Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-19684

Orden ECD/2954/2003, de 15 de octubre, por la que se crea el programa de cooperación territorial "Rutas Literarias" y se convocan ayudas para la participación en el mismo en el curso 2003/2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2003, páginas 38067 a 38077 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-19684

TEXTO ORIGINAL

El artículo 6 de la Ley Orgánica 10/2002 de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación dispone que el Estado, en colaboración con las Comunidades Autónomas, promoverá programas de cooperación territorial orientados a objetivos educativos de interés general.

En cumplimiento de esta disposición y de acuerdo con las finalidades que la Ley asigna a estos programas, se procede a crear el programa de cooperación territorial «Rutas Literarias», que se configura como un recurso educativo, para alumnos de tercero y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria y que pretende complementar la formación que se imparte en el aula por medio de la realización de una ruta literaria.

El itinerario girará en torno a un libro, un personaje o un autor relevante sobre el que los alumnos trabajarán en sus centros. Finalizado este trabajo, los alumnos viajarán para conocer «in situ» los lugares que han servido de inspiración o han guiado la narración leída.

A través de este programa se da respuesta, pues, a los objetivos que señala la Ley de Calidad de la Educación. Por una parte, responde a un objetivo de indudable interés general como es el fomento del hábito lector entre los alumnos y, por otra parte, favorece, mediante la visita a pueblos y ciudades de otras Comunidades, el conocimiento y aprecio de la riqueza cultural de España por parte de todos los alumnos.

Por otro lado y, con el fin de facilitar la participación en este programa parece conveniente convocar ayudas económicas que hagan posible a los alumnos de cualquier Comunidad Autónoma, afrontar los gastos que puedan derivarse del desarrollo del mismo.

Por todo lo anterior, de conformidad con la Orden de 8 de noviembre de 1991 (Boletín Oficial del Estado del 15), por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos y con el Real Decreto 2225/93 de 17 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 30) por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de las subvenciones públicas y con los Convenios suscritos al efecto con las correspondientes Comunidades Autónomas, he dispuesto:

Primero.

Se crea el Programa de cooperación territorial denominado «Rutas Literarias».

Segundo.

1. Se convocan para el curso 2003/04, hasta 1.000 ayudas destinadas a alumnos de centros ordinarios que cursen 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria, para participar en el programa «Rutas Literarias», con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.423C.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el 2003.

2. El importe máximo de cada ayuda será de 225 euros, por alumno para atender los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad. Los pagos de las ayudas se efectuarán a través de las Comunidades Autónomas receptoras correspondientes.

3. Durante la participación en la actividad, los alumnos y profesores estarán asistidos por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, suscrito al efecto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte contratará los servicios de transporte necesarios para el desarrollo de los itinerarios.

4. Para su participación, el transporte hasta la residencia cabecera de la ruta literaria se hará por cuenta de los interesados, pudiendo solicitar ayudas para el desplazamiento del grupo, así como para gastos de preparación de la actividad (adquisición de libros, guías del itinerario, etc.), de acuerdo con lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Orden. Estas ayudas se librarán a los centros cuyos alumnos recorran los itinerarios, a través de las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o Consejerías de Educación en el exterior, en su caso.

5. La distribución territorial de las ayudas del programa «Rutas Literarias» se detalla en el Anexo I de la presente Orden.

6. El programa «Rutas Literarias» se llevará a cabo en las fechas comprendidas entre el 15 de marzo y el 15 de junio de 2004.

7. La actividad tendrá una duración de una semana, produciéndose la incorporación de los grupos a la cabecera de itinerario de acuerdo con las instrucciones de coordinación de cada Comunidad Autónoma.

Tercero.

El catálogo de rutas literarias para el 2003/04, será el que se indica en el Anexo II a la presente Orden.

Cuarto.

En el Anexo III figura la distribución de los 40 grupos, tanto por Comunidad Autónoma o provincia de procedencia, como por la ruta literaria en la que pueden participar.

