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Documento BOE-A-2003-1890

Resolución de 27 de diciembre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden becas de posgrado para la formación de profesorado universitario por haber sido estimados recursos de reposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2003, páginas 3835 a 3836 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-1890

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, de 17 de agosto de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre), se convocaron becas de posgrado en el marco del Programa Nacional para la Formación de Profesorado Universitario.

Publicada la Resolución de 19 de abril de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de mayo) que puso fin al proceso de adjudicación de las becas, se interpusieron recursos de reposición que, a la vista de las alegaciones formuladas han sido estimados.

Por ello, en uso de la delegación otorgada por la Resolución de convocatoria, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Conceder las becas a los candidatos que se relacionan en el anexo de esta Resolución, por haber sido estimados los recursos de reposición presentados en fecha y forma.

Segundo.

La concesión de estas becas se realiza con efectos de 1 de enero de 2003, pudiéndose prorrogar anualmente hasta un máximo de cuarenta y ocho meses, de conformidad con lo establecido en la base 10 de la Resolución de 17 de agosto de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre).

Tercero.

Los beneficiarios de las becas concedidas en esta Resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen este programa y que se indican en la mencionada Resolución de 17 de agosto de 2001.

Cuarto.

El gasto resultante de las concesiones será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado y, en su caso, con los recursos procedentes del Fondo Social Europeo.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 27 de diciembre de 2002.–El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Director general de Universidades, Pedro Chacón Fuertes.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Ayudas para la Formación, Movilidad, Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos del Profesorado Universitario y Ayudantes Universitarios.

ANEXO
Organismo Nombre DNI becario
Universidad de Valencia. Olmo Alba, Gonzalo. 48.345.950
Universidad de Vigo. Martines Casas, Lidia. 78.735.997

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