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Documento BOE-A-2003-11277

Resolución de 23 de mayo de 2003, de la Dirección General para la Administración Local, por la que se dispone la publicación de la Orden de 29 de enero de 2003, por la que se impone a D. Francisco Jiménez Lechuga, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Quéntar (Granada), la sanción de separación del servicio como funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2003, páginas 21885 a 21885 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-11277

TEXTO ORIGINAL

En fecha 29 de enero de 2003, el Secretario de Organización Territorial del Estado, por delegación del Ministro de este Departamento, y en el ejercicio de las competencias que le confiere la Orden de 27 de diciembre de 2002, de delegación de competencias entre órganos de este Ministerio, dictó Orden por la que se impuso a D. Francisco Jiménez Lechuga, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Quéntar (Granada), la separación del servicio como funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La parte dispositiva de la mencionada Orden establece lo siguiente:

«Imponer a D. Francisco Jiménez Lechuga, como responsable de una falta muy grave de abandono del servicio, tipificada por el art. 31-1.c) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, concurriendo la agravante de reiteración o reincidencia prevista por el art. 89.e) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964 —supletoriamente aplicable a los funcionarios locales— la separación definitiva del servicio.»

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, o en el plazo de dos meses, a contar de la misma manera, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.

Madrid, 23 de mayo de 2003.‒El Director General, Pablo Trillo-Figueroa Martínez-Conde.

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