Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-21591

Resolución 152/2003, de 20 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2003, páginas 42012 a 42014 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-21591

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 23 de octubre de 2003, Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña para la realización de prácticas policiales del Cuerpo de Mossos d’Esquadra en la Base Militar «General Álvarez de Castro» y su campo de maniobras anejo, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2003.–El Subsecretario, Víctor Torre de Silva y López de Letona.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña para la realización de prácticas policiales del Cuerpo de Mossos d’Escuadra en la Base Militar «General Álvarez de Castro» y su campo de maniobras anejo

En Barcelona, a 23 de octubre de dos mil tres.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Brauli Duart i Llinares Secretario de Seguridad Publica del Departamento de Justicia e Interior, como representante de la Generalidad de Cataluña de acuerdo con el artículo 2 de la Resolución JUL/71/2003, de 15 de enero, de delegación de funciones de la Consejera de Justicia e Interior en diversos órganos del Departamento y de la otra, por el Ministerio de Defensa, el Excmo. Sr. D. Francisco Boyero Delgado, Inspector General del Ejército, en nombre y representación del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, actuando por delegación de firma conferida expresamente para este acto.

ACTÚAN

En nombre y representación de las instituciones mencionadas, se reconocen la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse mutuamente.

ANTECEDENTES DE HECHO

Desde el despliegue del Cuerpo de Mossos d’Esquadra en las comarcas de Girona, se ha establecido una estrecha colaboración de este Cuerpo con las diferentes Unidades del Ejército de Tierra ubicadas en la zona; concretamente, se vienen utilizando habitualmente las instalaciones militares de la Base Militar «General Álvarez de Castro» de Sant Climent Sescebes y del Campo de Maniobras anexo para realizar diversas actividades, tales como uso de aulas para actividades teóricas, tiro con armas individuales, destrucción de artefactos explosivos y prácticas con medios antidisturbios.

Hasta el momento, las peticiones se venían realizando con suficiente antelación por carta o fax, dirigidas al General Jefe de la BRIL. «Urgel» IV y Comandante Militar de Girona, el cual las autorizaba siempre que no entorpeciese o retrasase la instrucción propia de las Unidades de la Base Militar.

JUSTIFICACIÓN

El Cuerpo de Mossos d’Esquadra no dispone de instalaciones apropiadas y suficientes para realizar la instrucción propia de diversas especialidades.

Por otro lado, personal de esta Brigada participa habitualmente en operaciones de mantenimiento de la paz, siendo práctica habitual, llevar a cabo instrucción tipo policial para el control de masas de personas.

Tener la posibilidad de realizar prácticas conjuntas, supone para las Unidades de esta Base, una instrucción suplementaria que mejorará ostensiblemente su futura actuación fuera de nuestras fronteras.

ACUERDO DE COLABORACIÓN

Las actividades a desarrollar por parte del Cuerpo de los Mossos d’Esquadra en la instalaciones de la Base Militar «General Álvarez de Castro» de Sant Climent Sescebes y su campo de maniobras anexo, consistirán en:

1. Actividades de tiro: Utilización de los campos de tiro de armas individuales, dos o tres veces a la semana, en horario matinal, para realizar prácticas de tiro los agentes del Cuerpo de las Comisarías de Figueres, Girona, Roses, Ripoll y Olot.

2. Área Regional de Recursos Operativos de la Región Policial Girona: Utilización quincenal en horario de mañanas del gimnasio de defensa personal y duchas.

Utilización todos los martes y jueves de un campo de tiro de 200 m. en horario de tardes (campos de tiro 3 y 4).

3. Actividades de las Unidades Centrales de Barcelona: (Estas unidades se desplazarán a las instalaciones militares siguiendo su planificación prevista de formación y entrenamiento y, cuando concurran circunstancias extraordinarias, previa comunicación y acuerdo.

Cuando el entrenamiento o formación lo requieran, las unidades podrán pernoctar en la citada base.)

A. Área del Grupo Especial de Intervención (GEI): Realizará ejercicios combinados con fuego real.

Tiro en movimiento del tirador (a pie o desde vehículo en marcha); exclusivamente en los campos de tiro de armas individuales y en la zona de tiro de ametralladoras y lanzagranadas.

Aproximaciones y tiro de francotiradores, exclusivamente en los campos de tiro de armas individuales números 3 y 4.

