Por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales de 12 de septiembre de 2002 fueron nombrados
funcionarios en prácticas del Cuerpo Superior de Inspectores de
Trabajo y Seguridad Social, los aspirantes aprobados en las
correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.7
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, aprobada
por Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 20
de septiembre de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del día 28),
procede el nombramiento de funcionarios de carrera en el citado
Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("BOE" del 10 de abril),
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y
el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre
("BOE" del 7 de diciembre), de atribución de competencias en
materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior
de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, a los aspirantes
aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución,
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión
de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
"Boletín Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 5 de noviembre de 2003.-El Secretario de Estado,
Julio Gómez-Pómar Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.
SIGUE ANEXO (Ver imágenes páginas 39961 a 39963)
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