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Documento BOE-A-2003-17992

Orden CTE/2641/2003, de 1 de septiembre, por la que se anula la adjudicación de puesto de trabajo realizada mediante Orden CTE/2098/2003, de 18 de julio, a favor de D. Andrés Azabarte Galindo.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2003, páginas 35234 a 35235 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-17992

TEXTO ORIGINAL

Examinadas las actuaciones practicadas en el nombramiento

por concurso, de D. Andrés Azabarte Galindo, funcionario del

Cuerpo de Gestión Postal y de Telecomunicación, con Número

de Registro de Personal 0455166346 A1418.

Resultando que, por Orden de 6 de mayo de 2003 (BOE del

20-5), en ejecución de sentencia, se adjudica el puesto de Jefe

de Sección N.24 en la Subdirección General de Política Legislativa

del Ministerio de Justicia del que toma posesión con fecha

26-05-2003, cesando como Jefe Sucursal 42 de Correos y

Telégrafos Nivel 17, en la Entidad Pública Empresarial de Correos

y Telégrafos de Madrid.

Resultando que, por Orden CTE/2098/2003, de 18 de julio

de 2003 (BOE 25-07), se le nombró Instructor Expedientes N.24

en la Subdirección General de Contenidos de la Sociedad de la

Información.

Visto el artículo 41 punto 2 del Real Decreto 364/95, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

funcionarios civiles de la Administración general del Estado, que

establece que los funcionarios deberán permanecer en cada puesto

de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder

participar en los concursos de provisión, salvo en los supuestos

que el mencionado Real Decreto indica y que no son el caso del

interesado.

Acuerdo dejar sin efecto la adjudicación del puesto realizada

mediante Orden CTE/2098/2003, de 18 de julio (BOE. 25-07),

a favor del funcionario D. Andrés Azabarte Galindo, como

Instructor Expedientes N.24 en la Subdirección General de

Contenidos de la Sociedad de la Información.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa,

se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante

el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar

desde el día siguiente al de su publicación (artículos 116 y 117

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero), o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación

(artículo 9.a) de la Ley 39/1998, de 13 de julio, reguladora de

la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de septiembre de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden

30-11-2000, B.O.E. de 5-12), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos.

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