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Documento BOE-A-2003-111

Resolución de 17 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2003, páginas 266 a 266 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-111

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1963/2002, de 22 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto), se convocan pruebas selectivas, por el sistema específico de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos.

Una vez finalizadas las dos primeras fases de oposición y concurso y entregadas por el Presidente del Tribunal Coordinador, copia certificada de las listas de aprobados, esta Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en virtud de lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, y en la base octava de la convocatoria, resuelve:

Primero.

Hacer pública la relación de aprobados por orden de puntuación en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, sistema específico de promoción interna, especialidad de Juristas en la fase de oposición, que se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los Centros Penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. En la especialidad de Psicólogos, no ha habido ningún aspirante que haya superado el proceso selectivo.

Segundo.

En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes aprobados deberán presentar en la subdirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria, (apartados 8.1 y 8.2).

Tercero.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial (apartado tercero de la base octava de la convocatoria).

Cuarto.

La presente resolución, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional, pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 17 de diciembre de 2002.‒El Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

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