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Documento BOE-A-2003-11728

Resolución de 20 de mayo de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve concurso general para la provisión de puestos de trabajo (2003 G 01).

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2003, páginas 22601 a 22607 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-11728

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de febrero de 2003 ("Boletín Oficial del

Estado" de 17 de marzo de 2003), rectificada por Resolución

de 25 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de

abril de 2003), se convocó concurso para la provisión de puestos

de trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las

solicitudes presentadas, valorados los méritos alegados por los

concursantes y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de Valoración a la que hace referencia la base octava

de la citada Resolución, este Departamento, en virtud de la

Resolución de 24 de junio de 1999 (B.O.E. de 9 de julio de 1999),

sobre delegación de competencias del Presidente de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, acuerda:

Primero.-Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo

contenidos en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.-Declarar vacantes los puestos que se especifican en

el citado anexo I, por no alcanzar en los mismos, los candidatos,

las puntuaciones mínimas a que se refiere la base quinta de la

Resolución de la convocatoria o por no haber candidatos

suficientes, por haber obtenido otros puestos con mejor preferencia,

para cubrirlos.

Tercero.-Reingresar al servicio activo a los funcionarios a

quienes procedentes de otra situación administrativa, pudiera haberles

sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso,

siempre y cuando el reingreso sea conforme con lo establecido

en el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de abril de 1995).

Cuarto.-Los destinos adjudicados, de conformidad con el

artículo 49 del Reglamento General de Provisión de Puestos de

Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia,

no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.

Asimismo serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo

de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien

por el procedimiento de libre designación o por concursos

convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas ;

en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados

a comunicar por escrito, la renuncia al puesto adjudicado y la

opción ejercida, con indicación del Departamento en el que

hubieren obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de

nombramiento.

Quinto.-El plazo de posesión del nuevo destino obtenido será

de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el

reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de

los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta

Resolución.

Para quienes hayan reingresado al servicio activo, el plazo de

toma de posesión deberá contarse igualmente desde dicha

publicación.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución

se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de

aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento

General de Provisión de Puestos de Trabajo, por lo que se refiere

al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos

preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese

y/o incorporación al nuevo destino.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa podrá interponerse recurso de reposición en el plazo

de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante

el Presidente de la Agencia Tributaria, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente

al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente

ambos recursos.

Madrid, 20 de mayo de 2003.-El Presidente, P. D. (Resolución

de 24 de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" del 9 de

julio), el Director del Departamento de Recursos Humanos y

Administración Económica, Ramón Palacín Ribé.

SIGUE ANEXO (Ver imágenes páginas 22602 a 22607)

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