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Documento BOE-A-2003-10560

Orden ECO/1305/2003, de 14 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso por promoción interna, al Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2003, páginas 20330 a 20333 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-10560

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso

en Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado con sujeción

a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas del

Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, Código 0619,

por el sistema de promoción interna.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso

selectivo.

Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que

hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del 31 de julio de 2003. La duración máxima de la fase de oposición

será de 4 meses, contados a partir de la fecha de realización del

primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo

objeto de la convocatoria mediante Resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública, que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino

adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo C. Los funcionarios de los Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además

destinados en la Administración General del Estado.

2.1.3 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos

años en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito

de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos

al grupo C.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en el

apartado anterior.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o

equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.5 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Economía (Paseo de la Castellana, 162,

28071 Madrid) o en el Registro General del Instituto Nacional

de Estadística, Paseo de la Castellana, 183, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y

se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Economía. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la

exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Economía, en el Instituto Nacional de

Estadística, en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la

Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del

Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de

España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario de Economía, dictará Resolución, en el plazo

máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y

excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín

Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con

indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número

de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un

plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente

al de la publicación de la Resolución. Asimismo, se indicarán los

lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de

aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer

ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Estadística,

Capitán Haya, 51, Madrid, teléfonos (91) 5837203, dirección de correo

electrónico teresaibUine.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido

en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de

14 de marzo de 2003).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Economía en el plazo de un mes desde su publicación

o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano

juridisccional competente, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en

caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación presunta del

mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 14 de mayo de 2003.-El Vicepresidente Segundo del

Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto

de 2000, Boletín Oficial del Estado del 11), el Subsecretario,

Miguel Crespo Rodríguez.

Ilma. Sra. Presidenta del INE e Ilmos. Sres. Secretario General

Técnico del Ministerio de Economía y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios,

todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Será práctico. Consistirá en la contestación,

por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo

de cuatro horas, de cuestiones prácticas propuestas por el

Tribunal, sobre los programas de Estadística Descriptiva, Estadística

Teórica Básica, Demografía y Economía.

Segundo Ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en

el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro

horas, de dos temas del Anexo II extraídos al azar. Uno del

programa de Economía, otro del programa de Demografía.

Este ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública,

pudiendo éste realizar cuantas cuestiones juzgue conveniente.

Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en

el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro

horas de dos temas del Anexo II. Uno del programa de Estadística

Descriptiva y otro del programa de Estadística Teórica Básica.

Para ello se extraerá al azar dos temas del programa de Estadística

Descriptiva y otros dos del de Estadística Teórica Básica; de los

cuatro temas extraídos el opositor elegirá uno de Estadística

Descriptiva y otro de Estadística Teórica Básica.

1.1 Valoración.

Todos los ejercicios son eliminatorios, no pudiendo pasar de

un ejercicio al siguiente los opositores que no hubiesen alcanzado

la calificación mínima de cinco puntos. La valoración máxima en

cada uno de ellos será de diez puntos. Para superar el segundo

y el tercer ejercicio será necesario, además, no haber sido

calificado con cero en ninguno de los temas.

La calificación del segundo ejercicio será el resultado de obtener

la media simple de cada uno de los programas.

Calificación final: La puntuación total de cada opositor se

obtendrá sumando la calificación de cada ejercicio previamente

ponderada con arreglo a los siguientes coeficientes: Primer

ejercicio, coeficiente tres; segundo ejercicio, coeficiente dos; tercer

ejercicio, coeficiente cinco. Si al obtener dicha puntuación hubiere

dos o más aspirantes con la misma calificación, se determinará

el orden de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el

tercer ejercicio, si hubiere igualdad por la mayor del primer

ejercicio y si aún persistiere el empate por la del segundo ejercicio.

2. El curso selectivo. El curso selectivo será organizado por

la Escuela de Estadística de las Administraciones Públicas. Se

iniciará en el plazo máximo de dos meses desde que finalice el

previsto en la base 7.2 para la presentación de documentos, y tendrá

como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en

orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio

de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados en Estadística

del Estado.

La duración del curso selectivo será de un mes. Su calendario

y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo

serán establecidas oportunamente por la Presidencia del INE.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas

básicas de formación que se imparten.

El curso se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener como mínimo 10 puntos. Dicha calificación

será otorgada por el Presidente del Instituto Nacional de

Estadística, a propuesta del órgano responsable del curso selectivo.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en el curso selectivo.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

Economía

Tema 1. El SEC 95. Características generales. Evolución de

los sistemas de contabilidad: Similitudes y diferencias entre el

SEC95 y el SEC79. Aplicaciones del SEC95.

Tema 2. El SEC95 como sistema (I). Las unidades estadísticas

y su agrupación. Los flujos y los stocks.

