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Documento BOE-A-2003-10489

Orden MAM/1285/2003, de 14 de mayo, por la que se corrigen errores de la Orden MAM/954/2003, de 15 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el Ministerio de Medio Ambiente, en la categoría profesional de Auxiliar de Mantenimiento y Oficios.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 24 de mayo de 2003, páginas 20093 a 20095 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-10489

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden MAM/954/2003, de 15 de abril,

por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas

de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación

de empleo temporal, en el Ministerio de Medio Ambiente, en la

categoría profesional de Auxiliar de Mantenimiento y Oficios,

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 96, de 22

de abril, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

Primero.-En el Anexo n.o 1, plazas convocadas en el Ministerio

de Medio Ambiente, en el programa 4:

En el n.o de orden 5, ámbito territorial: Almería, en la cuarta

columna de n.o de plazas, donde dice: "2" debe decir: "1".

En el n.o de orden 8, ámbito territorial: Cádiz, en la cuarta

columna de n.o de plazas, donde dice: "5" debe decir: "2".

En el n.o de orden 11, ámbito territorial: Granada, en la cuarta

columna de n.o de plazas, donde dice: "2" debe decir: "1".

Segundo.-El en Anexo n.o I, plazas convocadas en el Ministerio

de Medio Ambiente, se añaden los siguientes programas y números

de orden donde quedan incorporadas las plazas suprimidas del

programa 4 según el apartado anterior:

N.o

ordenPrograma Ámbitoterritorial N.o

plazas

Programa 8 31 Almería ........................... 1

Programa 9 32 Cádiz ............................. 2

Programa 10 33 Cádiz ............................. 1

34 Granada .......................... 1

Tercero.-En el Anexo II se añaden los siguientes programas:

Programa 8:

1. Útiles, herramientas y materiales: tipos y manejo.

2. Maquinaria: manejo y mantenimiento.

3. Infraestructuras y equipamientos de jardines y zonas

verdes. Tipos. Características. Instalación. Conservación.

4. Elementos vegetales del jardín: nomenclatura e

identificación de los principales grupos.

5. Operaciones de mantenimiento de elementos vegetales del

jardín o zona verde.

6. Implantación de céspedes. Labores de mantenimiento

(Siega, Perfilado, Escarificado y Aireado, Resiembra. Recebados y

Abonados).

7. Viveros: tipos de viveros, infraestructuras específicas de

un vivero. Instalación y manejo de las infraestructuras del vivero.

8. Labores y operaciones de reproducción, propagación y

producción de plantas de vivero.

9. Control fitosanitario: Medios de lucha contra plagas y

enfermedades. Tratamientos en almacenes y espacios urbanos y rurales.

10. Riegos: frecuencia y dosis de riego. Métodos de riego.

Máquinas de riego.

11. Ajardinamiento y decoración de interiores:

Procedimientos de selección y preparación de plantas y jardineras. Técnicas

de selección y composición de arreglos florales. Operaciones de

mantenimiento de elementos vegetales y no vegetales.

12. Normas concretas de seguridad y prevención de riegos

laborales.

Programa 9:

1. Instalaciones eléctricas de enlace y centros de

transformación.

2. Instalaciones singulares de viviendas y edificios.

3. Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios.

4. Mantenimiento de máquinas eléctricas.

5. Seguridad en las instalaciones eléctricas.

6. Electrotecnia.

7. Instalaciones eléctricas de interior.

8. Automatismos y cuadros eléctricos.

9. Normas concretas sobre seguridad y prevención de riesgos

laborales.

Programa 10:

1. Materiales principales y auxiliares.

2. Herramientas y útiles: tipos, manejo, conservación.

3. Manejo de croquis y planos.

4. Realización de mediciones sencillas de obra.

5. Montaje y desmontaje de medios auxiliares normalizados

propios en la ejecución de obras de albañilería.

6. Tipo se morteros. Componentes de los morteros.

7. Características y propiedades de: aglomerantes, agua,

arena, aditivos.

8. Operaciones de fabricación de morteros de: yeso,

cementos, cal, mixtos.

9. Operaciones de construcción de: muros, particiones,

forjados, escaleras, arcos, bóvedas y cúpulas, elementos de

urbanización.

10. Operaciones de construcción de: azoteas transitables y

no transitables; cubiertas planas e inclinadas; cobertura en teja

y pizarra; impermeabilización de superficies.

11. Operaciones de ejecución de revestimientos continuos

conglomerados en paramentos horizontales, verticales e

inclinados al exterior y al interior de las construcciones.

12. Normas concretas sobre seguridad y prevención de

riesgos laborales.

Cuarto.-En la base 2.2.4 añadir los siguientes párrafos:

Los aspirantes que opten por la plaza correspondiente al

Programa 8, deberán estar en posesión de la especialidad de

Jardinería, o de la titulación de Técnico en Actividades Agrarias,

especialidad de Jardinería, o titulaciones reconocidas como

equivalentes, tal y como recoge el Real decreto 777/1998 de 30 de

abril.

Los aspirantes que opten por las plazas correspondientes al

Programa 9, deberán estar en posesión de la especialidad de

Equipos e Instalaciones Electrotécnicas, o de la titulación de Técnico

en Electricidad y Electrónica, especialidad de Equipos e

Instalaciones Electrotécnicas, o titulaciones reconocidas como

equivalentes, tal y como recoge el Real decreto 777/1998 de 30 de

abril.

Los aspirantes que opten por las plazas correspondientes al

Programa 10, deberán estar en posesión de la especialidad de

Obras de Albañilería, o de la titulación de Técnico en Edificación

y Obra Civil, especialidad de Obras de Albañilería, o titulaciones

reconocidas como equivalentes, tal y como recoge el Real decreto

777/1998 de 30 de abril.

Quinto.-Abrir un nuevo plazo de veinte días naturales,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente

Orden en el "Boletín Oficial del Estado", a efectos de presentación

de solicitudes, exclusivamente para las plazas incluidas en los

tres nuevos programas -8, 9 y 10- que han sido incorporados

por esta Orden de corrección de errores. La presentación de las

nuevas solicitudes se hará, mediante la cumplimentación del

modelo 790, en los lugares y en la forma prevista en la base 3.3 de

la convocatoria.

Sexto.-Los aspirantes que en la solicitud de admisión a pruebas

selectivas, modelo 790, optaron por las plazas con n.o de orden

5, 8 u 11, del programa 4 del Anexo I de la convocatoria, podrán,

en el mismo plazo establecido en el párrafo anterior y en los

mismos lugares, modificar su opción por uno de los nuevos números

de orden incluidos en los programas 8, 9 y 10 (n.o de orden:

31, 32, 33 y 34). Dicha opción deberán de hacerla en el Anexo

adjunto a esta Orden, entendiéndose que los aspirantes no

presenten este Anexo en plazo, mantienen la opción manifestada en

su día, en el modelo de instancia 790.

Madrid, 14 de mayo de 2003.-La Ministra, P.D. (O.M. 6-02-01,

BOE del 14), la Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

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