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Documento BOE-A-2003-10914

Resolución de 15 de abril de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se modifican las fechas de disfrute de beca de la Convocatoria General de Becas MAE curso 2002-2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2003, páginas 21091 a 21092 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-10914

TEXTO ORIGINAL

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 (BOE de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio y el Real Decreto 2225/93 de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1 d) de la Resolución de 29.12.2000 (BOE 12 de febrero 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 18 de enero de 2002 (BOE núm. 27 de 31 de enero) por la que se aprueba la Convocatoria General de «Becas MAE» de fechas 1.07.2002 y 29.08.2002, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto ha resuelto:

Primero.

Se concede cambio de fechas a Dña. Ivette Fuentes de la Paz (cubana) en la solicitud el período de su beca es del 1.11.02/31.01.03 (Resolución 1.07.02, BOE núm. 182 del 31.07.02). Las nuevas fechas para disfrutar de su beca son 16.04.03/15.07.03.

Segundo.

Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, y Resolución de 18 de enero de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 15 de abril de 2003.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de Diciembre de 2000, BOE 12.02.01), el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director General de Relaciones Culturales y Científicas.

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