En cumplimiento de lo dispuesto en Real Decreto 215/2003
de 21 de Febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2003 y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
Facultativo de Conservadores de Museos con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas del
Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305,
por el sistema general de acceso libre.
1.2 Se convocan igualmente pruebas selectivas para cubrir
2 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos,
Código 0305, por el sistema de promoción interna, de las
comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 215/2003. En el caso
de que estas plazas quedaran vacantes no podrán acumularse a
las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín
Oficial del Estado de 15 de abril).
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos
convocatorias.
1.4 Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como
destino y que impliquen la participación directa o indirecta en
el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por
objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado,
quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.5 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de
acceso libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que
se especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso
selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante
1.6 Para los aspirantes que se presenten por el turno de
promoción interna se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso
selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.8 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición
se iniciará antes del 20 de septiembre de 2003. La duración
máxima de la fase de oposición no excederá del 31 de diciembre
de 2003.
1.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por
promoción interna deberán cumplir:
2.1.6 Pertenencia a Grupo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos
en el ámbito de aplicación del art. 1.1 de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación,
adscritos al grupo B. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas
Postales y de Telecomunicación deberán estar además destinados
en la Administración General del Estado.
2.1.7 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos
años en Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito
de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos
al grupo B.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, en Cuerpo o Escalas del grupo B, incluidos en el
ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán
computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado
anterior.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la
forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de
la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte., en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,
en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
3.6 Los aspirantes por el sistema de promoción interna y al
objeto de valorarles la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán acompañar a su solicitud certificación según
modelo que figura como anexo V, expedida por los servicios de
personal del Departamento en el que el funcionario haya prestado
o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el Cuerpo
o escala a que pertenezca, así como cuanta documentación estime
oportuna para la mejor valoración de los méritos señalados en
el anexo I de esta convocatoria.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que
deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán
los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,
apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad
o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo,
se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público
la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Museo Arqueológico Nacional, c/
Serrano, 13 ; Teléfono: 915758999; correo electrónico: fjvUman.es.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de Marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 14
de Marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de
concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación
con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases
de oposición y de concurso, con indicación del número del
documento de identidad.
7.3 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los
participantes por el turno libre, y el concurso-oposición, en el caso
de los participantes por el turno de promoción interna, el Tribunal
elevará a la autoridad convocante relaciones independientes de
aspirantes que los hayan superado, por orden de puntuación.
Dichas relaciones se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
uno de los sistemas de acceso.
7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará de
acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de
destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
No será de aplicación a los aspirantes por el turno de promoción
interna lo dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/95,
de 10 de marzo.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora
Ministra de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes
desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 26 de mayo de 2003.-P. D (Orden de 1 de febrero
de 2001, BOE del 9 de febrero), la Directora general de
Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilmos. Sres.: Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
1. Descripción del proceso selectivo
La fase de oposición para ambos sistemas de acceso constará
de los siguientes ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio: Constará de dos partes: en la primera parte
los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema a escoger
entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con el programa
de materias comunes, apartado Legislación.
En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por
escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal
relacionados con el programa de materias comunes, apartado
Museología.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de cuatro horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión
pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los
conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas,
su aportación personal y la facilidad de expresión.
Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos,
siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo
de cinco puntos en cada uno de ellas.
Para todos los aspirantes del turno de promoción interna y
respecto al primer tema (legislación), los dos temas propuestos
por el Tribunal de los que solo desarrollarán uno a su elección,
estarán relacionados con los temas 1.23 y 1.33 ambos inclusive,
pudiendo coincidir o no con los temas propuestos para los
aspirantes del turno libre.
Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes
a plazas por el turno de promoción interna, pertenecientes al
Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (sección
Museos). Para estos aspirantes el tiempo de realización del
ejercicio será de dos horas y se calificará de cero a veinte puntos,
siendo eliminados aquellos opositores que no obtengan como
mínimo diez puntos.
Los aspirantes del turno libre que sean calificados con 15
puntos o más o los aspirantes del turno de promoción interna que
sean calificados con 12 puntos o más, estarán exentos de realizar
este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer
ejercicio tenga similar contenido y características.
Segundo ejercicio: Para el sistema general de acceso libre
consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,
durante cuarenta y cinco minutos, de tres temas elegidos del
siguiente modo:
Expondrá un primer tema de entre los dos escogidos al azar
por el aspirante del grupo de Bellas Artes.