Quinto.

1. El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la Dirección de su Centro, formando un grupo de 26 personas compuesto por alumnos y uno o dos profesores acompañantes de los que habitualmente les imparten clase, que se responsabilizarán a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad.

2. El centro elaborará un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones generales que figuran como Anexo IV y en el que se recogerán los siguientes objetivos:

a) Promover la formación integral y el desarrollo de la responsabilidad y esfuerzo del alumno.

b) Potenciar la competencia comunicativa y lectora, promoviendo el hábito lector como una alternativa de conocimiento y ocio.

c) Fomentar la participación activa de los alumnos en un trabajo común que exige un esfuerzo coordinado.

d) Impulsar el conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres.

e) Desarrollar actitudes, hábitos y normas de convivencia entre alumnos de distinta procedencia enseñándoles a aceptar y respetar las diferencias.

3. El plazo de presentación de solicitudes que se formalizará en el modelo que figura como Anexo V, finalizará el día 14 de noviembre de 2003, debiendo acompañar la siguiente documentación:

Proyecto de participación al que se refiere el artículo quinto 2.

Aprobación del Consejo Escolar u órgano colegiado que lo sustituya (en el caso de centros privados no concertados cuando lo tengan establecido), o certificado de la Dirección del Centro en el que se haga constar que dicha actividad está contemplada en la Programación General Anual.

4. La Dirección del centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de los alumnos participantes (modelo Anexo VI).

Sexto.

Para su participación en el programa, los centros podrán recibir una ayuda por cada alumno participante y profesor acompañante, en la que se incluirán los gastos de preparación y desarrollo de la actividad, y de desplazamiento y que estará determinada de acuerdo con los siguientes módulos de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localidad del centro y la de cabecera del itinerario:

Menos de 500 kilómetros: hasta un máximo de 60 euros.

Entre 501 y 1.000 kilómetros: hasta un máximo de 90 euros.

Entre 1.001 y 2.000 kilómetros: hasta un máximo de 133 euros.

Entre 2.000 y 2.500 kilómetros: hasta un máximo de 162 euros.

Más de 2.500 kilómetros y los centros docentes españoles ubicados en las Islas Baleares y Canarias, las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y en el territorio extranjero: hasta un máximo de 192 euros.

Séptimo.

1. Las solicitudes de los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrán presentarse directamente en el Registro de las Direcciones Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, de la Subdirección General de Cooperación Internacional, en el supuesto de los centros ubicados en el extranjero, o a través de las dependencias establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.

En el caso de optar por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

2. En el supuesto de que las Comunidades Autónomas optaran por publicar su propia convocatoria de plazas, las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de las mismas, deberán atenerse a lo establecido en dicha convocatoria.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

4. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, Servicio de Actividades de Alumnos, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid. El expediente se identificará por el nombre del centro de los alumnos solicitantes de la ayuda.

Octavo.

1. Las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte serán seleccionadas por las Comisiones Provinciales de Promoción Estudiantil establecidas en la Orden de 25 de junio de 2003, (Boletín Oficial del Estado del 7 de julio), por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general para el curso 2003/2004, para alumnos de niveles postobligatorios no universitarios y para universitarios que cursen estudios en su Comunidad Autónoma.

2. En las Comunidades Autónomas la selección de las solicitudes se realizará por el órgano u órganos establecidos por las mismas.

Noveno.

1. Para su valoración se tendrá en cuenta la calidad del proyecto presentado y además los siguientes criterios:

Que sean centros ubicados en localidades rurales o que estén situados en zonas suburbiales o cinturones industriales.

Que sean centros que acojan minorías étnicas y/o culturales en un porcentaje superior al 5 % del total de alumnos matriculados.

2. El número de solicitudes seleccionadas no sobrepasará la cifra de ayudas convocadas.

3. Con el fin de fomentar la participación de alumnos de diferentes centros de cada provincia o Comunidad Autónoma, en el caso de que el número de solicitudes sea superior al de ayudas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo de alumnos por centro. En el caso de que las solicitudes de un mismo centro hayan obtenido la misma puntuación, tendrá prioridad el grupo que integre el mayor número de alumnos que por su nivel de estudios no vayan a poder participar en la siguiente convocatoria.

Décimo.

De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que en el plazo de 10 días aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

Undécimo.

1. Antes del 5 de diciembre de 2003 se enviará, por parte de los correspondientes órganos de selección, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, calle Torrelaguna, 58 –28027 Madrid–), la propuesta de adjudicación que incluirá la siguiente documentación:

a) Relación de los centros seleccionados junto con el modelo de solicitud.

b) Relación priorizada de los centros que queden en reserva.

c) Relación de centros excluidos con indicación de la causa de exclusión.

2. El Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por delegación del Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Universidades contenida en la Orden de 1 de febrero de 2001 (Boletín Oficial del Estado del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas antes del día 31 de diciembre de 2003. La Orden de adjudicación, contendrá igualmente una relación de las solicitudes de reserva y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, enviará a los centros seleccionados una comunicación. Si alguno de los alumnos que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro del mismo curso.

Igualmente, dicha Dirección General notificará a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda solicitada.

3. La mencionada Orden de adjudicación que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 66 de la ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

4. En el caso de centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, las vacantes producidas por renuncia de los centros serán cubiertas por centros de la misma provincia o por otro centro del exterior, si es un centro español en el extranjero, siguiendo el orden establecido en la relación de reserva.

En el caso de los centros ubicados en Comunidades Autónomas se seguirá igualmente el orden establecido en la relación de reserva.

5. Si se produjera la baja de algún centro y no pudiera ser reemplazado por otro centro de la misma provincia, por otro centro del exterior, o de la misma Comunidad Autónoma de acuerdo con lo establecido en el punto anterior, la plaza podrá ofrecerse a un centro dependiente de otra administración educativa.

6. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios de las ayudas, se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado.

Duodécimo.

De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios de este tipo de ayudas quedan obligados a:

1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

2. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o, en su caso, los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas. A estos efectos, los centros dependientes de las Comunidades Autónomas se atendrán a las instrucciones dictadas, en su caso, por la correspondiente Consejería de la respectiva Comunidad Autónoma. En su defecto, y en todo caso para los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, deberán presentar la siguiente documentación:

3.1 Memoria descriptiva del viaje y estancia realizados, con una extensión máxima de 15 folios. Dicha memoria reflejará el número de alumnos y profesores participantes, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la evaluación de las actividades desarrolladas, incluyendo elementos de análisis por parte de los alumnos, así como las posibles sugerencias que pudieran ser tomadas en cuenta en futuras convocatorias, en su caso.

3.2 Certificado de la Dirección del centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda y en el que deberán relacionarse los nombres de los alumnos beneficiarios y de los profesores participantes.

3.3 Carpeta-índice que incluya todos los originales de recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Únicamente cuando los beneficiarios de estas ayudas sean centros públicos, la documentación exigida en el apartado 3.3 podrá ser sustituida por una certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación dada a la ayuda percibida que sustituya a los justificantes originales contenidos en la carpeta-índice. Estos justificantes originales quedarán en poder de los centros, a disposición de los órganos de control financiero a los que corresponda la competencia.

3.4 Durante el mes siguiente a la realización de la actividad los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir tres ejemplares de la memoria y el resto de la documentación exigida en los apartados anteriores a la respectiva Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en el caso de los centros españoles ubicados en el extranjero, a la correspondiente Consejería de Educación en el exterior.

En el supuesto de los centros dependientes de Comunidades Autónomas, la citada documentación se deberá remitir a la respectiva Consejería de Educación.

De los tres ejemplares de la memoria, las Administraciones educativas remitirán uno a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente y otro a la Comunidad Autónoma o Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte donde se ubique la ruta literaria en la que el centro haya participado.

Decimotercero.

1. Las Comunidades Autónomas en las que se desarrollen las rutas literarias, acopiarán la documentación correspondiente a la justificación del gasto así como la presentada por los centros relativa a las ayudas para la preparación de la actividad y el desplazamiento. Posteriormente remitirán a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa la siguiente documentación justificativa, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas y Entidades colaboradoras en los artículos 81 y siguientes del Texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social:

a) Certificación que exprese que los libramientos efectuados a la Comunidad Autónoma se han ingresado en su presupuesto y se han destinado a los fines previstos, habiéndose rendido la cuenta ante el Tribunal de Cuentas correspondiente.

b) Relación de los beneficiarios de las ayudas concedidas que han recorrido la ruta literaria establecida en esa Comunidad Autónoma.

c) Relación de los beneficiarios de las ayudas para materiales y desplazamiento y acreditación de que las mismas se han abonado a los centros.

d) Un ejemplar de la memoria presentada por los centros.

e) Informe final de la actividad elaborado por el coordinador de la ruta literaria.

2. Por su parte, las Comunidades Autónomas en las que no se desarrollan las rutas, acopiarán la documentación justificativa presentada por los centros relativa a las ayudas para la preparación de la actividad y el desplazamiento, remitiendo posteriormente a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, la documentación especificada en el párrafo anterior apartados a), c) y d).

3. Las Direcciones Provinciales y Consejerías de Educación en el exterior, acopiarán la documentación correspondiente a la justificación del gasto y remitirán a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, la siguiente documentación:

a) Certificación que exprese que el libramiento se ha destinado a los fines previstos.

b) Relación de los beneficiarios de las ayudas concedidas para materiales y desplazamiento y acreditación de que las mismas se han abonado a los centros.

c) Un ejemplar de la memoria presentada por los centros.

4. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en esta Orden conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

Decimocuarto.

Las Administraciones Educativas podrán reconocer al profesorado participante las actividades de innovación con alumnos que se realicen al amparo de esta convocatoria.

Decimoquinto.

Se autoriza a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente Orden.

Decimosexto.

Contra esta Orden se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en la presente Orden serán de aplicación las normas vigentes en materia de becas y ayudas al estudio, considerándose iniciado de oficio el procedimiento por la presente convocatoria.

Disposición final segunda.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de octubre de 2003.

DEL CASTILLO VERA

Ilmo. Sr. Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

ANEXO I
Distribución territorial de ayudas del Programa «Rutas Literarias» curso 2003/04
Comunidades Autónoma Número de Grupos Número máximo de ayudas para alumnos
Andalucía. 3 75
Aragón. 3 75
Asturias. 1 25
Baleares. 2 50
Canarias. 2 50
Cantabria. 2 50
Castilla-La Mancha. 2 50
Castilla y León. 3 75
Cataluña. 1 25
Extremadura. 3 75
Galicia. 2 50
La Rioja. 2 50
Madrid. 2 50
Murcia. 3 75
Navarra. 3 75
País Vasco. 1 25
Comunidad Valenciana. 2 50
 Total. 37 925
Territorio gestión directa MECD Número de Grupos Número máximo de ayudas para alumnos
Ceuta. 1 25
Melilla. 1 25
Otros (Centros o unidades en el extranjero). 1 25
 Total. 3 75

Número total de grupos: 40.

Número total de ayudas: 1.000.

ANEXO II
Catálogo de Rutas Literarias

Comunidad Autónoma de Andalucía

Itinerario: «La Generación del 27. Federico García Lorca».

Resumen de contenidos: Un paseo literario por Sevilla: Luis Cernuda y Vicente Alexandre. El Puerto y Alberti. Paraíso y testimonio de Lorca: La Huerta de San Vicente. La Granada de Lorca.

