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Documento BOE-A-2003-16274

Resolución de 5 de junio de 2003, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por Tornell Calzada, José: saco de papel multihoja de boca abierta, código 5M2, marca "Tornell/SAC", modelos "013", "014", para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y vía marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2003, páginas 31780 a 31781 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-16274

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por Tornell Calzada, José, con domicilio social en Cadaqués, 51, municipio de La Llagosta, provincia de Barcelona, para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por Tornell Calzada, José, en su instalación industrial ubicada en La Llagosta: Saco de papel multihoja de boca abierta, código 5M2, marca «Tornell/SAC», modelos «013» y «014», para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y vía marítima.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la Entidad de Inspección y Control ECA-Sabadell, mediante informe con clave 08/08/15/0/003498, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden Ministerial de 17/3/1986 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, el Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) (BOE 18-02-2003), el código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) (BOE 20-07-2001), he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-J-667 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca, tipo y modelo: Marca «Tornell/SAC», modelo «013» y «014».

Características y productos autorizados a transportar:

Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden Ministerial de 17/03/86 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/89, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologación antes de 05/06/2005 (Orden Ministerial de 28/2/89).

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 5 de junio de 2003.–El Director general, P.D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC 13-11-96), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

ANEXO ESPECIAL

Fabricante: José Tornell Calzada.

Dirección establecimiento: C/ Cadaqués, 51, P.I. La Llagosta.

Población: La Llagosta. Telef.: 93 560 15 65.

Tipo de envase: Saco de papel multihoja.

Marca y modelo: Tornell, 013 y 014.

Nombre de la EIC y número del informe: ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.. Informe n.º 08/08/15/0/003498.

Contraseña de homologación: ADR/RID/IMDG:

ADR 02-J-667-01
RID/IMDG 02-J-667

Descripción:

Clase de material: Papel.

Composición: Lámina de polietileno pegada de 40l, 150 Galgas.

2.ª hoja Kraft natural de 70 gr/m2.

3.ª hoja Kraft natural de 70 gr/m2.

4.ª hoja Kraft natural de 70 gr/m2.

5.ª hoja Kraft blanca de 70 gr/m2.

Gramaje total: 25 Kg.

Dimensiones en m (2): 0,55 x 0,82 x 0,18 y 0,55 x 0,77 x 0,18.

Volumen útil máximo en L (2): 81 y 76.

Peso bruto máximo del conjunto en Kg.: 25.

Tara del conjunto y de cada elemento en Kg.:

Presión de diseño en bar:

Presión de prueba en bar:

Dispositivo de seguridad:

Tipos y sistema de cierre: Cierre por cosido.

Material de las juntas:

Código (tipo, material y grupo):

Materias a transportar:

Tipo de transporte (3):

Densidad máxima relativa de las materias transportables (3):

Tensión máxima de vapor a 50 oC (3):

Transporte por carretera y ferrocarril.

De acuerdo con ADR/RID:

Sólidos de las clases 4.1, 6.1, 8 y 9 con grupo de embalaje II enumeradas en la lista de mercancías del capítulo 3.2 y que cumplan con las instrucciones de embalaje P002.

Descripciones especiales para la instrucción P002:

Para el número ONU 3249, la cantidad neta por bulto no sobrepasará 5 Kg.

Para el número ONU 2000, el celuloide puede ser también transportado en embalajes paletizados, envueltos en una funda de plástico y fijados por medios apropiados, tales como bandas de acero, como cargamento completo en los vehículos cubiertos o en los contenedores cerrados. Ningún palé podrá sobrepasar los 1.000 Kg, de masa bruta.

Para el número ONU 2002, los envases y embalajes deben estar construidos de manera que eviten cualquier explosión debida a un aumento de la presión interna. Las botellas y los recipientes de gas no podrán ser utilizados para estas materias.

Para los números ONU 3175, 3243 y 3244, los envases y embalajes deben de ser de un tipo que hayan superado una prueba de estanqueidad o nivel de prueba del grupo de embalaje II.

Para los números ONU 1309, grupo de embalaje III y 1362, los sacos 5H1, 5L1 y 5M1 son autorizados si están contenidos en sacos de plástico o paletizados debajo de una funda retráctil o estirable.

Para los números ONU 1361, 2213 y 3077, los sacos 5H1, 5L1 y 5M1, son autorizados al transporte en vehículos cubiertos o en contenedores cerrados.

Para los objetos del número ONU 2870, sólo son autorizados los embalajes combinados satisfactorios al nivel de prueba del grupo de embalaje I.

Para los números ONU 2211, 2698 y 3314, los envases y embalajes no deben necesariamente satisfacer a las disposiciones de embalaje del capítulo 6.1.

Para los números ONU 1324 y 2623, los envases y embalajes deben satisfacer un nivel de prueba del grupo de embalaje III.

Para el número ONU 2217, se puede utilizar un recipiente estanco a los pulverulentos e irrompible.

Para el número ONU 2471, Los envases inferiores de papel o cartón no están autorizados.

Para el número ONU 2969 (granos enteros), los sacos 5H1, 5L1 y 5M1 están autorizados.

Para los números ONU 2590 y 2212, los sacos 5M1 están autorizados. Los bultos deben transportarse en vehículos cubiertos o en contenedores cerrados o como carga única debajo de una funda retráctil o estirable.

Para el número ONU 1309, grupo de embalaje II, los sacos no están autorizados dentro de vehículos cubiertos o en contenedores cerrados.

Excepciones (4):

Los sacos no deben ser utilizados por materias susceptibles que liquen durante el transporte.

Transporte marítimo.

De acuerdo con IMO/IMDG:

Sólidos de las clases 4.1, 6.1, 8 y 9 con grupo de embalaje II enumeradas en la lista de mercancías de la parte 3 del capítulo 3.2 y que cumplan con las instrucciones de embalaje P002.

Disposiciones especiales para la instrucción P002:

Para el número ONU 3249, la cantidad neta por bulto no sobrepasará 5 Kg.

Para el número ONU 2000, el celuloide puede ser también transportado en embalajes paletizados, envueltos en una funda de plástico y fijados por medios apropiados, tales como bandas de acero, como cargamento completo en los vehículos cubiertos o en los contenedores cerrados. Ningún palé podrá sobrepasar los 1.000 Kg, de masa bruta.

Para el número ONU 2002, los envases y embalajes deben estar construidos de manera que eviten cualquier explosión debida a un aumento de la presión interna. Las botellas y los recipientes de gas no podrán ser utilizados para estas materias.

Para los números ONU 3175, 3243 y 3244, los envases y embalajes deben de ser de un tipo que hayan superado una prueba de estanqueidad o nivel de prueba del grupo de embalaje II.

Para los números ONU 1309, grupo de embalaje III y 1361 y 1362, los sacos 5H1, 5L1 y 5M1 son autorizados si están contenidos en sacos de plástico y en envoltorios de contracción o extensión de bandejas.

Para los números ONU 1361, 2213 y 3077, los sacos 5H1, 5L1 y 5M1, son autorizados al transporte en unidades de transporte cerradas.

Para los objetos del número ONU 2870, sólo son autorizados los embalajes combinados satisfactorios al nivel de prueba del grupo de embalaje I.

Para los números ONU 2211, 2698 y 3314, los envases y embalajes no deben necesariamente satisfacer a las disposiciones de embalaje del capítulo 6.1.

Para los números ONU 1324 y 2623, los envases y embalajes deben satisfacer un nivel de prueba del grupo de embalaje III.

Para el número ONU 2217, se puede utilizar cualquier receptáculo provisional no tamizante.

Para el número ONU 2471, los envases inferiores de papel o cartón no están autorizados.

Para los números ONU 1362, 1463, 1585, 1575, 1626, 1680, 1689, 1693, 1694, 1698, 1699, 1868, 1889, 1932, 2471, 2545, 2546, 2881, 3048, 3088, 3170, 3174, 3181, 3182, 3189, 3190, 3205, 3206, 3341 y 3342 los envases y envalajes deberán ir cerrados herméticamente.

Para el número ONU 2969 (granos enteros), los sacos 5H1, 5L1 y 5M1 están autorizados.

Para los números ONU 2590 y 2212, los sacos 5M1 están autorizados. Los bultos deben transportarse en unidades de transporte cerradas o como cargas unitarias en envoltorios de contracción o extensión.

Para el número ONU 1309, los sacos sólo se permiten en unidades de transporte cerradas o como cargas unitarias.

Para los números ONU 1748, 2208 y 2880, no se permiten los sacos.

Excepciones (4). Los sacos no deberán ser utilizados por materias susceptibles que liquen durante el transporte.

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