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Documento BOE-A-2003-20474

Orden DEF/3089/2003, de 29 de octubre, por la que se modifica la Orden DEF/1693/2003, de 17 de junio, por la que se convocaron pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría de Oficial Sanitario Asistencial en las provincias de Burgos, Cádiz, A Coruña, Madrid, Murcia, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2003, páginas 39569 a 39570 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-20474

TEXTO ORIGINAL

Por Orden DEF/1693/2003, de 17 de junio (Boletín Oficial

del Estado núm. 152 de 26 de junio), se convocaron pruebas

selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en el marco

del proceso de consolidación de empleo temporal en la categoría

de Oficial Sanitario Asistencial en las provincias de Burgos, Cádiz,

A Coruña, Madrid, Murcia, Sevilla, Valencia y Zaragoza.

Por otra parte, mediante Resolución de 15 de noviembre

de 2002 (Boletín Oficial del Estado núm. 276 de 18 de noviembre),

fue aprobado el Acuerdo Administración-Sindicatos para la

modernización y mejora de la Administración Pública, cuyo capítulo XIII

se refiere expresamente al "personal indefinido e indefinido no

fijo".

Como consecuencia de dicho Acuerdo se han venido produciendo

numerosos pronunciamientos judiciales declarando el carácter

indefinido de la relación laboral de los trabajadores que cumplían los

requisitos de efectos temporales exigidos en el citado Acuerdo para

la adquisición de la condición de personal laboral fijo.

Considerando este motivo, los puestos de trabajo ocupados

por dichos trabajadores, que, con anterioridad a la sentencia

judicial tenían la condición de interinidad necesaria para ser incluidos

en el proceso de consolidación de empleo convocado por la Orden

DEF/1693/2003, antes mencionada, precisamente en virtud de

esa sentencia, y en aplicación del citado Acuerdo, deben ser, en

el momento actual, excluidos de este proceso, toda vez que se

encuentran ocupados por estos trabajadores que tienen la

condición de personal laboral fijo.

Por ello, en cumplimiento del art. 10 del Real Decreto

215/2003, de 21 de febrero por el que se aprueba la oferta de

empleo público para el año 2003, que, al regular la consolidación

de empleo temporal en su apartado 2, establece que estos procesos

no supondrán en ningún caso aumento de plantilla, considerando

que la oferta de empleo aprobada por el Gobierno es un

instrumento de planificación para la óptima utilización y racionalización

de los recursos humanos, siempre dentro de los límites

presupuestarios y de acuerdo con la política de personal, y que además

todos sus preceptos y criterios de aplicación vienen señalados

anualmente por las leyes de Presupuestos Generales del Estado

(Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales

del Estado para el año 2003), de acuerdo con las prioridades

de la política económica y las necesidades de planificación de

los recursos humanos, se considera procedente la supresión de

la convocatoria de los puestos ocupados por trabajadores que

ya tienen la condición de personal laboral fijo según lo expuesto

en los párrafos anteriores.

De conformidad con todo lo anterior, y en uso de las

competencias atribuidas en el art. 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de

abril, de Organización y Funcionamiento en la Administración

General del Estado,

Este Ministerio ha resuelto:

Modificar la Orden DEF/1693/2003, de 17 de junio (Boletín

Oficial del Estado núm. 152 de 26 de junio) en el sentido de

suprimir dos plazas en la provincia de Burgos, dos plazas en la

provincia de Cádiz, tres plazas en la provincia de A Coruña, dos

plazas en la provincia de Madrid y una plaza en la provincia de

Sevilla.

La relación de plazas, una vez suprimidos los citados puestos,

con el detalle de número de puesto y establecimiento donde se

encuentran ubicados aparece relacionado en el Anexo a la presente

Orden.

Madrid, 29 de octubre de 2003.-El Ministro, por delegación

de firma (O.M.C. 22/2003, de 4 de marzo), el Director general

de Personal, Luis Roca Ramírez.

ANEXO (Ver imágenes páginas 39569 a 39570)

N.o

puesto

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia Categoría Centro

Burgos. Oficial Sanitario y Asistencial. Delegación Regional ISFAS Burgos. 4 1 2

Hospital Militar de Burgos. 55 1

Cádiz. Oficial Sanitario y Asistencial. Hospital General de la Defensa en San Fernando. 66 2 2

137

A Coruña. Oficial Sanitario y Asistencial. Hospital Básico de la Defensa en Ferrol (A Coruña). 5 2 2

81

Madrid. Oficial Sanitario y Asistencial. AALOG. 11 (Colmenar Viejo). 1 1 52

Centro Deportivo Militar "San Jorge". 2 1

Delegación Regional ISFAS. Madrid. 53 1

Hospital Central de la Defensa en Madrid. 10 44

32

40

48

60

112

137

152

153

165

280

292

314

328

348

385

388

391

395

396

420

N.o

puesto

Ptos.

centro

Puestos

convoc.Provincia Categoría Centro

421

428

436

443

445

446

447

448

450

451

452

454

455

459

461

462

463

464

465

467

468

540

P. Centro de Mantenimiento de S. A. N. 1. 1 1

Regimiento de Infantería "Inmemorial del Rey" 1. 3 1

R.M. Logística Central Aten. a Mayores "C. Polo". 3 3

12

13

Murcia. Oficial Sanitario y Asistencial. Hospital General Básico de la Defensa en Cartagena. 25

44

8 8

73

99

103

104

105

106

Sevilla. Oficial Sanitario y Asistencial. Hospital Militar "Vigil de Quiñones". 75 4 4

82

86

148

Valencia. Oficial Sanitario y Asistencial. Delegación de Defensa en Valencia. 20 1 9

Hospital General Básico de la Defensa en Valencia. 31 8

61

62

66

67

70

72

73

Zaragoza. Oficial Sanitario y Asistencial. Academia General Militar. 1 4 15

2

3

4

Hospital General de la Defensa en Zaragoza. 4 11

8

39

43

46

48

75

76

77

78

80

Total puestos convocados ................................... 94

Nota: Los puestos que aparecen publicados en este Anexo están ubicados en los Establecimientos que aparecen relacionados en

el mismo. No obstante, quedan condicionados a los cambios que puedan producirse a partir de esta convocatoria y hasta el final

de todo el proceso de consolidación por reestructuración o cierre del Establecimiento, de la misma manera que si ha habido lugar

a ello, han sido tenidos en cuenta los que se han producido desde la publicación de la Orden DEF/1715/2002, de 19 de junio,

hasta la presente convocatoria.

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