Pruebas de acceso al referido Grupo, en las pistas de atletismo de la Base y en el campo de maniobras, siempre que se informe previamente de los itinerarios de paso.

Posibilidad de pernoctar en la citada Base.

Utilización de las masías ubicadas en el recinto para desarrollar ejercicios tácticos de asalto, diurnos o nocturnos, con utilización de munición plástica y Simunition FX, así como granadas Stun (de luz y sonido).

En ningún caso se podrá utilizar explosivos fuera de la zona determinada para estos.

B. Unidad Canina: Se llevarán a cabo diferentes prácticas con perros especialmente entrenados.

Adiestramiento de perros y búsqueda de drogas y estupefacientes como medida preventiva y a petición del Jefe de la Base, o cuando haya sospechas o indicios razonables de su existencia; aprovechando para ello tanto los dormitorios ocupados por tropa como los no ocupados, así como los aparcamientos de vehículos oficiales y particulares, y zonas comunes de vida.

Prácticas de búsqueda de personas desaparecidas en zonas boscosas y en la propia Base.

Para estas prácticas, la Base dispone de un Oficial Veterinario y de algún Suboficial con el curso de perros detectores de droga y/o explosivos que podrán asistir para intercambiar conocimientos y asesorar al personal del Cuerpo de Mossos d’Esquadra sobre cuidado de los canes y zonas de actuación respectivamente.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse con 15 días de antelación.

C. Unidad TEDAX:

Realización de todo tipo de actividades relacionadas con explosivos, tanto la destrucción de artefactos en la zona habilitada en el campo de maniobras, como las prácticas con los robots en supuestos con coches bomba, neutralización de objetos sospechosos y la instrucción y adiestramiento de los equipos.

Durante la práctica de estas actividades, un Oficial o Suboficial con el curso TEDAX o de la especialidad de Ingenieros, o bien un Suboficial Artificiero podrá acompañarles para intercambiar conocimientos y asesorar al personal del Cuerpo sobre la zona de prácticas de explosivos del Campo.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse con 15 días de antelación.

D. Área de Escoltas: Actividades que se llevarán a cabo:

Prácticas generales de técnicas de escolta.

Reacciones con vehículos.

Conducción de reacción.

Ejercicios de tiro en movimiento del tirador (a pie o desde vehículo en marcha); exclusivamente en los campos de tiro de armas individuales y en la zona de tiro de ametralladoras y lanzagranadas. Teniendo en cuenta que estas zonas no están asfaltadas.

Materias teóricas aprovechando las aulas.

Mantenimiento físico y defensa personal (aprovechando la pista de atletismo y la sala de defensa personal), desde el punto de vista policial y dirigidos a la función de escolta.

En estas actividades podrá participar personal de la Base (Cuadros de Mando y Tropa) que disponen del título correspondiente de Protección de Autoridades.

Empleo de helicópteros (embarque y desembarque).

E. Área de la Brigada Móvil: Actividades que se llevarán a cabo:

Técnicas operativas de intervención policial en control de masas pacíficas relacionadas con el derecho de reunión y manifestación, con motivo de acontecimientos deportivos u otros eventos.

Técnicas operativas de intervención policial en control de masas violentas y actuación en desórdenes públicos, tanto en terreno rústico como urbano.

Cobertura de itinerarios con motivo de visitas de personalidades relevantes.

Detención de sospechosos de aspecto peligroso y violento en un Dispositivo Estático de Control (DEC).

Ejercicios de tiro con materiales especiales y propios de esta Unidad: pelotas de goma, botes de humo, botes lacrimógenos, granadas de luz y sonido.

Ejercicios de tiro con fuego real.

Prácticas de intervención motivadas por motines en recintos cerrados (cárceles), aprovechando para ello las construcciones del interior de la Base.

Materias teóricas aprovechando las aulas.

Mantenimiento físico y defensa personal policial.

Durante las actividades de Grupos o Unidades del Área de la Brigada Móvil podrán participar Cuadro de Mando y Tropa, en aquellas prácticas en que se interesen, siempre que hayan efectuado previamente los cursos de especialidad (por razones de seguridad y eficiencia de la práctica) o como formación continuada a partir de una formación previa.

La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse con 15 días de antelación.

Ejercicios de entradas en locales y viviendas con o sin protección perimetral externa. Utilización de los vehículos habituales del Área y sus movimientos en los ejercicios en los cuales sea necesario.

