Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-1883

Resolución de 17 diciembre de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se recogen modificaciones y ampliaciones de becas de la convocatoria general de Becas MAE curso 2002-2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2003, páginas 3834 a 3834 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-1883

TEXTO ORIGINAL

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio, y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 18 de enero de 2002 («Boletín Oficial del Estado» número 27, del 31), por la que se aprueba la convocatoria general de Becas MAE, y las resoluciones por las que se conceden becas de la convocatoria general de Becas MAE de fechas 1 de julio y 29 de agosto de 2002, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, ha resuelto:

Primero.

Se propone modificar la modalidad de beca, adjudicando beca de 902 euros mensuales, en vez de beca de 421 euros mensuales y alojamiento en el Colegio Mayor «Nuestra Señora de África», a partir del mes de enero de 2003 a Zaritsa Georieva (Bulgaria), del Programa II-A.

Segundo.

Se propone ampliar la beca del Programa II-A a los candidatos que se relacionan, fijándola en el período que se indica en cada caso:

Bonifacio Rodrígues Cebola (Mozambique), 1 de julio a 30 de septiembre de 2003.

Manuel Sargene Nanunes (Mozambique), 1 de julio a 30 de septiembre de 2003.

Meriam Bouhadida (Túnez), 1 de agosto a 30 de septiembre de 2003.

Olfa Zarrouk (Túnez), 1 de agosto a 30 de septiembre de 2003.

Kertes Gábor (Hungría), 1 de mayo a 31 de mayo de 2003.

Michael Alfred Ignacio Villanueva (Filipinas), 1 de junio a 31 de agosto de 2003.

Tercero.

Se propone conceder, por renuncia del titular (Radhouane Chkir) de Túnez, una beca del Programa II-A a la candidata que figuraba como suplente: Ivett Barany (Hungría) durante 1 de enero a 30 de septiembre de 2003.

Cuarto.

Se propone modificar las fechas de disfrute de la beca del Programa I-C concedidas en la Resolución de 1 de julio de 2002 a los siguientes becarios:

Massilia Maria Lira Dias (Brasil) disfrutará de su beca de 1 de febrero a 30 de abril de 2003 ya que no lo podrá realizar en las fechas 1 de abril a 30 de junio de 2003.

Juliya Kolaychuk (Ucrania) disfrutará de su beca de 1 de enero a 31 de marzo de 2003 ya que no lo podrá realizar en las fechas 1 de agosto a 31 de octubre de 2002.

Quinto.

Se concede ayuda de matrícula por un importe no superior a 1.202 euros a los becarios del Programa IV-A que se relacionan a continuación:

Manuel Dos Anjos Cortez Ordena (Angola).

Lani Mae Junio Zamora (Filipinas).

Marie Ann Pascual Lucena (Filipinas).

Sexto.

Se propone modificar la modalidad de beca, adjudicando beca de 421 euros mensuales y alojamiento en el Colegio Mayor «Nuestra Señora de África», a partir del mes de enero de 2003, en vez de beca de 902 euros mensuales en el programa II-A, a:

Helder Paquete Lima (Santo Tomé y Príncipe).

Séptimo.

La presente propuesta no supone incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad, debido la compensación de las cantidades no gastadas por las renuncias con el coste de las modificaciones que aprueban.

Octavo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 18 de enero de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 17 diciembre de 2002.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid