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Documento BOE-A-2003-15952

Resolución de 17 de julio de 2003, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, por la que se ordena la publicación del Convenio formalizado con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para gastos de inversiones en centros educativos no universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2003, páginas 30888 a 30890 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-15952

TEXTO ORIGINAL

Resolución de 17 de julio de 2003, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha han suscrito un Convenio de Colaboración para la construcción, adecuación o equipamiento de centros educativos no universitarios, en cumplimiento del Acuerdo de transferencias aprobado por el R.D. 1844/1999, de 3 de diciembre, ampliado por consenso entre ambas administraciones.

Por ello y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio formalizado que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 17 de julio de 2003.–La Presidenta, Engracia Hidalgo Tena.

ANEXO
Convenio entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

En Madrid a 7 de julio de 2003.

Intervienen:

Por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura:

Ilma. Sra. D.ª Engracia Hidalgo Tena, Presidenta de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, competente en virtud del Art. 6 y de la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada en los Artículos 1.º y 2.º de la Ley 4/1999, de 13 de Enero, y del Real Decreto 1379/99, de 27 de agosto, de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y de la disposición adicional primera del Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, de desarrollo de la Estructura Orgánica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por la Consejería de Educación y Cultura:

Excmo. Sr. D. José Valverde Serrano, Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad de Castilla-La Mancha, que es competente en virtud del Decreto 18/2001, de 19 de febrero, de nombramiento para dicho cargo.

Actúan los interesados en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad para obligarse en los términos de este documento.

Y a tal efecto, manifiestan:

El Acuerdo de traspaso de funciones y servicios de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, aprobado por el Real Decreto 1844/99, de 3 de diciembre, establece en la letra G, apartado 3, que la Administración del Estado se compromete a transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha 6.000 millones de pesetas, en cuatro anualidades (2000: 1.000 millones; 2.001: 1.500 millones; 2.002: 1.750 millones y 2.003: 1.750 millones), para gastos de inversiones en centros educativos no universitarios, en los términos establecidos en el Acuerdo Complementario al traspaso de competencias.

Por su parte, el Acuerdo Complementario establece que se formalizará Convenio entre ambas Administraciones, para la construcción o adecuación de los centros educativos no universitarios que se determinen y por los importes indicados para cada anualidad.

No obstante lo anterior, ambas Administraciones coinciden en la necesidad de impulsar de forma especial las inversiones en infraestructuras y equipamientos vinculados a estos servicios traspasados, siendo necesario para ello ampliar la cuantía del compromiso adquirido por la Administración del Estado con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el importe total de 30,05 millones de euros, con el siguiente calendario: en 2003, 20,00 millones de euros; en 2004, 10,05 millones de euros, todo ello con el fin de mejorar el nivel de dotaciones existentes en esta Comunidad Autónoma.

En consecuencia, el importe de la anualidad de 2003 acordada (1.750 millones de pesetas) debe incrementarse en la cuantía de 20,00 millones de euros e incluir una anualidad para 2004 por importe de 10,05 millones de euros.

En desarrollo de lo anteriormente expuesto y habiéndose dado cumplimiento satisfactorio a los Convenios formalizados para las anualidades 2000, 2001 y 2002, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha acuerdan formalizar el presente Convenio, una vez informado favorablemente por la Abogacía del Estado (4 abril 2003) y autorizado por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica (5 mayo 2003) y por el Consejo de Ministros (20 junio 2003) -cuya autorización implica la aprobación del gasto-, con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto regular los requisitos formales y procedimientos para que la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura financie inversiones educativas ejecutadas por la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por transferencias de capital, hasta un máximo de 40.567.710,00 euros, con el siguiente calendario de desembolsos anuales máximos:

Año 2003 2004 Total
Euros 30.517.710,00 10.050.000,00 40.567.710,00
Segunda.

La ejecución de la inversión en obras de nueva construcción, ampliaciones o adaptaciones y equipamientos en centros de Educación Secundaria, se efectuará por la Consejería de Educación y Cultura. Esta Consejería asume los derechos y obligaciones que la vigente Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas) atribuye a los Órganos de Contratación, tanto en la fase de contratación como de ejecución, recepción y liquidación de las obras y en la adjudicación y recepción de los equipamientos.

Tercera.

En los Anexos de actuaciones a este Convenio se especifican las obras y equipamientos a ejecutar en 2003 y 2004, con su correspondiente detalle económico, remitidas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Cuarta.

La financiación, por parte de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, de las actuaciones de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, objeto de este Convenio, se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.103.755 del Programa 422C del Presupuesto de Gastos del Organismo.

El abono de las anualidades se realizará mediante dos aportaciones en cada ejercicio por el importe correspondiente al 50% del crédito consignado para cada anualidad, previa justificación por la Consejería de Educación y Cultura de ejecución de obras y equipamientos por dicho importe en los centros incluidos en los anexos.

Quinta.

Si por causas sobrevenidas no pudiera ser ejecutada alguna de las obras o equipamientos que figuran en los anexos, podrán ser sustituidos por otras obras o equipamientos, dentro del mismo Programa presupuestario y sin poder sobrepasar en ningún caso el coste total, previa comunicación por parte de la Consejería de Educación y Cultura a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y aceptación por esta.

En prueba de conformidad, ambas partes firman y rubrican el presente documento en el lugar y fecha al principio mencionados.–El Consejero de Educación y Cultura, José Valverde Serrano.–La Presidenta de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, Engracia Hidalgo Tena.

ANEXO I
Construcción de centros de educación secundaria a ejecutar en 2003

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/189/15952_13644483_image1.png

ANEXO II
Ampliación, mejora o acondicionamiento en centros de educación secundaria a ejecutar en el 2003

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/189/15952_13644483_image2.png

ANEXO III
Equipamientos a suministrar en 2003 para centros de educación secundaria en 2003

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/189/15952_13644483_image3.png

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