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Documento BOE-A-2003-1481

Decreto 166/2002, de 19 de noviembre, por el que se constituye en entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca).

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2003, páginas 3117 a 3118 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2003-1481

TEXTO ORIGINAL

Los vecinos del núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca), en una proporción superior a los dos tercios, inician expediente de constitución del núcleo en entidad de ámbito territorial inferior al municipio, alegando la necesidad de llevar a cabo una gestión descentralizada de los intereses que le son propios y justificando la concurrencia de recursos suficientes para ello.

La legislación básica del Estado y el bloque de la constitucionalidad otorgan competencias a la Comunidad Autónoma para instruir o crear entidades de ámbito territorial inferior al municipio, reconociendo el derecho a una parte de los vecinos, como es el vecindario de Castillejo del Romeral, a estar dotados de una organización y personalidad jurídica propias.

La Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, en su artículo 30 establece la regla de que, para la delimitación del territorio de las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, cuando se trate de un antiguo municipio, su ámbito territorial vendrá determinado por el que aquél tuviese.

El núcleo de Castillejo del Romeral fue municipio independiente hasta diciembre de 1972, en que se fusionó con Huete, por insuficiencia de recursos económicos.

El Ayuntamiento de Huete, en su informe institucional, favorable a la constitución de la entidad, considera viable la misma, a cuyo objeto le cede el 85 por 100 de los impuestos que se devenguen en su ámbito territorial.

Se ha tramitado el expediente, en el que consta la separación patrimonial, así como la delimitación territorial, coincidente con el término municipal del antiguo municipio de Castillejo del Romeral.

Consta la petición de informes de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y excelentísima Diputación Provincial de Cuenca, habiéndose emitido en sentido favorable por esta última.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, en concordancia con los artículos 45 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 42 y 43 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 19 de noviembre de 2002, dispongo:

Artículo 1.

Se constituye en entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca).

Artículo 2.

El ámbito territorial de la entidad de Castillejo del Romeral será el término municipal del antiguo municipio de la misma denominación.

Artículo 3.

Se aprueba la separación patrimonial reseñada en el expediente, quedando integrado el patrimonio de la entidad de Castillejo del Romeral por los bienes que se señalan en el anexo.

Artículo 4.

La participación en los impuestos del Ayuntamiento de Huete se establece en el 85 por 100 de los que se devenguen en el ámbito territorial de la entidad, a propuesta del propio Ayuntamiento.

Artículo 5.

La proporción en que debe contribuir la entidad al pago de las cargas generales del Ayuntamiento se establece en el 4,35 por 100.

Artículo 6.

Se faculta a la Consejera de Administraciones Públicas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2003.

Toledo, 19 de noviembre de 2002.‒El Presidente, José Bono Martínez.‒La Consejera de Administraciones Públicas, María del Carmen Valmorisco Martín.

ANEXO
Relación de bienes del municipio de Huete que integran el patrimonio de Castillejo del Romeral

Fincas rústicas

Polígono Parcela Paraje

Superficie

Hectáreas

Valor catastral

Euros

19 13 Valdiviejo (monte público). 169,5554 5.068,93
501 39 Fuente los Pájaros. 7,3800 10,89
501 51 El Boteoso. 0,2160 0,00
501 54 El Boteoso. 0,9880 29,47
501 59 Valdealgón. 0,6924 20,61
502 15 El Pernagal. 2,3600 0,00
502 35 Valdecortés. 8,8539 47,58
504 60 La Fuente el Azugo. 3,8380 0,00
504 82 Cerro Marcu. 1,6160 0,00
504 90 El Esparragal. 0,6780 0,00
504 94 El Esparragal. 1,1341 31,35
504 102 La Fuente el Azugo. 3,9260 117,31
506 84 Los Carcamales. 18,7857 0,00
507 71 Vallejo la Fuente. 0,5440 16,17
507 76 El Haza Heredero. 1,0352 30,38
507 97 Vallejo el Niño. 1,7040 51,97
507 102 Vallejo el Niño. 0,5440 15,50
507 109 La Fuente la Saya. 1,0433 31,11
507 111 Fuente Higuera. 0,4460 13,28
507 121 Fuente Higuera. 3,8520 86,86
507 123 Fuente Higuera. 1,5640 0,00
508 26 Los Pilarejos. 1,8840 56,27
508 32 Los Pilarejos. 1,4800 44,17
508 45 Llano del Medio. 1,0420 31,02
508 55 Vallejo la Orilla. 2,1840 65,20
508 57 Vallejo la Orilla. 0,7200 21,45
508 62 Llano del Medio. 0,3280 9,75
508 65 Llano del Medio. 0,3000 14,92
508 83 Carrasca Gorda. 0,1536 4,51
509 10 Las Pedreras. 0,1512 33,85
509 118 Los Tomillares. 63,3517 79,44
509 124 Los Tomillares. 0,7840 0,00
509 128 La Farola. 0,4390 11,71
509 1.005 La Farola. 0,2767 7,38
509 5.010 El Castillo. 1,1737 729,64
509 5.028 El Castillo. 0,0958 60,15
509 5.037 El Castillo. 0,5292 332,74
509 5.038 El Castillo. 0,0507 31,81
509 5.039 El Castillo. 0,0083 5,15
509 5.040 El Castillo. 0,0485 30,46
509 5.041 El Castillo. 0,1568 98,55
509 5.042 El Castillo. 0,0337 21,23
509 5.043 El Castillo. 0,1631 102,52
510 52 Cerro el Medio. 0,7480 20,03
510 57 Cerro el Medio. 3,3091 88,76
510 60 Cerro el Medio. 5,6410 162,34
510 92 El Vadillo. 1,3840 39,69
510 94 Cerro Mingo. 0,1880 44,18
510 104 El Montecillo. 0,2208 5,86
510 105 El Montecillo. 0,0608 1,70
510 118 El Montecillo. 0,7740 23,07
510 121 El Montecillo. 0,2800 8,04
510 123 El Montecillo. 0,2200 6,50
510 130 El Montecillo. 0,4380 13,03
510 132 El Montecillo. 0,2520 7,47
510 135 El Montecillo. 2,6440 70,86
511 123 El Caparralejo. 1,0120 30,20
512 2 La Serrezuela. 0,4720 12,61
512 71 El Cementerio. 1,5840 47,21
512 99 El Cementerio. 0,1860 5,48
512 127 La Calera. 0,2700 8,01
512 133 La Calera. 1,2480 37,21
512 145 La Serrezuela. 8,1840 42,07
512 167 La Serrezuela. 0,2520 33,92
512 169 La Serrezuela. 6,8720 0,00
512 190 Hoya del Cura. 8,4380 23,64
512 191 Valdecachorro. 0,7560 10,64
512 199 Valdecachorro. 2,1085 0,00
514 37 Cerro el Esparto. 8,3020 35,92
514 85 Valdesancha. 1,9440 0,00

Fincas urbanas

Ref. catastral Situación

Valor catastral

Euros

2942226 Calle Egido, 3. 4.112,32
2942227 Calle Egido, 5. 1.351,24
2943504 Plaza Ruiz Jarabo, 3. 9.466,32
2944620 Calle Agua, 24. 18,85

(Publicada en el «DOCM» número 145, de 22 de noviembre de 2002)

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