Expondrá un segundo tema de entre los dos escogidos al azar
por el aspirante del grupo de Arqueología y Artes Decorativas.
Expondrá un tercer tema de entre los dos escogidos al azar
por el aspirante del grupo de Antropología, Patrimonio Científico
y Técnico y Patrimonio Histórico Militar.
Para la preparación de este ejercicio, el aspirante dispondrá
de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de
consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición
podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante
el referido tiempo de preparación.
Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor
cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de
diez minutos.
El Tribunal valorará los conocimiento de los aspirantes, así
como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.
Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a
diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener
como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de 5
puntos. La puntuación máxima será de 30 puntos.
Para los aspirantes por el turno de promoción interna,
consistirá en la exposición oral, en sesión pública convocada al efecto,
durante 30 minutos, de dos temas a elegir entre cinco extraídos
al azar por el aspirante ante el Tribunal, correspondientes al grupo
de Temas Específicos.
Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá
de quince minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de
consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición
podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante
el referido tiempo de preparación.
Concluida la exposición el Tribunal podrá plantear al opositor
cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de
diez minutos.
El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes así
como el orden de la exposición y claridad en la expresión.
Calificación: Cada uno de los temas, se puntuará de 0 a 15
puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un
mínimo en cada uno de ellos de 7,5 puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba dividida en dos
partes, sobre el idioma extranjero escogido por el aspirante entre
los oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión
Europea.
En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa
de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal,
para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de
esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.
En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano
de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido,
para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta
segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.
Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública
convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en
el idioma escogido a las preguntas del Tribunal que versarán sobre
las traducciones anteriores.
Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
Si el aspirante obtiene una puntuación de 8 o más puntos,
quedará exento para realizar este ejercicio en la siguiente
convocatoria, siempre y cuando tenga las mismas características y
contenidos.
Cuarto ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto
práctico, durante un período máximo de cuatro horas, relacionado
con el programa que figura como Anexo II a esta convocatoria.
Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que
consideren necesarios, bien aportados por los candidatos o bien
los existentes en el Centro donde se celebre el ejercicio.
En caso de que existan pruebas de catalogación de piezas,
el Tribunal podrá decidir que dicha catalogación se realice sin
consultar el material antes mencionado.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, quién
podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con
el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.
Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo
eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10
puntos.
2. Calificación de la fase de oposición
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo
ejercicio, en el cuarto, o en el primero, por este orden.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional Correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
3. Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo
se aplicará a quienes participando por el turno de promoción
interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un
máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha
de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
3.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de
acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 1,5 puntos.
3 años: 2 puntos.
4 años: 2,5 puntos.
5 años o más: 3 puntos.
3.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día
publicación de esta convocatoria en el B.O.E., se otorgará la siguiente
puntuación:
Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un
máximo de 4 puntos.
3.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 18 inclusive: 5 puntos
Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0.50 puntos hasta
un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado
no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,
con independencia de sus efectos económicos
3.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán como Conservadores
de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el
Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que
se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como Anexo V a esta convocatoria.
4. Curso selectivo
4.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría
de Estado de Cultura, será organizado por la Subdirección General
de Museos Estatales.
4.2 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por
los aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos
en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
4.3 La duración del curso selectivo será de seis meses, en
régimen de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo
máximo de dos meses desde que finalice el plazo de presentación
de documentos. Una parte del mismo se realizará en régimen de
estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y
Bienes Culturales o Museos Estatales, como período de prácticas.
4.4 El Curso se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.
4.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán
el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
4.6 Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados
los cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55
por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos de
la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente
siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la
obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.
4.7 Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa
de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la
puntuación obtenida.
5. Calificación final
Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la
calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en fase de oposición.
ANEXO II
Programa
A. TEMAS COMUNES
1. Legislación
1.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura.
Principios Constitucionales y Valores Superiores.
1.2 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Su
protección y garantía.
1.3 La Corona.
1.4 Las Cortes Generales. Democracia directa y
representativa.
1.5 El Gobierno: formación, composición, funciones y
responsabilidad.
1.6 Principios constitucionales informadores de la actuación
de la Administración Pública.
1.7 La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional.
El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
1.8 El Poder Judicial. Regulación constitucional de la
Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.
1.9 La organización territorial del Estado: Comunidades
Autónomas y Corporaciones Locales.
1.10 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento
Administrativo Común. Los derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992.
1.11 El procedimiento administrativo común: concepto,
naturaleza, caracteres y fases.
1.12 Los actos jurídicos de la Administración: públicos y
privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.
1.13 La Ley de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado. La Ley del Gobierno.
1.14 Los Contratos Administrativos. Principios
fundamentales. Tipos de Contratos. Normativa reguladora.
1.15 Las propiedades administrativas. Dominio público:
concepto y régimen jurídico. Bienes Patrimoniales. Patrimonio Nacional.
1.16 Los Presupuestos del Estado. Características,
estructura. El Presupuesto como instrumentos de planificación.
1.17 Procedimiento de elaboración de los presupuestos.
Principales capítulos presupuestarios. Procedimiento de ejecución del
presupuesto: fases.
1.18 El personal al servicio de la Administración Pública. El
personal de los museos.
1.19 Planificación de Recursos Humanos. Selección del
personal al servicio de la Administración Pública.
1.20 Derechos y deberes de los funcionarios públicos.
Responsabilidad de los funcionarios.
1.21 Teoría general del Contrato: conceptos elementales,
nulidad, anulabilidad, rescisión. Clasificación de los contratos.
Principales tipos: el préstamo, el depósito, el comodato. Los
seguros: teoría general.
1.22 Figura teórica del Derecho Real. Tipos de derechos
reales. La posesión, la usucapión, la propiedad. El derechos de
propiedad intelectual.
1.23 La legislación española sobre patrimonio histórico
español: antecedentes. La Constitución y el reparto competencial en
materia de patrimonio histórico. La legislación estatal y
autonómica actual.
1.24 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.
Su régimen jurídico.
1.25 Regímenes especiales de protección.
1.26 Métodos operativos de protección del Patrimonio
histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del
patrimonio.
1.27 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado
geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional ;
importación y exportación.
1.28 Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad
de los bienes culturales.
1.29 Modos de adquisición de bienes culturales (I): Oferta
de venta directa ; derechos de tanteo y retracto; subastas en el
extranjero ; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva);
exportación ilícita ; decomiso.
1.30 Modos de adquisición de bienes culturales (II):
donaciones ; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago
de impuestos ; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales;
permuta ; premios; usucapión; recolección; producción propia;
cambio por adscripción.
1.31 Tratamiento del patrimonio histórico en la Unión
Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección del
patrimonio histórico suscritos por España.
1.32 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.
El reglamento de Museos.
1.33 Las medidas de fomento. El patrocinio y el mecenazgo:
concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del
Estado.
2. Museología
2.1 El concepto de museo.
2.2 Historia de los museos en España.
2.3 Tipología de museos.
2.4 La arquitectura de los museos. Pasado, presente y futuro.
2.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y
características. Bases para el proyecto arquitectónico.
2.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.
2.7 Proyecto museológico y programa museográfico. Criterios
para su elaboración.
2.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la
instalación museográfica.
2.9 Almacenamiento de bienes culturales en el museo.
Criterios y sistemas.
2.10 Manipulación, embalaje y transporte de bienes
culturales.
2.11 El museo y sus modelos de gestión.
2.12 Recursos económicos en el museo. Financiación pública
y privada. La explotación comercial de los servicios del museo.
2.13 Organización interna del museo. Los profesionales de
museos.
2.14 El Conservador de museos: evolución, situación actual
y perfil de futuro. Código deontológico.
2.15 El museo como centro de investigación.
2.16 El museo como responsable de la conservación del
patrimonio histórico.
2.17 El sistema de documentación en el museo.
2.18 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de
ingreso y tipos de movimiento.
2.19 El público en el museo. Sistemas de evaluación.
2.20 Acción cultural y educativa en los museos.
2.21 Museo y Turismo rural.
2.22 El museo en la nueva sociedad de la información.
2.23 La seguridad en el museo.
2.24 La accesibilidad en el museo.
2.25 Exposiciones temporales. Definición, gestión y
organización.
2.26 La conservación en el museo. Conservación preventiva
y criterios para la restauración.
2.27 Los museos de titularidad estatal. Sistema Español de
Museos. La Junta Superior de Museos.
2.28 Museos de titularidad eclesiástica: particularidades de
su organización y funcionamiento.
2.29 Museos militares: particularidades de su organización
y funcionamiento.
2.30 Alteraciones físico químicas de los bienes culturales.
2.31 Organismos, centros y asociaciones nacionales e
internacionales en el ámbito de los museos.
2.32 El coleccionismo privado. El comercio del arte en la
actualidad: ferias y galerías.
2.33 La valoración de los bienes culturales. Criterios para
su tasación económica.
B. TEMAS ESPECÍFICOS
1. Bellas Artes
1.1 Análisis de la obra de arte. Métodos fundamentales.
1.2 Iconografía en el arte medieval.
1.3 La pintura en los Países Bajos en los siglos XV y XVI.
1.4 La pintura hispanoflamenca.
1.5 Tiziano: obra religiosa. Los retratos. Obra mitológica.
1.6 La escuela veneciana: Veronés, Tintoretto y Los Bassano.
1.7 La creación del retrato cortesano en la pintura flamenca
española.
1.8 Los pintores de El Escorial.
1.9 El Greco y el Manierismo.
1.10 La escultura del siglo XVI en España.
1.11 Rubens.
1.12 El primer naturalismo en la pintura española del
siglo XVII.
1.13 Francisco Zurbarán.
1.14 José de Ribera.
1.15 Velázquez. Etapa sevillana y primeros años en la Corte.
El primer viaje a Italia y la etapa central de su pintura.
1.16 Velázquez: Felipe IV y los programas decorativos de la
corte. El segundo viaje a Italia y el final de su carrera.
1.17 Alonso Cano.
1.18 La pintura madrileña de la segunda mitad del siglo XVII.
1.19 Murillo y la pintura andaluza de su tiempo.
1.20 La imaginería española en el siglo XVII en España: La
Escuela Castellana.
1.21 La imaginería española en el siglo XVII en España: La
Escuela Andaluza.
1.22 Goya: La pintura.
1.23 Goya: La obra gráfica.
1.24 Pintores extranjeros en la Corte Española en el
siglo XVIII.
1.25 Maestros de la pintura española del siglo XVIII.
1.26 Pintura y escultura neoclásica en España.
1.27 La pintura romántica en España.
1.28 El realismo en la pintura española del siglo XIX.
1.29 Joaquín Sorolla.
1.30 El dibujo en España.
1.31 El Modernismo.
1.32 Primeras vanguardias en Europa.
1.33 Pablo Picasso.
1.34 Dalí, Miró y los artistas españoles de la Escuela de París.
1.35 La Abstracción en el arte español.
1.36 Arte español del último tercio del siglo XX.
1.37 El diseño del siglo XX.
1.38 La Fotografía en España.
1.39 El cine en el siglo XX en España.
1.40 El Grabado tradicional hasta el siglo XIX.
1.41 La Estampa en el siglo XX. Técnicas y procedimientos.
1.42 El mestizaje en el arte de la España virreinal.
2. Arqueología y Artes Decorativas
2.1 Teoría arqueológica: Evolución de las principales corrientes.
2.2 Arqueología espacial. Arqueología de género.
2.3 Trabajo de campo en arqueología.
2.4 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro
Nacional de Investigaciones Arqueológicas Subacuáticas.
2.5 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.
2.6 El Paleolítico Superior el norte peninsular.
2.7 El arte rupestre esquemático de la Península Ibérica.
2.8 El Calcolítico en el sur de la Península Ibérica.
2.9 El Mundo Campaniforme en la Península Ibérica.
2.10 La Edad de Bronce en la Submeseta Sur.
2.11 La Edad de Hierro en la Meseta.
2.12 La colonización fenicia en el extremo occidental del
Mediterráneo.
2.13 Arqueología púnica en España.
2.14 El período orientalizante. Tartesos.
2.15 La escultura ibérica.
2.16 Arquitectura monumental y doméstica ibérica. La
cerámica ibérica.
2.17 La presencia griega en la Península Ibérica.
2.18 El retrato romano.
2.19 Aspectos esenciales de la iconografía clásica.
2.20 Los vidrios romanos.
2.21 El mosaico romano en España.
2.22 Orfebrería y Bronces Visigodos.
2.23 Cultura material de Bizancio.
2.24 Motivos decorativos hispano-musulmanes.
2.25 Cerámica califal en Al-Andalus.
2.26 Arqueología hispano judía. Las Sinagogas.
2.27 La cerámica nazca.
2.28 Numismática como fuente de la historia.
2.29 Arqueología industrial.
2.30 Las colecciones arqueológicas en los museos de España.
2.31 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo y Triana.
