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Documento BOE-A-2002-9559

Orden TAS/1106/2002, de 7 de mayo, por la que se declara la situación de emergencia social prevista en el artículo 11 de la Orden TAS/514/2002, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases y se convocan ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se convoca a las entidades interesadas en participar en la atención de dicha situación.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2002, páginas 17862 a 17862 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-9559

TEXTO ORIGINAL

La Orden TAS/514/2002, de 8 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», del 9, que establece las bases reguladoras y convoca ayudas y subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, prevé, entre los programas prioritarios contenidos en la misma, la atención a situaciones de emergencia social, para cuya cobertura se constituye un fondo destinado a paliar los problemas derivados de estas situaciones de emergencia, cuyo contenido se define en el artículo 11 de la Orden.

La reciente crisis socioeconómica surgida en Argentina y su grave incidencia en los ciudadanos españoles residentes en ese país que se encuentran en situación de extrema necesidad, aconsejan que se declare de emergencia social y de atención prioritaria la asistencia a ese colectivo y se determine la afectación de recursos para dicho fin.

Asimismo, resulta necesario convocar con carácter urgente a las entidades interesadas en realizar programas que contribuyan a resolver la situación de emergencia social antes señalada.

En su virtud, dispongo lo siguiente:

Artículo 1.

Declarar de emergencia social y de atención prioritaria la situación de los ciudadanos españoles residentes en Argentina, afectados por la crisis socioeconómica sobrevenida en los últimos meses.

Artículo 2.

Afectar 1.800.000 euros del crédito previsto en los Presupuestos Generales del Estado, con la consiguiente repercusión en los importes asignados a los restantes colectivos y programas contemplados en la Orden TAS/514/2002, de 8 de marzo.

Artículo 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general en el artículo 1 de la Orden TAS/514/2002, de 8 de marzo, y únicamente por lo que se refiere a la situación de emergencia social declarada en la presente Orden, se convoca a las entidades y organizaciones interesadas y cuyos fines estatutarios y ámbito territorial coincidan con la situación de emergencia declarada, a la presentación de programas destinados a atender dicha situación, facilitando a la población afectada, ayuda para la cobertura de bienes de primera necesidad: alimentos, medicamentos, enseres, etc., a efectos de su valoración por la Comisión de Evaluación, conforme a lo previsto en el artículo 11 de la citada Orden.

Artículo 4.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 5.

En todo lo no previsto expresamente en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en la Orden TAS/514/2002, de 8 de marzo.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de mayo de 2002.

APARICIO PÉREZ

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