Posibilidad de impartir cursos de la especialidad sobre control de masas, dirigidos a Cuadros de Mando y tropa, con las siguientes condiciones:

1. Petición escrita con un mes de antelación.

2. Duración de cinco días hábiles intensivos, de una semana.

Por todo lo expuesto con anterioridad ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El Ministerio de Defensa, por medio de la Comandancia Militar de Girona, autoriza gratuitamente al Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña, el uso de las instalaciones militares de la Base Militar «General Álvarez de Castro» y su campo de maniobras anejo, ubicados en el municipio de Sant Climent Sescebes de Girona, para las prácticas policiales del Cuerpo de Mossos d’Esquadra establecidas en las cláusulas de este convenio.

Segunda.

El Departamento de Justicia e Interior de la Generalidad de Cataluña y por tanto el Cuerpo de Mossos d’Esquadra, se compromete a hacer buen uso de las instalaciones cedidas y se responsabiliza de los daños materiales que puedan causar y se compromete a cumplir las Normas existentes para la utilización del Campo de Tiro.

Tercera.

Los Agentes del Cuerpo de Mossos d’Esquadra que realicen cualquier actividad en las citadas instalaciones respetarán las normas de vida, conducta y horarios de acuerdo con la autorización que haya sido aprobada por la Autoridad de la Base; debiendo responsabilizarse siempre de la limpieza de los locales que hayan sido empleados y de la recogida de casquillos de proyectiles, botes de humo y demás artificios que hayan sido lanzados en el campo de maniobras y deterioren el entorno natural del campo.

Cuarta.

Durante las prácticas de tiro, explosivos y de lanzamiento de artefactos especiales, deberá situarse personal en los caminos de acceso para impedir el paso de personas o vehículos ajenos a la instrucción que se esté llevando a cabo, y así evitar accidentes.

Quinta.

1. Las peticiones de uso de cualquier instalación se realizarán siempre por escrito o fax, directamente al Jefe de la Base Militar Alvarez de Castro y siempre con un mes de antelación, indicando al menos los siguientes términos:

Unidad actuante.

Número de efectivos y de vehículos a emplear.

Actividades a desarrollar.

Tipos de armas y modalidad de tiro.

Instalaciones necesarias.

Horario y/o calendario de las diferentes actividades.

Persona de contacto y su número de teléfono/fax.

Nombre y graduación del mando responsable de la Unidad.

2. Las autorizaciones correspondientes se harán también por escrito o fax, antes de quince días del inicio de la actividad.

3. Cualquier discrepancia sobre estas peticiones serán resueltas por Órgano que se determine para la supervisión de los Campos de Tiro y Maniobras en la nueva organización del Ejército.

4. En casos extraordinarios los plazos de tramitación se resolverán al mínimo imprescindible, por ejemplo, en el caso que se deba proceder a la destrucción de granadas de la guerra civil.

Sexta.

Cualquier anulación y/o modificación de actividades, también se hará por ambas partes por escrito, en cuanto se tenga conocimiento.

Séptima.

El Cuerpo de Mossos d’Esquadra se compromete a facilitar la participación de Cuadros de Mando y Tropa de la Base Militar en las actividades de instrucción señaladas en los acuerdos de este convenio. Así mismo el Cuerpo de Mossos d’Esquadra se compromete a facilitar al personal de la Base Militar que pueda participar en actividades conjuntas, el material y equipo necesario para realizar las diferentes prácticas. La asistencia a estas prácticas de personal de la Base deberá solicitarse con 15 días de antelación.

Octava.

El presente convenio queda abierto a cualquier variación o sugerencia que las partes firmantes consideren necesario para facilitar una estrecha colaboración entre ambos organismos.

Novena.

El presente convenio de colaboración tendrá vigencia de 1 año a partir de la fecha de la firma del mismo, pudiendo prorrogarse o modificarse de mutuo acuerdo entre las partes.

Décima.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa. Para la resolución de las dudas interpretativas que plantee, se acudirá a los principios establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Undécima.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia del ordenamiento jurisdiccional de lo contencioso administrativo.

Y en prueba de conformidad cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Inspector General del Ejército, Francisco Boyero Delgado, Teniente General.–Por la Generalidad de Cataluña, Brauli Duart i Llinares, Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid