Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-14993

Orden CTE/2114/2003, de 23 de julio, por la que se resuelve el concurso público para la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de una concesión para la prestación de los servicios públicos de difusión por cable en la demarcación territorial de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2003, páginas 28945 a 28946 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-14993

TEXTO ORIGINAL

La Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable, estableció el régimen jurídico del servicio público de las telecomunicaciones por cable, entendiendo el mismo como un servicio integral que abarcaba tanto la instalación y explotación de redes y la provisión de servicios de telecomunicaciones como la prestación de servicios audiovisuales.

La liberalización del sector de las telecomunicaciones, cuyo principal hito fue la aprobación de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones y sus normas reglamentarias, transformó sustancialmente la configuración del servicio de telecomunicaciones por cable y su régimen jurídico.

Así, la instalación y explotación de redes y la provisión de servicios de telecomunicaciones, entre ellos los de cable, han quedado liberalizados, quedando regulados por la citada Ley General de Telecomunicaciones.

No obstante, los servicios de difusión por cable siguen siendo prestados en régimen de competencia restringida, no habiendo sufrido cambios su regulación, esto es, continúa siéndoles de aplicación la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable. En concreto, la disposición derogatoria única de la Ley General de Telecomunicaciones consagra la derogación de la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable, a excepción de lo dispuesto para el régimen del servicio de difusión de televisión.

El artículo 3 de la citada Ley 42/1995 establece que el servicio de telecomunicaciones por cable se prestará por los operadores de cable en régimen de gestión indirecta, mediante concesión administrativa que será otorgada por el Ministerio de Fomento, previa la convocatoria del oportuno concurso público.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, ha asumido las competencias como Departamento responsable de la política científica y tecnológica, de las telecomunicaciones y el impulso de la sociedad de la información.

La Orden CTE/197/2003, de 4 de Febrero de 2003, ha aprobado el pliego de bases administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas y ha convocado el concurso público para la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de una concesión para la prestación de los servicios públicos de difusión por cable en la demarcación territorial de Castilla-La Mancha (B.O.E n.33, de 7 de febrero de 2003).

La Mesa de Contratación, constituida de conformidad con lo dispuesto en el pliego de bases administrativas particulares, ha examinado la proposición presentada por el único licitador presentado y admitido al concurso «Cableuropa, S.A.U.», así como ha analizado el oportuno informe técnico de valoración, elevando, una vez concluido el trabajo de evaluación, la correspondiente propuesta de resolución del citado concurso.

En aplicación de las previsiones de la base 15 del pliego de bases administrativas particulares, y de conformidad con dicha propuesta de la Mesa de Contratación, resuelvo:

Primero.

Adjudicar la concesión para la prestación de los servicios públicos de difusión por cable en la demarcación territorial de Castilla-La Mancha, convocada a concurso por la Orden CTE/197/2003, de 4 de Febrero de 2003, a la sociedad «Cableuropa, S.A.U.».

Segundo.

De conformidad con lo señalado en la base 15 del pliego de bases administrativas particulares, la presente Orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá recurso contencioso-administrativo, si bien, con carácter previo y potestativo, también cabe recurso administrativo de reposición.

Tercero.

Esta Orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de julio de 2003.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid