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Documento BOE-A-2003-1905

Resolución de 2 de enero de 2003, de la Agencia Española del Medicamento por la que se renuevan las becas convocadas por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero, de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2003, páginas 3864 a 3864 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2003-1905

TEXTO ORIGINAL

En el "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo de 2002, se publicó

la Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero, por la que se convocaron becas

de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del

Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma.

Por Resolución de 14 de junio de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"

de 6 de julio), se adjudicaron nueve becas, por un período de tiempo,

hasta el 31 de diciembre de 2002, pudiendo prorrogarse hasta un máximo

de cuatro años, previa fiscalización del gasto correspondiente.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, de

acuerdo a los requisitos y disposiciones exigidos en la citada Orden de

convocatoria, y previo informe de la Comisión de evaluación, esta Agencia

Española del Medicamento dicta Resolución con arreglo a los siguientes

Hechos

Primero.-Por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero, publicada en

el "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo, se convocaron nueve becas

de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia.

Segundo.-Las nueve becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio

de 2002 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2002.

Tercero.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga,

que ha finalizado el 1 de diciembre de 2002, la Comisión de Evaluación

ha admitido nueve solicitudes, previo examen y conforme a los requisitos

exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como

así se hace constar en el acta de la reunión de la Comisión de evaluación

de fecha 17 de diciembre de 2002.

Cuarto.-Procede, en consecuencia, renovar 9 solicitudes de prórroga

por un período que se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre

de 2003.

Fundamentos de Derecho

1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del

Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo,

el Director de la Agencia Española del Medicamento ostenta la

representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias,

la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse

por la Agencia.

2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 14 de junio

de 2002 se corresponden con el período de tiempo hasta el 31 de diciembre

de 2002, por lo que conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada

Orden de convocatoria procede, mediante la presente Resolución, a la

renovación de las becas propuestas por el período de tiempo desde el 1

de enero al 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse hasta un período

máximo de cuatro años.

3. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de las nueve

solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, en la Orden

SCO/478/2002, de 19 de febrero, y demás disposiciones aplicables, y previo

informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:

Renovar 9 becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia

Española del Medicamento, adjudicadas por Resolución de 14 de junio de 2002,

en la cuantía de 1.403,16 euros para la beca de perfeccionamiento y 797,25

euros para la beca de iniciación más el incremento respectivamente

estipulado en el apartado 2.4, párrafo tercero (2 por 100 para el año 2003,

según la Ley de Presupuestos para dicho año), de la citada Orden de

convocatoria, a los solicitantes que figuran en el anexo de esta Resolución.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá

interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes

ante la Directora de la Agencia Española del Medicamento, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en

la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá

impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Madrid, 2 de enero de 2003.-El Director, Fernando García Alonso.

ANEXO

Renovación Becas año 2003

Convocatoria por Orden SCO/478/2002, de 19 de febrero

Importe mes

2002

-Euros

Incremento

2 por 100

-Euros

Importe mes

2003

-Euros

ModalidadCódigoDivisión de destinoNombre

Lourdes Gil Tornero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Inspección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IC2 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Esther Julia Cobo García . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacopea y Formulario Nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . RF4 Iniciación 797,25 15,94 813,19

José María Sanz Galindo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Sistemas de la Información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TI2 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Ismael Fernández Pérez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Área Jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SJ2 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Beatriz Alcaide Mora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CL7 Iniciación 797,25 15,94 813,19

Aránzazu Sancho López . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . División de Farmacología y Evaluación Clínica . . . . . . . . . CL6 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Begoña Brime Beteta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gestión de Procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GP3 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Ana María Portero Capdevila . . . . . . . . . . . . . . Química y Tecnología Farmacéutica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . QT9 Perfec. 1.403,16 28,06 1.431,22

Olivia Villoria Blanco . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Garantía de Calidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . GC3 Iniciación 797,25 15,94 813,19

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