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Documento BOE-A-2003-19528

Orden TAS/2925/2003, de 16 de octubre, por la que se establecen las bases de concesión y se convoca la V edición de los premios a la no violencia contra las mujeres, dirigidos a agencias de publicidad, medios de comunicación y a profesionales de estos medios.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2003, páginas 37849 a 37850 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-19528

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Mujer, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, creado por Ley 16/1983, de 24 de octubre, tiene como finalidad primordial promover y fomentar las condiciones que posibiliten la igualdad social entre ambos sexos, así como prestar servicios en favor de la mujer.

Entre las funciones que tiene encomendadas está la de impulsar las medidas que contribuyan a eliminar las discriminaciones existentes respecto a la mujer en la sociedad.

Uno de los principales problemas es la violencia contra las mujeres en el entorno familiar, por lo que es necesario seguir insistiendo en la toma de conciencia de la sociedad frente a este fenómeno.

Para ello, y contando con la aportación que los medios de comunicación pueden realizar a la hora de sensibilizar de la gravedad del problema, el Instituto de la Mujer creó en 1999, en el marco del I Plan de Acción contra la Violencia Doméstica aprobado por Consejo de Ministros el día 30 de abril de 1.998, los Premios a la No Violencia contra las Mujeres para medios de comunicación y agencias de publicidad, dando cumplimiento a una de las actuaciones del área de sensibilización y prevención.

Los premios a la no violencia contra las mujeres pretenden reconocer el valor social de los anuncios e imágenes, textos informativos y programas de radio o televisión, cuyos contenidos fomentan la no violencia contra las mujeres.

En su virtud, y con objeto de continuar la convocatoria anual de estos premios, a propuesta del Instituto de la Mujer y previo informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dispongo:

Artículo único.

Se convoca la V Edición de los «Premios a la No Violencia Contra las Mujeres 2003», que se regirá por las bases que figuran en el Anexo a esta Orden.

Disposición adicional única.

El Instituto de la Mujer, a través de su Directora General, adoptará las medidas necesarias para el desarrollo de esta actividad.

Disposición final única.

Esta Orden entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de octubre de 2003.

ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

Ilmas. Sras. Secretaria General de Asuntos Sociales y Directora General del Instituto de la Mujer.

ANEXO
Bases
Primera. Modalidades de los Premios convocados.

Se convoca la V Edición de los «Premios a la No Violencia Contra las Mujeres» en las modalidades de:

1) Prensa, Radio y Televisión, destinadas a los medios de comunicación y a las/os profesionales de estos medios que se hayan destacado en la publicación de textos informativos o en la producción y emisión de programas dirigidos a combatir la violencia contra las mujeres, y

2) Publicidad, destinada a las agencias de publicidad por la realización de anuncios o campañas publicitarias que transmitan y fomenten una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres como forma de prevenir la violencia.

Segunda. Finalidad de los Premios.

Los Premios de cada una de las especialidades señaladas en la base anterior tendrán la siguiente finalidad: Reconocer el valor social de los medios de comunicación y la publicidad en la erradicación de la violencia contra las mujeres y en consecuencia:

Fomentar y apoyar la realización de trabajos donde se difunda, a través de la prensa, radio y televisión, el principio de la no violencia y el de igualdad entre hombres y mujeres.

Promover la producción y emisión de anuncios dirigidos a presentar a las mujeres como personas que contribuyen activamente al proceso de desarrollo de la sociedad en equiparación con los hombres, desempeñando papeles no exclusivamente tradicionales, como forma de prevenir y erradicar la violencia.

Tercera. Beneficiarios.

Podrán participar, individualmente los autores, o como entidad, las agencias de publicidad, los medios de información escrita, las emisoras de radio y las cadenas de televisión. Podrán optar todos los trabajos que hayan sido publicados o emitidos en medios de ámbito nacional y/o autonómico, desde el 15 de septiembre de 2002 hasta el 14 de octubre de 2003.

Cuarta. Candidaturas.

Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas o entidades interesadas en el Instituto de la Mujer, indicando los siguientes datos:

La especialidad a la que se presenta. (Prensa, Radio, Televisión, Agencias de Publicidad).

Datos de la persona o entidad que opte al premio, incluido el n.o de D.N.I., dirección, n.o de teléfono y de fax.

Un poder de representación a quienes actúen en nombre y representación de personas jurídicas.

Fecha de realización de los trabajos y de publicación o emisión en su caso, debidamente acreditada.

Los trabajos deberán presentarse de la siguiente forma:

1. En el caso de agencias de publicidad: 3 copias de las piezas publicadas y/o 3 copias en vídeo VHS del anuncio, en caso de spots televisivos, acompañadas de la declaración jurada de la dirección de la agencia en la que conste el medio de comunicación donde se haya divulgado y el tiempo de exposición del anuncio.

2. En el caso de trabajos de prensa: las propuestas se presentarán firmadas por el autor u autora o por la dirección del medio de comunicación que opte al premio. Se acompañarán 3 ejemplares o fotocopias compulsadas del texto publicado que se presenta.

3. En el caso de programas de radio: las propuestas se presentarán firmadas por el autor u autora, por la persona responsable del equipo o por la dirección del medio de comunicación y se acompañarán de 3 copias, en sistema audio (cassette o CD), del programa que se presente y declaración jurada de la dirección de la emisora, en la que conste la fecha de emisión.

4. En el caso de programas de televisión: las propuestas se presentarán firmadas por el autor u autora, por la persona responsable del equipo o por la dirección del medio de comunicación y se acompañarán de 3 copias en vídeo VHS y declaración jurada de la dirección de la cadena de televisión, en la que conste la fecha de emisión.

Quinta. Plazo y lugar de admisión.

El plazo de admisión de las candidaturas finalizará el 30 de octubre de 2003. La documentación requerida podrá enviarse por correo certificado o presentarse en el Instituto de la Mujer, C/ Condesa de Venadito, 34, 28027 - Madrid, de lunes a viernes, en horario de 9 a 17.30 horas o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Proceso de concesión.

El premio será fallado por un jurado compuesto por:

La Presidenta, que será la asesora ejecutiva del Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

El Vicepresidente, que será el coordinador de prensa del área de Asuntos Sociales del Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Actuará como secretaria la jefa del servicio de Comunicación e Imagen del Instituto de la Mujer.

Además, estará compuesto por ocho vocales, designados por la directora general del Instituto de la Mujer, por delegación del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales. Los vocales serán elegidos de acuerdo con el siguiente criterio:

1 representante de Organismo de Igualdad de Comunidad Autónoma.

4 profesionales de reconocido prestigio que trabajen en las áreas objeto de los premios.

3 representantes de ONG de mujeres que desarrollen programas en favor de las víctimas de la violencia.

El Instituto de la Mujer y/o el Jurado podrán proponer, para su incorporación al concurso, trabajos publicados o emitidos en el plazo señalado en la base tercera, no presentados directamente por las personas o entidades interesadas, pero que por su calidad o méritos hagan conveniente su inclusión en la convocatoria.

La composición del Jurado deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Instituto de la Mujer al menos con un mes de antelación a la concesión de los premios.

La propuesta de concesión de los Premios se realizará preferentemente por unanimidad. De existir discrepancias insalvables, cada una de las personas miembros del Jurado procederá a puntuar los trabajos sobre los que se ha producido el desacuerdo, resultando elegido el de mayor puntuación alcanzada. En el caso de que se produzca un empate en las votaciones, la Presidenta del Jurado ostentará voto de calidad.

El Jurado podrá proponer que se declaren desiertos los Premios en caso de no reunir la suficiente calidad los trabajos presentados. Asimismo, podrá acordar la concesión de una o varias menciones honoríficas en aquellos casos en que se considere la existencia de trabajos merecedores de ellos y no hayan accedido a premio.

Los premios se adjudicarán a propuesta del Jurado mediante Resolución de la directora general del Instituto de la Mujer y será expuesta en el tablón de anuncios del Instituto de la Mujer y, posteriormente, publicada en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se emitirá antes del 15 de diciembre de 2003.

Los criterios de valoración por parte del Jurado serán los siguientes: calidad del trabajo periodístico y publicitario; capacidad de transmisión del valor de la «no violencia» contra las mujeres y relevancia en la representación y transmisión de una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres. Estos criterios serán ponderados por igual.

Séptima. Derechos del órgano convocante.

1. El Instituto de la Mujer podrá disponer de los derechos de utilización de los trabajos ganadores para su divulgación con fines informativos, educativos o de carácter social, coincidentes con los objetivos del Organismo, obligándose los premiados a otorgar el documento oportuno cuando sea necesario.

2. Los trabajos presentados que no resulten premiados podrán ser recuperados por los autores dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la Resolución de adjudicación de los Premios en el Boletín Oficial del Estado, no responsabilizándose la Administración de los que no sean retirados en dicho plazo.

Octava. Premios.

Los premios serán entregados por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales o persona en quien delegue y tendrán las siguientes cuantías:

Un premio de 9.000 euros y placa en la modalidad de prensa.

Un premio de 9.000 euros y placa en la modalidad de radio.

Un premio de 9.000 euros y placa en la modalidad de televisión.

Un premio de 9.000 euros y placa en la modalidad de agencias de publicidad.

Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos o retenciones según la Ley, salvo exención concedida por el órgano competente de la Administración Tributaria.

Novena. Financiación.

La financiación de estos premios se imputará al presupuesto de gastos vigente del Instituto de la Mujer con cargo a la partida presupuestaria 19.105.323B. 227.06.

Los adjudicatarios de los premios deberán facilitar, en todo caso, cualquier información que sea requerida por el Tribunal de Cuentas.

Décima. Aceptación de las bases.

La participación en esta V Edición supone la total aceptación de las presentes bases.

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