Alojamientos: Instalación Juvenil de Sevilla, c/ Isaac Peral, 2. 41012 Sevilla e Instalación Juvenil de Granada. Avda, de Ramón y Cajal, 2. 18003 Granada.

Comunidad Autónoma de Aragón

Itinerario: «La Ruta del Cid por el Aragón Fronterizo».

Resumen de contenidos: Teruel Mudéjar, la Catedral, los Amantes, el Museo. Sierra de Albarracín, Albarracín. Mirambel, Cantavieja, La Iglesuela del Cid. Rubielos de Mora, Mora de Rubielos. El Poyo del Cid. Castillo de Peracense, Cella.

Alojamiento: Residencia del IES Santa Emerenciana, c/ Marcos Peña Royo, 1. 44002 Teruel.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Itinerario: «El Arquitecto y el Templario. Dos Historias paralelas en la Mallorca Medieval y en la contemporánea».

Resumen de contenidos: Museo de Mallorca y Castillo de Bellver. Plaza Porta del Camp, Temple, C. Del Sol y Catedral. Iglesia y museo de Porciúncula. Alcudia: Pollentia, Teatro romano, Cueva S. Martí, Torre de los templarios, Formentor. Sant Elm: parque natural Sa Dragonera, Creu Montcades, La Real. Ses Païsses, Coves Artá, Castillo Capdepera. Palma de Mallorca: Capocorp, Cala Pi, Cura.

Alojamiento: Albergue Playa de Palma. C/ Costa Brava, 13. 07610 Playa de Palma.

Comunidad Autónoma de Canarias

Itinerario: Unamuno y el Paisaje Canario.

Resumen de contenidos: Recorrido por la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. El paisaje interior de Gran Canaria (I): Teror, La Finca de Osorio. El paisaje interior de Gran Canaria (II): Villa de Moya, Los Tilos, Villa de Agaete. El paisaje interior de Gran Canaria: Las Cumbres (III) (Cruz de Tejeda, Degollada de Las Palomas, Artenara). El otro paisaje de Gran Canaria: El Sur (Telde).

Alojamiento: Residencia escolar «Las Palmas». Carretera Lomo Blanco, 44. 35017 Las Palmas de Gran Canaria.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Itinerario: Tras los pasos de Pereda. Cantabria interior y Cantabria costera.

Resumen de contenidos:

Cantabria costera: Santander, su bahía como entorno literario. Faro de Cabo Mayor, Sardinero y península de la Magdalena. Biblioteca Menéndez Pelayo y Museo marítimo. (José M.ª de Pereda, Gerardo Diego...).

Las Villas de la costa oriental: la mar, sus gentes y sus trabajos. Lonja de Santoña, Laredo y la industria conservera. (Gerardo Diego, Amós de Escalante...).

La historia del arte en Cantabria: desde Altamira al siglo XX. Museo de Altamira y la Neocueva. Santillana. Comillas, el palacio de Sobrellano y el Capricho de Gaudí.

Cantabria interior: El paisaje de «Peñas Arriba», hacia el nacimiento del Ebro y los puertos de Sejos. Poblado cántabro de Argüeso.

La casona de Tudanca, foco cultural. Cosio, Pereda y el grupo del 27: Rafael Alberti, Miguel Hernández, Gerardo Diego...

Los Picos de Europa: Villa de Potes, Santa María de Lebeña, Monasterio de Santo Toribio y teleférico de Fuente Dé. ( El Marqués de Santillana, Benito Pérez Galdós y su viaje por la Montaña, Gerardo Diego...).

Alojamiento: Centro de Programas educativos. P.º Fernández Vallejo, 13. 39315 Viérnoles.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Itinerario: Por tierras y letras de Cuenca.

Resumen de contenidos: Belmonte: Fray Luis de León. Mota del Cuervo: «El Quijote», Cervantes. Ciudad Encantada: «Soneto del amor oscuro», Federico García Lorca, «Las serranas», de Luis de Góngora. Embalse de La Toba: José Luis Sampedro y los gancheros. Nacimiento del Río Cuervo. Villanueva de la Jara: «Libro de las fundaciones» Santa Teresa de Jesús. Alarcón: «El conde Lucanor», don Juan Manuel. Leyenda. Castillo de Garcimuñoz: Jorge Manrique.

Monasterio de Uclés: Órdenes de Caballería. Priego: Diego Jesús Jiménez (Premio Nacional de Poesía). Solán de Cabras/Hoz de Beteta: «El Quijote». Cuenca capital: Recorrido por el casco antiguo: leyendas, Barrio de San Martín: «Los recursos de la astucia», Pío Baroja; Biblioteca del Seminario Mayor: Diccionario de Sebastián de Covarrubias; Archivo de la Catedral: testamento y capilla de Sebastián de Covarrubias; Archivo Histórico Provincial: la Inquisición y Fray Luis de León; Los Hermanos Valdés.

Alojamiento: Colegio de Educación Especial «Infanta Elena». Carretera Cuenca-Guadalajara, km. 6,6. Cuenca.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Itinerario: De romances y leyendas por Zamora.

Resumen de contenidos: Zamora: Romance del cerco de Zamora y Romances de Bernardo del Carpio, leyendas. Benavente: Romance de Bernardo del Carpio, leyendas. Villafáfila. Toro: Romancero nuevo, leyendas. Sanabria: de los Beatos a León Felipe, leyendas. Sayago: leyendas.

Alojamiento: IES Universidad Laboral. Avda. Príncipe de Asturias, 53. 49003-Zamora.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Itinerario: Itinerario literario por Extremadura.

Resumen de contenidos: Mérida. Cáceres, Malpartida de Cáceres, Brozas. Almendralejo, Badajoz. La Serena. Plasencia, Guijo de Granadilla.

Alojamiento: IES Universidad Laboral de Cáceres. Avda. Universidad, s/n. 10004 Cáceres.

Comunidad Autónoma de Galicia

Itinerario: El romanticismo en Galicia a través de la figura de Rosalía de Castro.

Resumen de contenidos: A Coruña. Lugo, el Camino de Santiago y la Galicia interior. Santiago de Compostela. Ruta Rosaliana: Padrón, Cambados, Vilanova de Arousa, Santiago de Compostela. A Coruña y las Rías Altas.

Alojamiento: Centro Residencial Docente de A Coruña. Acea de Ama, s/n. 15670 Culleredo (A Coruña).

Comunidad Autónoma de La Rioja

Itinerario: El origen de la lengua castellana y los monasterios riojanos.

Resumen de contenidos: San Millán de la Cogolla. Monasterios de Yuso y Suso. Gonzalo de Berceo. El Camino de Santiago: Logroño. Navarrete. Nájera: Monasterio de Santa María la Real. Cañas: Monasterio de Santa María de San Salvador. Santo Domingo de la Calzada: Monasterio de Nuestra Señora de la Anunciación. Casalarreina: Monasterio de Nuestra Señora de la Piedad. Anguiano: Monasterio de Santa María de Valvanera. Nájera: Manuel Esteban Villegas. Quel: Bretón de los Herreros. Logroño: M.ª Teresa León Goyri.

Alojamiento: Residencia IES La Laboral. C/ La Rioja, 6. 26140 Lardero (La Rioja).

Comunidad Autónoma de Madrid

Itinerario: Alcalá de Henares y Madrid: vida y obra de Cervantes.

Resumen de contenidos: Madrid: itinerario por el barrio de los Literatos (Cervantes, Lope de Vega, Calderón de la Barca). Itinerario literario por Alcalá de Henares (la novela picaresca). Itinerario histórico-artístico por el Madrid de los Austrias (Cervantes, Lope de Vega, Calderón de la Barca). Museo del Prado y Madrid de los Borbones. Itinerario histórico-artístico por Alcalá de Henares. Visita al monasterio de El Escorial o Ruta literaria del Marqués de Santillana.

Alojamiento: Centro de Intercambios Escolares, Carretera de Colmenar Viejo, Km. 12800, Madrid.

Comunidad Autónoma de Murcia

Itinerario: El 98 y el 27 en la Región de Murcia.

Resumen de contenidos: Yecla: Azorín «La voluntad». Murcia: Jorge Guillén «Cánticos». Archena: Vicente Medina «Aires Murcianos». Cartagena: Antonio Oliver «Obra completa», La Unión: María Cegarra «Poemas para mi silencio». Totana: Federico García Lorca «Antología». Lorca: Heliodoro Puche «Obra completa». Los Urrutia.

Alojamiento: Escuela Hogar «Mar Menor». C/ Conde Lisea, 9. 30720 Santiago de la Ribera, San Javier (Murcia).

Comunidad Foral de Navarra

Itinerario: Haciendo camino por Navarra.

Resumen de contenidos: El Camino de Santiago en Navarra: Roncesvalles, Pamplona, Monasterio de Leyre, Sangüesa, Eunate, Puente la Reina, Estella y Monasterio de Irache.

Alojamiento: Residencia IES «Sierra Leyre». Avda. Bardo, s/n. 31440 Lumbier (Navarra).

Comunidad Autónoma Valenciana

Itinerario: Un paseo por el paisaje de Blasco Ibáñez.

Resumen de contenidos: Biografía de Blasco Ibáñez: Valencia y su barrio marítimo. Valencia, su ciudad, su época: La Reinaxença, el modernismo. El mundo rural de Blasco Ibáñez: Puerto de Catarroja o Silla, Parque Natural de la Albufera. La burguesía valenciana en Blasco Ibáñez: «Ouet», Alzira. Utopía y síntesis en Blasco Ibáñez: Sagunto y Museo de la Ciudad de Valencia.

Alojamiento: Albergue La Torre de Alborache, Carretera de Macastres, s/n. 46369 Alborache (Valencia).

ANEXO III

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/255/19684_13760511_image1.png

ANEXO IV
Orientaciones generales

1. Descripción del programa. El programa Rutas Literarias es un recurso educativo, pensado para alumnos de 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria, que pretende complementar la formación que se imparte en el aula por medio de la realización de una ruta literaria. Con él, a la vez que se potencia y consolida el hábito lector de la población escolar, se posibilita que se conozca y aprecie la riqueza cultural, natural y lingüística de nuestro territorio.

2. Objetivos. Serán objetivos prioritarios entre otros:

Suscitar en los alumnos una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal.

Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos.

Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente.

Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

3. Aspectos de diseño y metodología. El programa se desarrolla siguiendo una ruta literaria que gira en torno a un libro, personaje y/o autor relevante y que ha de trabajarse previamente en los centros por los alumnos. Esto dará la pauta para conocer in situ los lugares que han servido de inspiración o han guiado la narración leída; o bien los pueblos y ciudades de las Comunidades visitadas relacionados con los autores y personajes sobre los que se ha profundizado, así como otras riquezas culturales, sociales y naturales que caracterizan a la Comunidad.

ANEXO V
Modelo de solicitud de ayuda para participar en el Programa

«Rutas literarias»

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/255/19684_13760511_image2.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/255/19684_13760511_image3.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/255/19684_13760511_image4.png

ANEXO VI

Don/doña............................................................................ con D.N.I.................................. padre/madre/tutor del alumno/a............................................................................................... otorga su autorización para que participe en la actividad del Programa denominado «Rutas Literarias», organizado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y manifiesta su conocimiento de que, en el caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha prevista.

Fdo.: ...........................

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid