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Documento BOE-A-2003-15764

Resolución de 10 de julio de 2003, del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, por la que se convoca el curso sobre "La Instrucción Penal y el Secretario Judicial", dirigido a los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2003, páginas 30431 a 30432 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-15764

TEXTO ORIGINAL

El Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia tiene entre sus funciones la de organizar actividades de formación y perfeccionamiento para Secretarios Judiciales, según el artículo 6, párrafo b) de su Reglamento aprobado, mediante Real Decreto 1924/1986, de 29 de agosto, en virtud de lo cual convoca el curso sobre «La Instrucción Penal y el Secretario Judicial» dentro del Plan Estatal de Formación Continuada 2003, subvencionado por el Instituto Nacional de Administración Pública.

1. Fecha, horario y lugar de celebración: Se realizará los días 20, 21 y 22 de octubre, de nueve treinta a catorce treinta, en la sede del CEJAJ.

2. Destinatarios: Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Secretarios Judiciales, que estén en la situación administrativa de servicio activo y destinados en un Juzgado de Instrucción o en un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción hasta un número de 40 plazas.

3. Solicitudes: Quienes aspiren a participar en la acción formativa que se convoca deben solicitarlo al Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, calle Juan del Rosal, número 2 (Ciudad Universitaria), 28040 Madrid, utilizando el formulario que figura en el anexo I.

4. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Director del Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, se presentarán dentro del plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Se recomienda la utilización del Fax, enviándolas al número 915431870 o a la dirección de correo electrónico infogral.cejajUcejaj.mju.es

5. Selección: En orden a la selección de asistentes, si el número de solicitudes excede del de plazas convocadas, se aplicarán los siguientes criterios entre quienes cumplan el requisito del apartado 2:

a) Número de cursos o jornadas de formación del Plan de Actividades Estatal en las que se ha participado entre 1997 y 2002, ambos inclusive, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de actividades formativas.

b) Puesto escalafonal, reservándose el 50 por 100 de las plazas para aquellos Secretarios Judiciales que tengan mayor antigüedad en el escalafón y el 50 por 100 para los de reciente ingreso (últimas promociones del escalafón).

Realizado el proceso de selección de solicitudes para asistir a la acción formativa objeto de la presente convocatoria, el CEJAJ remitirá a los seleccionados, con una antelación de quince días a la fecha del inicio del curso, información detallada sobre la actividad formativa y las cuestiones relativas a viajes y estancia para la asistencia al curso concreto.

Las posibles sustituciones para cubrir las vacantes que se produzcan por renuncias de los seleccionados, serán comunicadas en un plazo que oscila entre cinco y seis días anteriores a la fecha de inicio del curso.

6. Licencias por estudios y Comisiones de servicio: El Secretario Judicial seleccionado comunicará al titular del órgano en el que preste servicios la concesión de la licencia o comisión de servicios, que gestionará el CEJAJ, y cuidará de que sus funciones, durante el período de duración de las jornadas, queden debidamente atendidas.

Corresponde al CEJAJ liquidar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención según las cuantías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio («Boletín Oficial del Estado» del 30).

7. Renuncias: A fin de garantizar que se cubran todas las plazas convocadas, en la selección se incluirán un 25 por 100 más respecto al total de las previstas, con carácter de suplencia, para subsanar la imposibilidad de asistencia de alguno o algunos de los inicialmente admitidos. Por este motivo, es importante destacar la necesidad de que se comunique al Centro de Estudios, por escrito y con suficiente antelación, tanto la imposibilidad de asistencia de los seleccionados, como las causas justificativas de ello, para facilitar la ocupación de las plazas vacantes por uno o varios de los suplentes.

8. Certificado: El Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, en colaboración con el Coordinador del Curso, efectuará un control de asistencia individualizada a las distintas ponencias que se desarrollen, en orden a la expedición de Certificado, que conforme al artículo 9 del Reglamento, corresponde emitir a este Centro, el cual no se otorgará, si el índice de asistencia en su conjunto, respecto de cada participante, es inferior al 75 por 100 de las actividades y ponencias impartidas.

Madrid, 10 de julio de 2003.‒El Director general, José Luis González Montes.

ANEXO

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