Por Orden ECD/798/2003, de 21 de marzo (Boletín Oficial
del Estado de 8 de abril), se convocó concurso público de méritos
para la provisión de puestos vacantes de funcionarios docentes
en el exterior, y por Resoluciones de 18 de junio y 2 de julio
de 2003 (Boletines Oficiales del Estado de 23 de junio y 29 de
julio), se aprobaron las listas definitivas de admitidos y excluidos,
las puntuaciones definitivas de la fase general y los idiomas
definitivamente acreditados y se procedió a convocar a los candidatos
que superaron la fase general para la realización de la fase
específica.
Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,
la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado
en el apartado 1 de la base octava de la Orden de convocatoria,
ha remitido a la Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios la propuesta de resolución del concurso,
conteniendo la relación de candidatos seleccionados, con indicación
de los puestos adjudicados y las puntuaciones obtenidas por cada
uno de ellos.
Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos
en la Orden de convocatoria.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 8 de agosto,
en el Servicio de Información del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, en las Direcciones Provinciales del Departamento en
Ceuta y Melilla; en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno, de la lista de candidatos que han realizado la fase específica
prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con
indicación de las puntuaciones obtenidas en cada parte de esta
fase y la total alcanzada en el concurso de méritos.
Segundo.-Adscribir temporalmente, de acuerdo con la base
novena de la Orden de convocatoria, a los profesores relacionados
en el anexo a la presente Orden a los puestos y por los períodos
que se especifican, con indicación así mismo de los puestos que
han resultado desiertos por falta de candidatos que reunieran los
requisitos exigidos.
Los profesores que han resultado seleccionados deben realizar
un curso de formación que tendrá lugar el 11 de agosto en la
sede del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el
Auditorio de Plaza del Rey, n.o1 y que comenzará a la 8,45 horas.
Tercero.-La adscripción de los profesores dependientes de las
Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas
quedará condicionada a la autorización del centro directivo
autonómico correspondiente.
Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán
posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá
las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,
a la Dirección General de Programación Económica, Personal y
Servicios, a los efectos de formalizar el documento de inscripción
de la toma de posesión en el Registro Central de Personal.
Quinto.-A los profesores adscritos les será de aplicación el
régimen económico contenido en la base decimotercera de la
Orden de convocatoria, estando, así mismo, obligados a cumplir
el régimen de dedicación previsto en la base decimocuarta de
la citada Orden.
Las liquidaciones de haberes de los Profesores adscritos
deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, a los efectos de ser incluidos en la
nómina de personal en el extranjero.
Sexto.-La documentación presentada por los participantes en
el concurso de méritos podrá ser retirada, durante el mes de
noviembre de 2003. A tal efecto podrán acudir personalmente
o delegar en otra persona, debidamente autorizada, siempre que
no se haya interpuesto recurso por el propio interesado o terceros
que pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el
plazo señalado, se entenderá que el participante renuncia a su
recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.
Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo,
conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 30 de julio de 2003.-La Ministra, P. D. (O.M. de 1
de febrero de 2001, B.O.E. de 9), la Directora General de
Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo
Tena.
Ilmos. Sres. Directora General de Programación Económica,
Personal y Servicios y Secretario General Técnico.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid