Por Orden AEX/1959/2003, de 27 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" del 15 de julio), modificada por la Orden
AEX/2183/2003, de 25 de julio ("Boletín Oficial del Estado" 31
de julio), se convocó concurso de méritos para la provisión de
puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en
cuenta los preceptos reglamentarios y valorados los méritos
alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración a la
que hace referencia la base séptima de la citada Orden, este
Ministerio acuerda resolver la adjudicación de los puestos de trabajo
contenidos en el Anexo I de dicha Orden de conformidad con
los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que
se relacionan en el Anexo adjunto a esta Orden a los funcionarios
que se mencionan en el mismo.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado Anexo.
Tercero.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración
de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a
indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones
previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión los interesados obtengan otro destino,
bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas,
en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán
obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la
renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación
del Departamento en que hubiere obtenido destino, la forma de
provisión y la fecha de nombramiento.
Cuarto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia o, de un mes, si comporta dicho cambio.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden
en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando los funcionarios afectados por la presente Orden se
encuentren disfrutando licencias o permisos les será de aplicación
lo especificado en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y en
la base décima de la convocatoria por lo que se refiere el cómputo
de los plazos de cese y toma de posesión. Estos mismos preceptos
serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o
incorporación al nuevo destino.
Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de
reposición en el plazo de un mes, a partir de su notificación, ante
el órgano que dictó la Orden en los términos previstos en la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo con arreglo a
lo dispuesto en la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 10 de noviembre de 2003.-La Ministra, P. D. (Orden
AEX/1001/2003, de 23 de marzo, BOE 26/04/2003), la
Subsecretaria, María Victoria Morera Villuendas.
Ilmo. Sr. Director General del Servicio Exterior.
ANEXO (Ver imágenes páginas 41637 a 41640)
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