La disposición adicional novena de la Ley 16/2001, de 21 de
noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de
consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de las
Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de
Salud del Sistema Nacional de Salud, fija como plazo límite para
la realización de los procesos que se deriven de la misma, el de
dieciocho meses a partir de la publicación de la correspondiente
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Por otra parte, al amparo de su disposición adicional undécima,
que habilita al Instituto Social de la Marina para celebrar procesos
de consolidación en su ámbito, se convocaron por Órdenes de 11
de diciembre de 2001 procesos de selección y provisión de plazas
de diversas categorías.
Mediante el artículo 57 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se añadió
un segundo párrafo a la mencionada disposición adicional novena
de la Ley 16/2001, estableciendo que, cuando las necesidades
para el desarrollo y la ejecución de las convocatorias así lo
determinasen, mediante resolución motivada del órgano convocante,
podría ampliarse el plazo, anteriormente indicado, por el tiempo
que fuese necesario, que en ningún caso podrá superar la fecha
de 31 de diciembre de 2003.
La Ley 16/2001, a través de lo establecido en su Disposición
Adicional Undécima, ha sido de aplicación al Instituto Social de
la Marina, en cumplimiento de la cual se convocaron, por Órdenes
Ministeriales de 11 de diciembre de 2001, plazas de personal
estatutario de diversas categorías en ese Instituto.
Dicho proceso de consolidación de empleo, por sus propias
características de excepcionalidad y singularidad, supone la
gestión de una magnitudes, en los referido a número de participantes,
actos administrativos derivados de las pruebas selectivas, no
habituales en los procesos selectivos de las Administraciones Públicas,
lo que ha generado una gran complejidad de la logística de los
mismos que motiva la necesidad de ampliar el plazo inicialmente
previsto para la realización de los procesos.
En su virtud, este Ministerio resuelve:
Artículo único. Ampliación del plazo de desarrollo de los procesos
establecidos en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre.
Se amplía, hasta el 31 de diciembre de 2003, el plazo previsto
en el párrafo primero de la disposición adicional novena de la
Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un
proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de
personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad
Social, por lo que se refiere a las plazas del Instituto Social de
la Marina. Esta ampliación será aplicable a todas las convocatorias
en vigor.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 16 de junio de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden de
4-12-2001, B.O.E. del 10), el Subsecretario, José Marí Olano.
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