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Documento BOE-A-2003-16237

Resolución de 22 de julio de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se recogen modificaciones de becas de la Convocatoria General de Becas MAE Curso 2002/2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2003, páginas 31533 a 31533 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-16237

TEXTO ORIGINAL

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 (BOE de 10 de abril), modificada por la orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio y el Real Decreto 2225/93 de 17 de diciembre, por lo que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1 d) de la Resolución de 29.12.2000 (BOE 12 de febrero de 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 18 de Enero de 2002 (BOE n.º 27 de 31 de enero de 2002) por lo que se aprueba la Convocatoria General de «Becas MAE», y las resoluciones por las que se conceden becas de la Convocatoria General de «Becas MAE» de fechas 1.07.2002 y 29.08.2002 (BOE 18 de septiembre de 2002), a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, ha resuelto:

Primero.

Ampliar las fechas de disfrute de las becas del Programa III-B a los becarios españoles que se detallan, por el periodo adicional que se indica en cada uno con el fin de que coincida con la duración de los estudios que realizan en los países indicados:

Rodríguez Valbuena, Emilio. 01.09.2003/30.09.2003. India.

Malagón Pareja, Jesús. 01.08.2003/30.09.2003. Marruecos.

Frias Gómez, María. 01.09.2003/30.09.2003. Túnez.

Varela Vizcaíno, César. 01.08.2003/30.09.2003. China.

Segundo.

La dotación económica de estas becas es de 902,00 € mensuales más un seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutica durante el periodo de vigencia de las becas.

Tercero.

Ordenar la publicación en el BOE de las fechas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada orden ministerial de 26 de marzo y resolución de 18 de enero de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 22 de julio de 2003.‒El Presidente, P.D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, BOE 12.02.01), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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