El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2002), dispone que podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas asociaciones cuyos fines estatutarios tiendan a promover el interés general, y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza, siempre que reúnan los demás requisitos contemplados en el apartado primero del mencionado artículo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Orgánica y en el artículo 2 del Real Decreto 1786/1996, de 19 de julio, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la Asociación, y, en todo caso, del Ministerio de Hacienda.
En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, dispongo:
Se declaran de utilidad pública las siguientes Asociaciones:
Núm. Nal. | Asociación | Municipio |
---|---|---|
58468 | Asociación Pro Minusválidos de Ortegal Aspromor. | Ortigueira. |
99493 | Asociación por la Paz y el Desarrollo. | Córdoba. |
103443 | Medicus Mundi Castilla-La Mancha. | Albacete. |
164734 | Geólogos del Mundo World Geologist. | Madrid. |
513129 | Asociación de Familiares y Amigos de Ayuda a los Enfermos Psíquicos Alba. | Pontevedra. |
526067 | Asociación Parkinson, Burgos. | Burgos. |
531144 | Asociación de Parálisis Cerebral y patologías Afines de Avila. | Ávila. |
Se declaran de utilidad pública a las siguientes Federaciones o Asociaciones, a las que se refiere el expediente instruido, por lo que las entidades que la integran sólo podrán obtener dicha declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:
Núm. Nal. | Federación | Municipio |
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1621 | Confederación Autismo España. | Pozuelo de Alarcón. |
50263 | Federación Castellano Leonesa de Asociaciones de Atención a Personas Afectadas de Parálisis Cerebral y de Discapacidades Afines Federación Aspace Castellano Leonesa. | Valladolid. |
50596 | Federación de Asociaciones Culturales Cristianas de Andalucía (FACCA). | Linares. |
Madrid, 28 de mayo de 2003.–P.D. (O. INT/2992/2002, de 21 de noviembre, BOE 285, de 28-11-2002). la Subsecretaría, María Dolores de Cospedal García.
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