Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988,
de 28 de julio, este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por
el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo
que se relacionan en el anexo I de la presente Orden, con arreglo
a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser
solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos
establecidos para el desempeño de los mismos.
Estos podrán solicitar por orden de preferencia los puestos
que se incluyen en el Anexo I.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes y las
alegaciones de los méritos que se consideren oportunos al Ilmo. Sr.
Subsecretario de Economía (Subdirección General de Recursos
Humanos y Organización), Paseo de la Castellana, 135, planta
4, 28071 Madrid, en el anexo II que se adjunta, o a través de
medios telemáticos mediante la cumplimentación de los modelos
normalizados y preimpresos que aparecen en la siguiente dirección
de Internet: www.mineco.es, siguiendo los trámites concretos de
gestión administrativa y los criterios específicos de utilización de
técnicas telemáticas contenidos en el anexo III de esta
convocatoria, de acuerdo con la Orden ECO/97/2003, de 22 de enero
(BOE del 30), por la que se establecen los criterios generales de
tramitación telemática de solicitudes de participación en
procedimientos de provisión de puestos de trabajo.
Tercera.-Además de los datos personales y número de Registro
de Personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su curriculum
vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio,
puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas,
estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno
poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las
características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del
mismo.
Cuarta.-El plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación
de esta Orden. El Anexo II, en el caso que se optara por esta
modalidad, se presentará en los Registros y oficinas previstos en
el artículo 38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, desarrollado por el Real Decreto
772/1999, de 7 de mayo, Boletín Oficial del Estado del 22 de
mayo. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las
solicitudes recibidas dentro de las veinticuatro horas a partir de su
presentación.
Quinta.-Los nombramientos derivados de la presente
convocatoria, cuya resolución se publicará en el Boletín Oficial del
Estado, deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes contado
desde la finalización del de presentación de solicitudes; dicho plazo
podrá prorrogarse hasta un mes más.
El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo
será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o
el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación
administrativa que en cada caso corresponda.
Sexta.-Los funcionarios públicos en servicio activo deberán
adjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio y
Organismo distinto del convocante, certificado extendido por la
Unidad de personal donde se encuentre destinado, especificando
el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel
del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo
de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Séptima.-Contra la presente orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al
de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
Madrid, 27 de junio de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden de
3 de agosto de 2000; B.O.E. del 11), el Subsecretario, Miguel
Crespo Rodríguez.
Ilmo. Sr. Secretario General Técnico.
ANEXO I
Plaza: 1. Denominación del puesto: Secretaria de Estado de
Economía. D.G. Política Económica. S.G. Anl. Sect. y S.T. Com.
Dl. G. AA.EE. J. Equipo Inspección Ayudas Econ. N.ode ptos.:
1. Nivel C.D.: 29. Comp. específico anual: 16.545,60. Localidad:
Madrid. Grupo: A. Méritos a valorar: Formación en Economía,
especialmente en microeconomía y análisis económico.
Conocimiento y experiencia en el análisis económico de los sectores
energéticos e industriales y de su regulación. Experiencia en la
elaboración de informes para la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos. Capacidad para al trabajo en equipo
y la coordinación de tareas. Idiomas, inglés y francés.
Plaza: 2. Denominación del puesto: Secretaría de Estado de
Economía. D. G. Política Económica. S. G. Anl. Sect. y S. T.
Com. Dl. G.AA.EE.-Subdirector General Adjunto. N.o de ptos.:
1. Nivel C.D.: 29. Comp. específico anual: 13.257,12. Localidad:
Madrid. Grupo: A. Méritos a valorar: Formación económica
especialmente en el ámbito de análisis de sectores, economía industrial
y regulación. Conocimiento del sector de las telecomunicaciones
así como de su legislación. Experiencia en la elaboración de
informes de análisis y valoración de política económica. Experiencia
en la elaboración de informes para la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos. Conocimientos de derecho
administrativo y experiencia en la instrucción de expedientes
administrativos. Dominio de inglés, valorándose el conocimiento de
otras lenguas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid