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Documento BOE-A-2003-15433

Orden APU/2194/2003, de 25 de julio, por la que se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación de los puestos de trabajo vacantes en el Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2003, páginas 29898 a 29899 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-15433

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley

23/1988, de 28 de julio, de Medidas para la Reforma de la Función

Pública,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el

procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se

relacionan en la presente Orden, que figuran en la relación de

puestos de trabajo del Departamento, con arreglo a las siguientes

bases:

Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que

figura como Anexo II y se dirigirán, en el plazo de quince días

hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la

presente Orden en el Boletín Oficial del Estado, a la Subsecretaría

(Registro General), calle Alcalá Galiano, núm. 10, 28010 Madrid.

En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos o

más puestos de trabajo de los anunciados en el Anexo I, deberá

formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando

el orden de preferencia en que los mismos se soliciten.

Además de los datos personales y número de Registro de

Personal los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su

currí

culum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio,

puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios

y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner

de manifiesto, y harán constar detalladamente las características

del puesto que vinieran desempeñando.

Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar,

si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio y Organismo

distinto del convocante, certificado extendido por la Unidad de

Personal donde se encuentren destinados, especificando el grado

personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del

puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios

efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su

publicación, ante el mismo Órgano que lo ha dictado, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los

Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa).

Madrid, 25 de julio de 2003.-P. D. (Orden de 27 de diciembre

de 2002), el Subsecretario, Marino Díaz Guerra.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 29898 a 29899)

ANEXO I

AdscripciónNúmero

de

orden

Denominacióndelpuesto Dot. Nivel C.específico Localidad

AD GR

Méritos

Secretaría de Estado de Organización

Territorial del Estado

DIRECCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PERIFÉRICA

DEL ESTADO

Unidad de Apoyo

1 Vocal Asesor .................................. 1 30 16.545,60 Madrid. AE A

Delegación del Gobierno en Asturias

Área Funcional de Industria y Energía

2 Director del Área .............................. 1 29 10.566,96 Oviedo. AE A Ingeniero Industrial o de

Minas.

Experiencia en tramitación y

comprobación de

inversiones en Programas

Nacionales y Subvenciones.

Delegación del Gobierno en Illes Balears

DIRECCIÓN INSULAR DEL GOBIERNO EN MENORCA

Dirección Insular

3 Director Insular ............................... 1 26 9.850,92 Mahón. A4 A/B

A4: Adscripción a funcionarios de carrera del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, según lo establecido en los

artículos 29.1 y 30 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, para los Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares, respectivamente.

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