Tema 3. El SEC95 como sistema (II). El sistema de cuentas

y los agregados contables.

Tema 4. El marco Input-Output. Descripción general. Tablas

de Origen y Destino. Otras tablas.

Tema 5. Medición de las variaciones de precio y volumen

en el SEC95. Campo de aplicación. Elección de las fórmulas de

los números índice y del año base.

Tema 6. El modelo IS-LM para una economía cerrada (I). La

curva IS. La curva LM. La determinación del equilibrio.

Tema 7. El modelo IS-LM para una economía cerrada (II).

Variaciones del equilibrio. Política fiscal y política monetaria.

Tema 8. Un modelo simplificado de demanda y oferta

agregadas. Inflación y desempleo.

Tema 9. La Balanza de pagos: Concepto y estructura. Tipos

de cambio: definición y sistemas de determinación.

Tema 10. La Unión Europea: Características básicas. Las

etapas del proceso de integración. El tratado de Maastricht y el Pacto

de Estabilidad.

Demografía

Tema 1. La Demografía. Estructura de la población. Los

fenómenos demográficos. El envejecimiento y el crecimiento de las

poblaciones.

Tema 2. El esquema de Lexis. Tasas y cocientes en

demografía. Análisis transversal y longitudinal.

Tema 3. La mortalidad. Tasas brutas y específicas. Tablas

completas y abreviadas. Esperanza de vida.

Tema 4. La nupcialidad. Tasas brutas y específicas. Duración

del matrimonio. Uniones de hecho.

Tema 5. La natalidad y la fecundidad. Tasas brutas y

específicas. Número de hijos por mujer. El rango de los nacimientos.

Tema 6. Los Censos Demográficos en España: Población,

Viviendas y Edificios. Objetivos. Métodos de Recogida.

Características investigadas.

Tema 7. El movimiento natural de la población en España

y los movimientos migratorios.

Tema 8. El padrón municipal. Naturaleza y finalidad. Modelo

de gestión. Aprovechamiento con fines estadísticos.

Estadística descriptiva

Tema 1. Concepto de estadística. Las unidades estadísticas.

Variables cualitativas y cuantitativas. Variables discretas y

continuas. Distribuciones unidimensionales de frecuencias.

Distribuciones acumuladas. Tablas estadísticas. Representación gráfica.

Tema 2. Medidas de síntesis de una distribución de

frecuencias. Medidas de posición. Media aritmética, geométrica y

armónica. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.

Tema 3. Medidas de posición robustas. Mediana, moda y

cuantiles. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.

Tema 4. Medidas de dispersión. Recorrido, varianza y

desviación típica. Otras medidas de dispersión. Cálculo de las mismas

y propiedades. Aplicaciones.

Tema 5. Momentos. Cálculo y aplicaciones. Medidas de

simetría y curtosis.

Tema 6. Medidas de concentración. Curva de Lorenz. Indice

de Gini.

Tema 7. Interpolación. Concepto y métodos. Interpolación

lineal y parabólica. Fórmula de Lagrange.

Tema 8. Distribuciones estadísticas bidimensionales. Tabla

de doble entrada. Representaciones gráficas.

Tema 9. Distribuciones marginales y condicionales.

Independencia y asociación de las variables.

Tema 10. Momentos en las distribuciones bidimensionales.

Concepto de covarianza. Correlación. Significado.

Tema 11. Distribuciones n-dimensionales. Distribuciones

marginales y condicionales.

Tema 12. Momentos en las distribuciones n-dimensionales.

Correlación múltiple y parcial.

Tema 13. Ajuste por el método de mínimos cuadrados.

Varianza residual. Su interpretación.

Tema 14. Recta de regresión. Coeficiente de correlación lineal

y cálculo del mismo. Posiciones de las rectas de regresión según

el valor del coeficiente de correlación.

Tema 15. Hiperplanos de regresión en una distribución

n-dimensional. Varianza explicada y varianza residual. Medida de la

bondad del ajuste.

Tema 16. Series temporales. Componentes de una serie

temporal. Modelo aditivo y multiplicativo. Métodos para la

determinación de la tendencia.

Tema 17. El análisis de las series temporales. Métodos

elementales para la determinación de las variaciones estacionales

y los movimientos cíclicos.

Tema 18. Números índices. Los índices simples. Propiedades

de los índices simples. Índices complejos. Índices de Laspeyres

y Paasche. Índices de precios. Índices de precios de consumo.

Tema 19. Propiedades de los índices complejos. Algunos

problemas prácticos relacionados con la construcción de un índice.

Indice de producción industrial, salarios y del comercio exterior.

Estadística teórica básica

Tema 1. Fenómenos aleatorios. Conceptos de probabilidad.

Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes.

Tema 2. Variables aleatorias. Variables discretas. Función de

probabilidad. Variables continuas. Función de densidad.

Propiedades.

Tema 3. Esperanza matemática. Propiedades. Varianza.

Propiedades. Función característica y función generatriz de

momentos. Acotación de Tchebychev.

Tema 4. Distribución binomial. Propiedades. Distribución de

Poisson. Propiedades. Relación entre ellas. Otras distribuciones

discretas.

Tema 5. Distribución uniforme. Distribución exponencial.

Distribución Pareto. Propiedades.

Tema 6. Distribución normal. Tablas y propiedades.

Utilización de la distribución normal para aproximar probabilidades de

binomial y de Poisson.

Tema 7. Distribuciones de varias variables aleatorias.

Distribuciones conjuntas y marginales. Independencia entre variables

aleatorias. Ejemplos.

Tema 8. Esperanza de vectores aleatorios. Esperanza de

sumas y productos de variables aleatorias. Covarianza.

Correlación. Transformaciones lineales de variables aleatorias.

Tema 9. Distribución normal multivariante. Propiedades.

Tema 10. Distribución X2 de Pearson, F de Fisher y t de

Student.

Tema 11. Procesos estocásticos discretos. Análisis de series

temporales. Procesos autorregresivos. Procesos de medias

móviles. Procesos ARMA. Procesos ARIMA.

Tema 12. Introducción a la inferencia. Muestra y población.

Tipos de muestreo.

Tema 13. Estimación puntual. La distribución de un

estimador en el muestreo. Propiedades de los estimadores.

Tema 14. Métodos de obtención de estimadores. Método de

los momentos. Método de máxima verosimilitud. Propiedades.

Tema 15. Estimación de parámetros en poblaciones

normales. Propiedades de la media muestral. Propiedades de la varianza

muestral.

Tema 16. Estimación por intervalos. Conceptos básicos.

Ejemplos de intervalos en poblaciones normales.

Tema 17. Contraste de hipótesis. Contraste de significación.

Nivel crítico de un contraste. Ejemplos de contrastes.

Tema 18. El enfoque de Neyman y Pearson. Hipótesis

alternativa. Errores tipo I y II de un contraste. Potencia de un test.

Intervalos de confianza y contraste de hipótesis.

Tema 19. Contrastes de ajuste. Contraste X2 de Pearson.

Aplicaciones. Contraste de Kolmogorov-Smirnov. Otros contrastes

de ajuste.

Tema 20. Control de calidad. El concepto del proceso bajo

control. Control por variables y por atributos.

Tema 21. Métodos fundamentales de selección de la muestra.

Selección con probabilidades iguales. Selección con

probabilidades desiguales. Selección sistemática. Probabilidad de pertenecer

a la muestra. Estimadores insesgados.

Tema 22. Muestreo aleatorio simple en una población finita.

Estimadores. Errores de muestreo. Intervalos de confianza.

Tamaño de la muestra.

Tema 23. Muestreo estratificado. Concepto. Principios

fundamentales. Afijación de la muestra. Estimadores. Errores de

muestreo.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don Fernando Cortina García, Cuerpo Superior de

Estadísticos del Estado.

Vocales:

Don Manuel Herrera Espiñeira, Cuerpo Superior de Estadísticos

del Estado.

Don Arsenio García Rubio, Cuerpo Superior de Estadísticos

del Estado.

D. Alejandro Salinero Carrillo, Cuerpo Superior de Estadísticos

del Estado.

D. Pedro Bueno Díaz. Cuerpo de Gestión de la Administración

Civil del Estado.

Doña Ana López Lago, Cuerpo de Diplomados en Estadística

del Estado.

Secretario: Doña Teresa Paradinas Zorrilla, Cuerpo de

Diplomados en Estadística del Estado.

Suplentes:

Presidente: Don Pedro Revilla Novella, Cuerpo Superior de

Estadísticos del Estado.

Vocales:

Doña Juana Porras Puga, Cuerpo Superior de Estadísticos del

Estado.

Don Agustín Cañada Martínez, Cuerpo Superior de Estadísticos

del Estado.

Don Esteban Barbado Miguel, Cuerpo Superior de Estadísticos

del Estado.

D. Luis Javier Fernández Abad, Cuerpo de Administrador Civil

del Estado.

Don Ignacio Estévez Cano, Gestión Sistemas Informática de

la Administración del Estado

Secretario: Don Eloy Rodríguez Rodríguez, Cuerpo de

Diplomados en Estadística del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Diplomados en Estadística del Estado".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "P"

Promoción Interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará Ministerio de Economía.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

el exigido en la convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará "la titulación

poseída" y en el apartado C, se consignará "el Cuerpo de

pertenencia en su caso"

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Economía. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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