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Documento BOE-A-2003-14141

Orden APA/1973/2003, de 1 de julio, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2003 a efectos del plazo de la resolución del concurso general 1/03, convocado por Orden APA/1598/2003, de 29 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2003, páginas 27589 a 27589 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-14141

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 29 de mayo de 2003, publicada en el BOE del

día 17 de junio, por la que se convoca concurso general 1/03,

para la provisión de puestos de trabajo de funcionarios de los

grupos A, B, C y D, establece en su base octava que el plazo

de su resolución será de dos meses contados desde el día siguiente

al de la finalización del plazo de presentación de instancias, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el mes de agosto

para el cumplimiento del referido plazo,

Este Ministerio resuelve declarar inhábil el mes de agosto, a

efectos de la resolución del mencionado concurso.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este

órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose que en este caso no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley

4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 1 de julio de 2003.-El Ministro, P.D. (O. 31-03-2003;

B.O.E. 03-04-2003), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco

Manchado.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Recursos Humanos y Gestión

de Personal. Departamento.

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