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Documento BOE-A-2003-13734

Orden de 17 de junio de 2003, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se anula el reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas a la Fundación denominada "Social para el Progreso de Andalucía", de la localidad de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2003, páginas 26780 a 26780 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2003-13734

TEXTO ORIGINAL

Vista la Orden de 19 de mayo de 2003, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso 2000/1997, interpuesto por la Fundación para el Progreso de Andalucía.

Antecedentes de hecho

Primero.

La Fundación Social para el Progreso de Andalucía fue constituida en escrituras públicas de fecha 4 de junio de 1996, ante D. Antonio Ojeda Escobar, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 1.723, corregidas por el mismo Notario con fechas 11 de noviembre de 1996, número de protocolo 3.735, y 18 de marzo de 1997, número de protocolo 1.282.

Segundo.

La Fundación Social para el Progreso de Andalucía fue reconocida e inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas por Orden de 16 de junio de 1997, de la Consejería de Educación y Ciencia.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Por sentencia dictada el 14 de marzo de 2001 por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Tercera, se declara nula, por ser contraria a Derecho, la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 16 de junio de 1997.

Segundo.

Por Orden de 19 de mayo de 2003, de la Consejería de Educación y Ciencia, se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso n.° 2000/1997, interpuesto por la Fundación para el Progreso de Andalucía.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, resuelve: Anular el reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas de la Consejería de Educación y Ciencia de la Fundación denominada Fundación Social para el Progreso de Andalucía, con domicilio en Sevilla, Avda. Blas Infante, n.° 4, planta 1.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 17 de junio de 2003.–La Consejera, Cándida Martínez López.

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