2.32 Real Fábrica del Buén Retiro.
2.33 La platería civil en España: Tipos y sistemas de marcaje.
2.34 Alfombras españolas: técnicas, talleres y colecciones.
2.35 Tapices españoles: técnicas, talleres y colecciones.
2.36 La cerámica de Alcora y Manises.
2.37 Mobiliario español de los siglos XVI al XIX.
2.38 La rejería española. Especial referencia al Renacimiento.
2.39 La joyería española en los siglos XVI al XIX
2.40 El marfil. Técnicas y usos en la época medieval.
2.41 Los esmaltes. Técnicas y usos en la época medieval.
2.42 El arte de las piedras duras.
3. Antropología, Patrimonio Científico y Técnico, y Patrimonio
Histórico y Militar
3.1 Instrumentos científicos de la Edad Moderna.
3.2 Las expediciones científicas españolas en los siglos XVIII-XIX.
Aspectos materiales.
3.3 Innovaciones tecnológicas en la Edad Media.
3.4 Las colecciones del Patrimonio Científico y Técnico en
los Museos españoles.
3.5 Las colecciones de los museos de Ciencias Naturales en
España.
3.6 La cultura material hispano sefardí.
3.7 Las culturas prehispánicas andinas.
3.8 La cultura del Imperio Inca.
3.9 El mundo de las creencias y la cultura material en la
sociedad azteca.
3.10 El mundo de las creencias y la cultura material en la
sociedad maya.
3.11 Metodología del trabajo de campo en Antropología.
3.12 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.
3.13 Desarrollo y situación actual en las teorías
antropológicas.
3.14 Antropología del género.
3.15 El objeto etnográfico en la teoría postmoderna.
3.16 El concepto de religiosidad popular. Promesas y
ofrendas religiosas: Exvotos.
3.17 Antropología de la pesca.
3.18 Indumentaria tradicional en España.
3.19 La evolución de la indumentaria en España en los siglos
XVI al XVIII.
3.20 Instrumentos musicales populares en España.
3.21 Mobiliario popular en España.
3.22 La arquitectura tradicional en España.
3.23 La vivienda tradicional en España.
3.24 Los ritos del ciclo vital en España.
3.25 Antropología de la agricultura y de la ganadería.
3.26 Alfarería popular.
3.27 Antropología de la fiesta. La fiesta del fuego en España.
3.28 El arte pastoril en España.
3.29 Amuletos y protectores en la joyería popular española.
3.30 La artesanía textil.
3.31 Mitología popular. Tradición e influencias.
3.32 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.
3.33 Vidrios populares en España.
3.34 Las colecciones antropológicas en los museos españoles.
3.35 Vexilología militar: antecedentes y evolución de las
banderas en España (1700-1978).
3.36 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936:
Iconografía de las bocas de fuego.
3.37 Evolución del uniforme de infantería (I): Desde
Felipe V hasta Alfonso XII.
3.38 Evolución del uniforme de infantería (II): Desde
Alfonso XIII hasta nuestros días.
3.39 La época de entre-guerras en la aviación española. El
autogiro de La Cierva y los Grandes Vuelos.
3.40 Los arsenales y la construcción naval española en el
siglo XVIII a través de maquetas y modelos de los museos
españoles.
3.41 Armas blancas reglamentarias españolas.
3.42 Armas de fuego reglamentarias españolas.
ANEXO III
Tribunal Calificador
Tribunal titular:
Presidenta: Dña. Sofía Rodríguez Bernís. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
Secretario: D. Israel Pastor Sainz-Pardo. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales: Dña. Antonia Herradón Figueroa. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
D. Javier García Fernández. Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Dña. Teresa Chapa Brunet. Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Dña. Pilar Barraca de Ramos. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
Secretario: D. Diego Fernández Alberdi. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales: Dña. Angela Franco Mata. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
D. José Álvarez Lopera. Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad.
D. Juán Blánquez Pérez. Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación,
Cultura y Deporte". En el recuadro relativo a centro gestor se
hará constar "Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
Facultativo de Conservdores de Museos"
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L", en
el caso de sistema general de Acceso Libre, o "P", si se accede
por el sistema de Promoción Interna.
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Educación, Cultura y Deporte".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará "Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33
por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el
cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"La titulación que se posea de acuerdo con lo señalado en el
apartado 2.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25, apartado A, se hará constar el idioma elegido
por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase
de oposición (ver Anexo I).
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25.01
euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante
el sistema general de acceso libre, y de 12,51 euros para los
aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0104-0301-28-0302-037799, del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte. Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrase exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 22637)
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid