Vista la solicitud de homologación de un contrato-tipo de compraventa de higos secos con destino a la fabricación de pasta de higos, formulada por la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Higo Seco y Derivados O.I.A.H., acogiéndose a la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos-tipo de productos agroalimentarios, y al Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación y a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se considera ajustado a la normativa citada el mencionado contrato-tipo.
En su virtud, dispongo:
Se homologa, según el régimen establecido por la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos-tipo de productos agroalimentarios, y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de compraventa de higos secos con destino a la fabricación de pasta de higos, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
El período de vigencia de la homologación del contrato-tipo será el de un año a partir de la publicación de la presente Orden.
Madrid, 15 de julio de 2003.
ARIAS CAÑETE
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