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Documento BOE-A-2003-11746

Orden ECD/1538/2003, de 26 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2003, páginas 22630 a 22637 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-11746

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en Real Decreto 215/2003

de 21 de Febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la Oferta

de Empleo Público para el año 2003 y con el fin de atender las

necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

Facultativo de Conservadores de Museos con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas del

Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305,

por el sistema general de acceso libre.

1.2 Se convocan igualmente pruebas selectivas para cubrir

2 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos,

Código 0305, por el sistema de promoción interna, de las

comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 215/2003. En el caso

de que estas plazas quedaran vacantes no podrán acumularse a

las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en

el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín

Oficial del Estado de 15 de abril).

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos

convocatorias.

1.4 Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como

destino y que impliquen la participación directa o indirecta en

el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por

objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado,

quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.5 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que

se especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso

selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en

prácticas por la autoridad convocante

1.6 Para los aspirantes que se presenten por el turno de

promoción interna se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso

selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en

prácticas por la autoridad convocante.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.8 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición

se iniciará antes del 20 de septiembre de 2003. La duración

máxima de la fase de oposición no excederá del 31 de diciembre

de 2003.

1.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o

equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su

homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir:

2.1.6 Pertenencia a Grupo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos

en el ámbito de aplicación del art. 1.1 de la Ley 30/1984, de 2

de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación,

adscritos al grupo B. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas

Postales y de Telecomunicación deberán estar además destinados

en la Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos

años en Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito

de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos

al grupo B.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, en Cuerpo o Escalas del grupo B, incluidos en el

ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán

computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado

anterior.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la

forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio del

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de

la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte., en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,

en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

3.6 Los aspirantes por el sistema de promoción interna y al

objeto de valorarles la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, deberán acompañar a su solicitud certificación según

modelo que figura como anexo V, expedida por los servicios de

personal del Departamento en el que el funcionario haya prestado

o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el Cuerpo

o escala a que pertenezca, así como cuanta documentación estime

oportuna para la mejor valoración de los méritos señalados en

el anexo I de esta convocatoria.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Ministro dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que

deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán

los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,

apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad

o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados

a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo,

se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público

la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo

del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Museo Arqueológico Nacional, c/

Serrano, 13 ; Teléfono: 915758999; correo electrónico: fjvUman.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública de 10 de Marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 14

de Marzo).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de

concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración

del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación

con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases

de oposición y de concurso, con indicación del número del

documento de identidad.

7.3 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y el concurso-oposición, en el caso

de los participantes por el turno de promoción interna, el Tribunal

elevará a la autoridad convocante relaciones independientes de

aspirantes que los hayan superado, por orden de puntuación.

Dichas relaciones se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso.

7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará de

acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de

destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.

No será de aplicación a los aspirantes por el turno de promoción

interna lo dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/95,

de 10 de marzo.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora

Ministra de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes

desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 26 de mayo de 2003.-P. D (Orden de 1 de febrero

de 2001, BOE del 9 de febrero), la Directora general de

Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.

Ilmos. Sres.: Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, y Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

1. Descripción del proceso selectivo

La fase de oposición para ambos sistemas de acceso constará

de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Constará de dos partes: en la primera parte

los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema a escoger

entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con el programa

de materias comunes, apartado Legislación.

En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por

escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal

relacionados con el programa de materias comunes, apartado

Museología.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de cuatro horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los

conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas,

su aportación personal y la facilidad de expresión.

Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo

de cinco puntos en cada uno de ellas.

Para todos los aspirantes del turno de promoción interna y

respecto al primer tema (legislación), los dos temas propuestos

por el Tribunal de los que solo desarrollarán uno a su elección,

estarán relacionados con los temas 1.23 y 1.33 ambos inclusive,

pudiendo coincidir o no con los temas propuestos para los

aspirantes del turno libre.

Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes

a plazas por el turno de promoción interna, pertenecientes al

Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (sección

Museos). Para estos aspirantes el tiempo de realización del

ejercicio será de dos horas y se calificará de cero a veinte puntos,

siendo eliminados aquellos opositores que no obtengan como

mínimo diez puntos.

Los aspirantes del turno libre que sean calificados con 15

puntos o más o los aspirantes del turno de promoción interna que

sean calificados con 12 puntos o más, estarán exentos de realizar

este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer

ejercicio tenga similar contenido y características.

Segundo ejercicio: Para el sistema general de acceso libre

consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,

durante cuarenta y cinco minutos, de tres temas elegidos del

siguiente modo:

Expondrá un primer tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Bellas Artes.

Expondrá un segundo tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Arqueología y Artes Decorativas.

Expondrá un tercer tema de entre los dos escogidos al azar

por el aspirante del grupo de Antropología, Patrimonio Científico

y Técnico y Patrimonio Histórico Militar.

Para la preparación de este ejercicio, el aspirante dispondrá

de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de

consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición

podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante

el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor

cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de

diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimiento de los aspirantes, así

como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a

diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener

como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 5

puntos. La puntuación máxima será de 30 puntos.

Para los aspirantes por el turno de promoción interna,

consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,

durante 30 minutos, de dos temas a elegir entre cinco extraídos

al azar por el aspirante ante el Tribunal, correspondientes al grupo

de Temas Específicos.

Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá

de quince minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de

consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición

podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante

el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición el Tribunal podrá plantear al opositor

cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de

diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes así

como el orden de la exposición y claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas, se puntuará de 0 a 15

puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un

mínimo en cada uno de ellos de 7,5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba dividida en dos

partes, sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre

los oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión

Europea.

En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa

de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal,

para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de

esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano

de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido,

para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta

segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública

convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en

el idioma escogido a las preguntas del Tribunal que versarán sobre

las traducciones anteriores.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo

eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Si el aspirante obtiene una puntuación de 8 o más puntos,

quedará exento para realizar este ejercicio en la siguiente

convocatoria, siempre y cuando tenga las mismas características y

contenidos.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto

práctico, durante un período máximo de cuatro horas, relacionado

con el programa que figura como Anexo II a esta convocatoria.

Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que

consideren necesarios, bien aportados por los candidatos o bien

los existentes en el Centro donde se celebre el ejercicio.

En caso de que existan pruebas de catalogación de piezas,

el Tribunal podrá decidir que dicha catalogación se realice sin

consultar el material antes mencionado.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, quién

podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con

el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10

puntos.

2. Calificación de la fase de oposición

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo

ejercicio, en el cuarto, o en el primero, por este orden.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional Correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

3. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo

se aplicará a quienes participando por el turno de promoción

interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un

máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha

de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del

Estado.

3.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

3.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día

publicación de esta convocatoria en el B.O.E., se otorgará la siguiente

puntuación:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un

máximo de 4 puntos.

3.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos

Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0.50 puntos hasta

un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos

3.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán como Conservadores

de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el

Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que

se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

4. Curso selectivo

4.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría

de Estado de Cultura, será organizado por la Subdirección General

de Museos Estatales.

4.2 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por

los aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos

en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

4.3 La duración del curso selectivo será de seis meses, en

régimen de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo

máximo de dos meses desde que finalice el plazo de presentación

de documentos. Una parte del mismo se realizará en régimen de

estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y

Bienes Culturales o Museos Estatales, como período de prácticas.

4.4 El Curso se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.

4.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

4.6 Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados

los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55

por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos de

la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente

siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la

obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

4.7 Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa

de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

5. Calificación final

Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la

calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en fase de oposición.

ANEXO II

Programa

A. TEMAS COMUNES

1. Legislación

1.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura.

Principios Constitucionales y Valores Superiores.

1.2 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su

protección y garantía.

1.3 La Corona.

1.4 Las Cortes Generales. Democracia directa y

representativa.

1.5 El Gobierno: formación, composición, funciones y

responsabilidad.

1.6 Principios constitucionales informadores de la actuación

de la Administración Pública.

1.7 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional.

El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

1.8 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la

Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

1.9 La organización territorial del Estado: Comunidades

Autónomas y Corporaciones Locales.

1.10 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento

Administrativo Común. Los derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992.

1.11 El procedimiento administrativo común: concepto,

naturaleza, caracteres y fases.

1.12 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y

privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

1.13 La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado. La Ley del Gobierno.

1.14 Los Contratos Administrativos. Principios

fundamentales. Tipos de Contratos. Normativa reguladora.

1.15 Las propiedades administrativas. Dominio público:

concepto y régimen jurídico. Bienes Patrimoniales. Patrimonio Nacional.

1.16 Los Presupuestos del Estado. Características,

estructura. El Presupuesto como instrumentos de planificación.

1.17 Procedimiento de elaboración de los presupuestos.

Principales capítulos presupuestarios. Procedimiento de ejecución del

presupuesto: fases.

1.18 El personal al servicio de la Administración Pública. El

personal de los museos.

1.19 Planificación de Recursos Humanos. Selección del

personal al servicio de la Administración Pública.

1.20 Derechos y deberes de los funcionarios públicos.

Responsabilidad de los funcionarios.

1.21 Teoría general del Contrato: conceptos elementales,

nulidad, anulabilidad, rescisión. Clasificación de los contratos.

Principales tipos: el préstamo, el depósito, el comodato. Los

seguros: teoría general.

1.22 Figura teórica del Derecho Real. Tipos de derechos

reales. La posesión, la usucapión, la propiedad. El derechos de

propiedad intelectual.

1.23 La legislación española sobre patrimonio histórico

español: antecedentes. La Constitución y el reparto competencial en

materia de patrimonio histórico. La legislación estatal y

autonómica actual.

1.24 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.

Su régimen jurídico.

1.25 Regímenes especiales de protección.

1.26 Métodos operativos de protección del Patrimonio

histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del

patrimonio.

1.27 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado

geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional ;

importación y exportación.

1.28 Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad

de los bienes culturales.

1.29 Modos de adquisición de bienes culturales (I): Oferta

de venta directa ; derechos de tanteo y retracto; subastas en el

extranjero ; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva);

exportación ilícita ; decomiso.

1.30 Modos de adquisición de bienes culturales (II):

donaciones ; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago

de impuestos ; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales;

permuta ; premios; usucapión; recolección; producción propia;

cambio por adscripción.

1.31 Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión

Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del

patrimonio histórico suscritos por España.

1.32 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.

El reglamento de Museos.

1.33 Las medidas de fomento. El patrocinio y el mecenazgo:

concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del

Estado.

2. Museología

2.1 El concepto de museo.

2.2 Historia de los museos en España.

2.3 Tipología de museos.

2.4 La arquitectura de los museos. Pasado, presente y futuro.

2.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y

características. Bases para el proyecto arquitectónico.

2.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.

2.7 Proyecto museológico y programa museográfico. Criterios

para su elaboración.

2.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la

instalación museográfica.

2.9 Almacenamiento de bienes culturales en el museo.

Criterios y sistemas.

2.10 Manipulación, embalaje y transporte de bienes

culturales.

2.11 El museo y sus modelos de gestión.

2.12 Recursos económicos en el museo. Financiación pública

y privada. La explotación comercial de los servicios del museo.

2.13 Organización interna del museo. Los profesionales de

museos.

2.14 El Conservador de museos: evolución, situación actual

y perfil de futuro. Código deontológico.

2.15 El museo como centro de investigación.

2.16 El museo como responsable de la conservación del

patrimonio histórico.

2.17 El sistema de documentación en el museo.

2.18 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de

ingreso y tipos de movimiento.

2.19 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

2.20 Acción cultural y educativa en los museos.

2.21 Museo y Turismo rural.

2.22 El museo en la nueva sociedad de la información.

2.23 La seguridad en el museo.

2.24 La accesibilidad en el museo.

2.25 Exposiciones temporales. Definición, gestión y

organización.

2.26 La conservación en el museo. Conservación preventiva

y criterios para la restauración.

2.27 Los museos de titularidad estatal. Sistema Español de

Museos. La Junta Superior de Museos.

2.28 Museos de titularidad eclesiástica: particularidades de

su organización y funcionamiento.

2.29 Museos militares: particularidades de su organización

y funcionamiento.

2.30 Alteraciones físico químicas de los bienes culturales.

2.31 Organismos, centros y asociaciones nacionales e

internacionales en el ámbito de los museos.

2.32 El coleccionismo privado. El comercio del arte en la

actualidad: ferias y galerías.

2.33 La valoración de los bienes culturales. Criterios para

su tasación económica.

B. TEMAS ESPECÍFICOS

1. Bellas Artes

1.1 Análisis de la obra de arte. Métodos fundamentales.

1.2 Iconografía en el arte medieval.

1.3 La pintura en los Países Bajos en los siglos XV y XVI.

1.4 La pintura hispanoflamenca.

1.5 Tiziano: obra religiosa. Los retratos. Obra mitológica.

1.6 La escuela veneciana: Veronés, Tintoretto y Los Bassano.

1.7 La creación del retrato cortesano en la pintura flamenca

española.

1.8 Los pintores de El Escorial.

1.9 El Greco y el Manierismo.

1.10 La escultura del siglo XVI en España.

1.11 Rubens.

1.12 El primer naturalismo en la pintura española del

siglo XVII.

1.13 Francisco Zurbarán.

1.14 José de Ribera.

1.15 Velázquez. Etapa sevillana y primeros años en la Corte.

El primer viaje a Italia y la etapa central de su pintura.

1.16 Velázquez: Felipe IV y los programas decorativos de la

corte. El segundo viaje a Italia y el final de su carrera.

1.17 Alonso Cano.

1.18 La pintura madrileña de la segunda mitad del siglo XVII.

1.19 Murillo y la pintura andaluza de su tiempo.

1.20 La imaginería española en el siglo XVII en España: La

Escuela Castellana.

1.21 La imaginería española en el siglo XVII en España: La

Escuela Andaluza.

1.22 Goya: La pintura.

1.23 Goya: La obra gráfica.

1.24 Pintores extranjeros en la Corte Española en el

siglo XVIII.

1.25 Maestros de la pintura española del siglo XVIII.

1.26 Pintura y escultura neoclásica en España.

1.27 La pintura romántica en España.

1.28 El realismo en la pintura española del siglo XIX.

1.29 Joaquín Sorolla.

1.30 El dibujo en España.

1.31 El Modernismo.

1.32 Primeras vanguardias en Europa.

1.33 Pablo Picasso.

1.34 Dalí, Miró y los artistas españoles de la Escuela de París.

1.35 La Abstracción en el arte español.

1.36 Arte español del último tercio del siglo XX.

1.37 El diseño del siglo XX.

1.38 La Fotografía en España.

1.39 El cine en el siglo XX en España.

1.40 El Grabado tradicional hasta el siglo XIX.

1.41 La Estampa en el siglo XX. Técnicas y procedimientos.

1.42 El mestizaje en el arte de la España virreinal.

2. Arqueología y Artes Decorativas

2.1 Teoría arqueológica: Evolución de las principales corrientes.

2.2 Arqueología espacial. Arqueología de género.

2.3 Trabajo de campo en arqueología.

2.4 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro

Nacional de Investigaciones Arqueológicas Subacuáticas.

2.5 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

2.6 El Paleolítico Superior el norte peninsular.

2.7 El arte rupestre esquemático de la Península Ibérica.

2.8 El Calcolítico en el sur de la Península Ibérica.

2.9 El Mundo Campaniforme en la Península Ibérica.

2.10 La Edad de Bronce en la Submeseta Sur.

2.11 La Edad de Hierro en la Meseta.

2.12 La colonización fenicia en el extremo occidental del

Mediterráneo.

2.13 Arqueología púnica en España.

2.14 El período orientalizante. Tartesos.

2.15 La escultura ibérica.

2.16 Arquitectura monumental y doméstica ibérica. La

cerámica ibérica.

2.17 La presencia griega en la Península Ibérica.

2.18 El retrato romano.

2.19 Aspectos esenciales de la iconografía clásica.

2.20 Los vidrios romanos.

2.21 El mosaico romano en España.

2.22 Orfebrería y Bronces Visigodos.

2.23 Cultura material de Bizancio.

2.24 Motivos decorativos hispano-musulmanes.

2.25 Cerámica califal en Al-Andalus.

2.26 Arqueología hispano judía. Las Sinagogas.

2.27 La cerámica nazca.

2.28 Numismática como fuente de la historia.

2.29 Arqueología industrial.

2.30 Las colecciones arqueológicas en los museos de España.

2.31 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo y Triana.

2.32 Real Fábrica del Buén Retiro.

2.33 La platería civil en España: Tipos y sistemas de marcaje.

2.34 Alfombras españolas: técnicas, talleres y colecciones.

2.35 Tapices españoles: técnicas, talleres y colecciones.

2.36 La cerámica de Alcora y Manises.

2.37 Mobiliario español de los siglos XVI al XIX.

2.38 La rejería española. Especial referencia al Renacimiento.

2.39 La joyería española en los siglos XVI al XIX

2.40 El marfil. Técnicas y usos en la época medieval.

2.41 Los esmaltes. Técnicas y usos en la época medieval.

2.42 El arte de las piedras duras.

3. Antropología, Patrimonio Científico y Técnico, y Patrimonio

Histórico y Militar

3.1 Instrumentos científicos de la Edad Moderna.

3.2 Las expediciones científicas españolas en los siglos XVIII-XIX.

Aspectos materiales.

3.3 Innovaciones tecnológicas en la Edad Media.

3.4 Las colecciones del Patrimonio Científico y Técnico en

los Museos españoles.

3.5 Las colecciones de los museos de Ciencias Naturales en

España.

3.6 La cultura material hispano sefardí.

3.7 Las culturas prehispánicas andinas.

3.8 La cultura del Imperio Inca.

3.9 El mundo de las creencias y la cultura material en la

sociedad azteca.

3.10 El mundo de las creencias y la cultura material en la

sociedad maya.

3.11 Metodología del trabajo de campo en Antropología.

3.12 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.13 Desarrollo y situación actual en las teorías

antropológicas.

3.14 Antropología del género.

3.15 El objeto etnográfico en la teoría postmoderna.

3.16 El concepto de religiosidad popular. Promesas y

ofrendas religiosas: Exvotos.

3.17 Antropología de la pesca.

3.18 Indumentaria tradicional en España.

3.19 La evolución de la indumentaria en España en los siglos

XVI al XVIII.

3.20 Instrumentos musicales populares en España.

3.21 Mobiliario popular en España.

3.22 La arquitectura tradicional en España.

3.23 La vivienda tradicional en España.

3.24 Los ritos del ciclo vital en España.

3.25 Antropología de la agricultura y de la ganadería.

3.26 Alfarería popular.

3.27 Antropología de la fiesta. La fiesta del fuego en España.

3.28 El arte pastoril en España.

3.29 Amuletos y protectores en la joyería popular española.

3.30 La artesanía textil.

3.31 Mitología popular. Tradición e influencias.

3.32 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.33 Vidrios populares en España.

3.34 Las colecciones antropológicas en los museos españoles.

3.35 Vexilología militar: antecedentes y evolución de las

banderas en España (1700-1978).

3.36 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936:

Iconografía de las bocas de fuego.

3.37 Evolución del uniforme de infantería (I): Desde

Felipe V hasta Alfonso XII.

3.38 Evolución del uniforme de infantería (II): Desde

Alfonso XIII hasta nuestros días.

3.39 La época de entre-guerras en la aviación española. El

autogiro de La Cierva y los Grandes Vuelos.

3.40 Los arsenales y la construcción naval española en el

siglo XVIII a través de maquetas y modelos de los museos

españoles.

3.41 Armas blancas reglamentarias españolas.

3.42 Armas de fuego reglamentarias españolas.

ANEXO III

Tribunal Calificador

Tribunal titular:

Presidenta: Dña. Sofía Rodríguez Bernís. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretario: D. Israel Pastor Sainz-Pardo. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Dña. Antonia Herradón Figueroa. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

D. Javier García Fernández. Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Dña. Teresa Chapa Brunet. Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Dña. Pilar Barraca de Ramos. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretario: D. Diego Fernández Alberdi. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Dña. Angela Franco Mata. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

D. José Álvarez Lopera. Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad.

D. Juán Blánquez Pérez. Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación,

Cultura y Deporte". En el recuadro relativo a centro gestor se

hará constar "Dirección General de Programación Económica,

Personal y Servicios".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

Facultativo de Conservdores de Museos"

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L", en

el caso de sistema general de Acceso Libre, o "P", si se accede

por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Educación, Cultura y Deporte".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará "Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el

cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

"La titulación que se posea de acuerdo con lo señalado en el

apartado 2.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A, se hará constar el idioma elegido

por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase

de oposición (ver Anexo I).

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25.01

euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante

el sistema general de acceso libre, y de 12,51 euros para los

aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0104-0301-28-0302-037799, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrase exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 22637)

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