En la cuestión de ilegalidad n.º 9/02, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 11 de junio de 2003, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA
«Madrid, a once de junio de dos mil tres.
Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-Sevilla, respecto del contenido del artículo 7.22 del Real Decreto 884/89, de 14 de julio.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el «Boletín Oficial del Estado» en cumplimiento de lo que dispone el art. 124.2 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las presentes actuaciones a la Sección Séptima conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente; Certifico.»
Presidente: Excmo. Sr. D. Ángel Rodríguez García; Magistrados: Excmo. Sr. D. Pascual Sala Sánchez, y Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres.
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