. Redes
soporte. Proveedores de servicio. Intranet. Extranet.
Módulo III. Parte específica:
1. Metodología de la Programación: Lenguajes de
programación. Diseño de programas. Diseño estructurado. Diseño
Orientado a Objetos. Diseño Interfaz de usuario.
2. Tecnología de la Programación: Técnicas de verificación
y prueba de programas. Generadores de código y herramientas
de cuarta generación. Programas de interface de aplicaciones.
Herramienta RAD. Migraciones y conversiones. Reingeniería de
código.
3. Implantación y Mantenimiento de Programas: Plan de
implantación. La prueba y puesta a punto de programas. El
cuaderno de instalación. Clases de mantenimiento. Documentación.
Depuración.
4. Programación en Lenguaje C y Delphi: Conceptos.
Operadores. Estructura de un programa. Entrada y salida de datos.
Sentencias de control. Punteros, programación orientada a objetos.
5. Programación en Internet: Páginas ASP, JSP, JAVA,
Scripts de cliente.
6. Sistema Operativo UNIX/LINUX: Historia y fundamentos
del Sistema operativo UNIX. Administración. Configuración.
Monitorización. Correo Electrónico. Protocolos de red.
7. Sistema Operativo Windows: Gestión de ficheros. Tareas.
Gestión de usuarios. Configuración y mantenimiento Hardware.
Instalación y configuración de protocolos de Red.
8. Hipertexto e Hipermedia: HTML: Elementos básicos,
extensiones en navegadores. DHTML, XML. Multimedia, conceptos
generales.
9. Protocolos de red: Protocolos de red: TCP/IP, historia,
fundamentos, configuración. Subdireccionamiento.
10. Sistemas abiertos: Historia y conceptos generales.
Modelo OSI. Estructura de la Red Internet. Descripción de servicios
y protocolos. Correo electrónico.
11. Sistemas Gestores de Bases de Datos: Informix. SQL
Server. Arquitectura. Desarrollo de aplicaciones. Configuración
cliente/servidor. Seguridad. Procedimientos almacenados y triggers.
12. Gestión de Bases de datos documentales y bibliográficas:
Estructura funcional básica del Sistema de Información Informático
de una Biblioteca. Sistemas de recuperación de información.
Sistema integrado de gestión bibliotecaria.
13. La informática de gestión en la Universidad de A Coruña:
Gestión académica: primer y segundo ciclos, tercer ciclo, becas,
autogestión. Gestión del Plan de Organización Docente. Gestión
económica: contabilidad, contratación, inventario. Gestión de
recursos humanos: personal docente e investigador, personal de
administración y servicios, nóminas y seguridad social. Gestión
de Biblioteca: área bibliográfica y documental.
14. Seguridad: Medidas de seguridad: físicas, técnicas,
organizativas y legales. Certificaciones de seguridad. Técnicas
criptográficas. Claves simétricas y asimétricas. Certificados digitales,
terceras partes confiables, firma digital.
ANEXO III
Programadores
Tribunal Cualificador
Titulares:
Presidente: D.a Rosa M.a Fernández Esteller.
Vocales: D. Jesús Cardenal Carro, Profesor Titular de
Universidad. D. Sergio Castro López, Analista responsable de proyectos.
D.a M.a José Grueiro Maroño, Representante del Comité de
Empresa. D.a Eva Domínguez Costas. Representante del Comité de
Empresa.
Suplentes:
Presidente: D.a Nieves Rodríguez Brisaboa, Profesora Titular
de Universidad.
Vocales: D. Rafael García Vázquez, Catedrático de Escuela
Universitaria. D. José Manuel Rodríguez Seijo, Profesor Titular de
Universidad. D. Manuel Romero Beade, Representante del Comité
de Empresa. D. Rogelio Lage Vázquez, Representante del Comité
de Empresa.
ANEXO IV (Ver imagen página 42367)
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