Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-21101

Orden CTE/3215/2003, de 13 de noviembre, por la que se modifica la Orden CTE/2987/2003, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (Becas FPI), en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2003, páginas 41045 a 41045 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-21101

TEXTO ORIGINAL

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) responde al concepto del Plan Nacional definido en el capítulo I de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y establece una serie de programas de carácter horizontal, entre los que se encuentra el Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos, al que se refiere y desarrolla esta Orden.

El objetivo del citado Programa Nacional es fortalecer la capacidad investigadora de los grupos de I+D, tanto del sector público como del privado y mejorar la capacidad tecnológica de las empresas, mediante la formación de personal altamente cualificado para su incorporación al Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa. Dentro del mencionado Programa Nacional están previstas diversas modalidades de participación, entre las cuales se encuentran las Becas predoctorales de Formación de Personal Investigador (Becas FPI).

A través de la Orden CTE/2987/2003, de 24 de octubre (BOE de 28 de octubre de 2003), se establecieron las bases y se hizo pública la convocatoria de concesión de Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (Becas FPI). Una vez aprobado el Real Decreto 1326/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del becario de investigación, se hace necesario modificar la Orden CTE/2987/2003.

En consecuencia, dispongo:

Primero. Modificación del apartado octavo de la Orden CTE/2987/2003, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (Becas FPI), en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Se añade un párrafo 2 al apartado octavo de la Orden CTE/2987/2003, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (Becas FPI), en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, con el siguiente texto:

«2. Los beneficiarios de esta convocatoria disfrutarán de un seguro de accidentes corporales y de un seguro de asistencia médica, este último extensible, en su caso, al cónyuge e hijos del beneficiario cuando éstos carezcan de cobertura de la Seguridad Social. Además, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1326/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Becario de Investigación, se solicitará la inscripción del Programa de Becas FPI en el Registro de becas de investigación recogido en el artículo 5 del mencionado Real Decreto, con el objeto de que los beneficiarios de Becas FPI que cumplan los requisitos establecidos en su artículo 1 queden asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 6 del mismo.»

Los actuales párrafos 2, 3 y 4 de dicho precepto pasarán a ser, respectivamente, párrafos 3, 4 y 5.

Segundo. Título competencial.

La presente Orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución, que asigna al Estado la competencia exclusiva en el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.

Tercero. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 13 de noviembre de 2003.

COSTA CLIMENT

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid