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Documento BOE-A-2002-9282

Orden SCO/1058/2002, de 3 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2002, páginas 17456 a 17464 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2002-9282

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2002, y con

el fin de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional (código 1214), con

sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema

general de acceso libre, dos plazas en el Cuerpo de Farmacéuticos

de la Sanidad Nacional.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29), y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 31); la Ley 17/1993, de 23 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10

de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el anexo I, y un curso selectivo, tal como se indica en el citado

anexo I.

1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición de estas

pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta

convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso selectivo.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará,

como máximo, dentro de los cuatro meses a contar desde la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios

de la fase de oposición será de cuatro meses, contados a partir

de la celebración del primer ejercicio.

1.7 Finalizadas las pruebas de oposición, el Tribunal

procederá a proponer el nombramiento por la autoridad convocante

de funcionarios en prácticas a los aspirantes que hayan superado

todas las pruebas de esta fase.

Dichos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el anexo I.

Los aspirantes que no superen dicho curso selectivo, de acuerdo

con el procedimiento de calificación previsto en la convocatoria,

perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de

carrera mediante resolución motivada de la autoridad que haya

efectuado la convocatoria, a propuesta del órgano responsable

de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República

de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes

y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales

de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Licenciado en Farmacia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá

estar en posesión de la credencial que acredite su homologación,

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la

profesión de Farmacéutico.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por

el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del

Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente. Las certificaciones

de homologación habrán de presentarse, según se establece en

el mencionado Real Decreto, acompañándolas a la solicitud para

tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional,

al Tribunal con antelación a la celebración de las correspondientes

pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al

mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron.

En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal a la Comisión

Permanente de Homologación.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional

de Administración Pública, en la oficina de información de los

Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Consumo, así como

en las representaciones diplomáticas o consulares de España en

el extranjero.

3.2 En la cumplimentación de la solicitud se deberá tener

en cuenta:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio los aspirantes consignarán "Sanidad y

Consumo". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Subsecretaría".

En el recuadro número 15 se señalará "Cuerpo de

Farmacéuticos de la Sanidad Nacional", consignándose el código número

1214 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará la letra "L": Sistema de acceso libre.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la oposición se celebrarán en Madrid capital.

Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro

número 20.

Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la misma,

en el que consignarán el porcentaje del grado de minusvalía según

el dictamen del órgano competente. Asimismo, deberán solicitar

expresándolo en el recuadro número 23, las posibles adaptaciones

de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que

esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posea para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

en la base 2.1.3 de esta convocatoria.

3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,

"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en

el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo, paseo

del Prado, 18-20, 28014 Madrid, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Director General

de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios

(Subdirección General de Recursos Humanos). En la solicitud

deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los

derechos de examen, como se señala en la base 3.5.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Ministerio de Asuntos

Exteriores (Subdirección General de Personal) para su entrega

posterior a este Ministerio. El interesado adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de

examen, mediante el oportuno ingreso del importe, en la cuenta

restringida de recaudación número 0182 9071 02 0200000827 del

Banco Bilbao Vizcaya Argentaría. Todos los gastos de la

transferencia serán por cuenta del aspirante. El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaría o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

A estos efectos, los importes correspondientes a la tasa por

derechos de examen son los que se establecen en la base 3.5 de la

presente convocatoria.

3.4 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.5 De conformidad con lo establecido en el apartado siete

del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 24,52 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el apartado

cinco, a) del artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los

aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que

deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en

su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, debiendo

acompañarse a la solicitud.

Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado

cinco.b) del artículo 17 de la citada Ley 50/1998, estarán exentos

del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes

de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la

fecha de la convocatoria, siempre que, en el plazo de que se trate,

no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubieren

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En

cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa

de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo

y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la

que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,

así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación

de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo

caso, los apellidos y nombre y número del documento nacional

de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión justificando su derecho a ser incluidos en la relación

de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización

de las pruebas.

Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contecioso-Administrativa o, potestativamente y con

carácter previo, recurso administrativo de Reposición en el plazo

de un mes ante el órgano que dictó el acto.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en

la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan

en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios en los Servicios Centrales del Ministerio de

Sanidad y Consumo, en la Dirección General de la Función Pública,

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Admi

nistraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones

del Gobierno.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

Vocales titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus áreas de conocimiento. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la autoridad

convocante.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.2 las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición que sean

escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para

ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la

Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"

del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por

la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad y Consumo,

Paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid, teléfono (91) 596 11 44.

El Tribunal dispondrá que en esa sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que ha superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo

establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de abril) por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el anterior ejercicio, así

como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del

Ministerio de Sanidad y Consumo con, al menos, veinticuatro horas

de antelación a la señalada para la celebración de los mismos.

Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado

en los locales donde se haya de celebrar y en los mencionados

tablones, con, al menos doce horas de antelación; de considerarse

conveniente, podrán utilizarse, adicionalmente, otros métodos.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión a la autoridad convocante, comunicando, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con

carácter previo, recurso administrativo de Reposición en el plazo

de un mes ante el órgano que dictó el acto.

7. Lista de aprobados

Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará publicas,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su

documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará por duplicado copia

certificada de la lista de aprobados a la autoridad convocante que

la publicará en el "Boletín Oficial del Estado", según se establece

en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios

en prácticas

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar, en el Registro General del Ministerio

de Sanidad y Consumo, o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en Farmacia

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo, de acuerdo con lo

establecido en la base 2.1.3.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

anexo IV de esta convocatoria.

C) Certificado médico oficial que acredite lo señalado en la

base 2.1.4.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud

de participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que desean percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Igualmente, los funcionarios interinos y

el personal laboral deberán efectuar tal opción, de conformidad

con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero

("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo).

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

de carrera del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante se procederá

al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

9. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 Superada la fase de oposición todos los aspirantes

aprobados en dicha fase deberán realizar y superar el curso selectivo

a que se hace referencia en las presentes bases.

El curso selectivo deberá comenzar en el plazo máximo de dos

meses, contados a partir de la terminación de la fase de oposición.

9.2 Con la suma de puntuación obtenida en la fase de

oposición y una vez superado el curso selectivo, se publicará, el listado

definitivo de opositores con el orden y puntuación final.

9.3 Efectuada dicha publicación, se remitirá a cada aspirante

aprobado relación de vacantes ofrecidas. Los opositores

aprobados, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas

convocadas, tendrán obligación de pedir, por orden de preferencia,

todas las vacantes ofrecidas. Para llevar a cabo lo indicado

dispondrán de un plazo de quince días hábiles.

Los aspirantes que no hagan elección de vacantes serán

destinados a las que resulten sin cubrir, una vez adjudicadas el resto

de las peticiones.

9.4 Cumplido el trámite citado en el punto anterior, la

autoridad convocante procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional que

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con indicación del

destino adjudicado.

9.5 En el caso de que alguno de los puestos de trabajo

ofrecidos como primer destino supongan la participación directa o

indirecta en el ejercicio del poder público o en las funciones que

tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del

Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por

los aspirantes que no posean la nacionalidad española, siendo

la Administración la competente para determinar cuáles serían

esos puestos de trabajo.

9.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

10. Norma final

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante

los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso

Administrativo de Reposición en el plazo de un mes ante este Ministerio,

de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, cuantos

actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de la

actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en la

forma establecidos por la citada Ley 30/1992.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 3 de mayo de 2002.-La Ministra, P. D. (Orden de

4 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 20), el

Subsecretario, Domingo Menéndez Menéndez.

Ilmo. Sr. Director general de Recursos Humanos y Servicios

Económico-Presupuestarios.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Oposición: La fase de oposición constará de cuatro

ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase

de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante

la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen

un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en

esta lengua.

Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que

no posean la nacionalidad española: El contenido de esta prueba

se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20

de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que se

establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como

lengua extranjera.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del diploma superior de español como lengua extranjera,

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o

del certificado de aptitud en español para extranjeros, expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Esta prueba se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario

obtener la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas

de la fase de oposición.

Primer ejercicio.-Contestación por escrito, en un plazo

máximo de dos horas, a un cuestionario de 150 preguntas de respuestas

alternativas, preparado al efecto por el Tribunal, que versará sobre

el contenido del programa que se publica como anexo II a esta

convocatoria.

Segundo ejercicio.-Constara de dos partes:

a) Parte escrita, que consistirá en la realización, en el plazo

máximo de una hora, de un resumen en lengua española de un

texto en inglés o francés de carácter técnico o reglamentario.

b) Parte oral, que consistirá en la presentación verbal, en

el plazo máximo de diez minutos, de un resumen del texto a que

se refiere el apartado a), en ingles o francés.

Tercer ejercicio.-Será escrito y consistirá en exponer, en un

plazo máximo de cuatro horas, dos temas del programa, uno de

cada una de las partes de que se compone el mismo, a elegir

entre cuatro, dos de cada una de dichas partes. Cada opositor

procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual,

el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo

durante un tiempo máximo de quince minutos.

Cuarto ejercicio.-Será oral y consistirá en exponer, durante

un plazo máximo de treinta minutos, la resolución de un supuesto

práctico relacionado con el programa. Posteriormente el Tribunal

podrá realizar preguntas sobre el contenido del mismo durante

un tiempo máximo de cinco minutos.

Todos los ejercicios de la oposición se calificarán de cero a

diez puntos. El aspirante que obtenga en alguno de ellos menos

de cinco puntos quedará eliminado.

2. Curso selectivo: El curso selectivo tendrá un carácter

teórico-práctico y consistirá en un período formativo (de duración

no inferior a dos meses), a celebrar en la Agencia Española del

Medicamento, destinado a adquirir conocimientos y habilidades

en materia de administración, reglamentación, evaluación y

gestión de medicamentos y productos sanitarios.

El Subsecretario de Sanidad y Consumo, a propuesta del

Tribunal, designará al Director del curso teórico-práctico. Al final

de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá

el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará

su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de

conocimientos, y teniendo en cuenta el informe de las unidades donde

el aspirante haya realizado la parte práctica.

El Director del curso elevará propuesta valorativa del resultado

del mismo al Tribunal, el cual efectuará la calificación definitiva

de aptitud o no aptitud de cada uno de los aspirantes.

3. Al finalizar cada uno de los ejercicios, incluido el curso

selectivo, el Tribunal hará públicas las calificaciones obtenidas

por cada uno de los aspirantes aprobados y los nombres de

aquellos que, por no haber superado el curso selectivo, se declaren

no aptos.

4. Puntuación final y orden: La puntuación final y el orden

de opositores vendrán determinados por la suma de la puntuación

obtenida en la fase de oposición. En caso de empate de puntuación,

se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el cuarto

ejercicio, el tercer ejercicio y el primer ejercicio, por ese orden.

ANEXO II

Programa

Parte primera.

Tema 1. La Constitución Española: Fundamentos y

contenido.

Tema 2. El ordenamiento jurídico-administrativo. La Ley y

sus equivalentes. El reglamento. Las relaciones entre Ley y

Reglamento: La legislación delegada.

Tema 3. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. El

derecho primario comunitario: Los Tratados constitutivos y sus

modificaciones. El derecho comunitario derivado: Reglamentos,

directivas y decisiones.

Tema 4. La Ley del Gobierno. Organización y competencia.

Los principios de dirección presidencial, colegialidad y

departamental inspiradores del funcionamiento del Gobierno.

Tema 5. La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado. Los principios de servicio,

objetividad, generalidad, eficacia, jerarquía, descentralización,

desconcentración y coordinación. Los organismos autónomos y

los entes públicos de contenido económico.

Tema 6. Los Estatutos de Autonomía. La Administración

Autonómica y la Administración Local.

Tema 7. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Principios

inspiradores de la modernización de la Administración Pública.

Simplificación administrativa. La calidad en la Administración Pública.

Tema 8. Los procedimientos de control del gasto público.

La Intervención General del Estado, las Intervenciones Delegadas

y la Intervención General de la Seguridad Social. El Tribunal de

Cuentas.

Tema 9. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública. Reglamentos de desarrollo. Derechos, deberes y

responsabilidades de los funcionarios. El Personal Laboral al servicio

de Administración del Estado.

Tema 10. La Ley General de Sanidad. Estructura.

Fundamentos básicos. Las competencias sanitarias del Estado y de las

Comunidades Autónomas. Las transferencias sanitarias. Coordinación

general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional

de Salud.

Tema 11. La Ley del Medicamento. La seguridad, la eficacia

y la calidad de los medicamentos. El uso racional de los

medicamentos. El principio de intervención pública.

Tema 12. Ley General de Defensa de los Consumidores y

Usuarios. Competencias de las administraciones públicas en

materia de consumo. El derecho de los consumidores a la información.

Tema 13. El Sistema Nacional de Salud español.

Organización y financiación. Modelos sanitarios. Estudio comparativo con

sistemas sanitarios de otros países.

Tema 14. El Ministerio de Sanidad y Consumo y sus

Organismos Autónomos. Estructura, competencias y funciones. El

Instituto Nacional de la Salud. Estructura, competencias y funciones.

Tema 15. La asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de

Salud. La ordenación de las prestaciones sanitarias.

Tema 16. Los niveles asistenciales en el Sistema Nacional

de Salud: Asistencia primaria y asistencia especializada.

Tema 17. La salud. Evolución del concepto de salud.

Situación sanitaria en el mundo. Salud y nivel socioeconómico.

Medición de los niveles de salud. Conceptos básicos. Estudio de los

principales indicadores del estado de salud en la comunidad.

Tema 18. Planificación sanitaria. Estadística descriptiva,

análisis de datos, tipos de variables. Estadística analítica.

Tema 19. La epidemiología como disciplina científica.

Aspectos conceptuales. Usos de la epidemiología. Fuentes de

información demográfica. Censos. Movimiento natural de la población.

Modelos de población.

Tema 20. Medidas de asociación y de efecto. Medidas de

efecto absoluto y relativo. Efecto atribuible. Medidas de efecto

estandarizadas.

Tema 21. Clasificación y tipos de estudios epidemiológicos.

Longitudinales/transversales. Descriptivos/analíticos.

Prospectivos/retrospectivos. Observacionales/experimentales.

Individuales/ecológicos. Metaanálisis.

Tema 22. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de

sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Cribado poblacional.

Medicina basada en la evidencia.

Tema 23. Metodología epidemiológica aplicada a la gestión

y administración sanitaria. Epidemiología en la evaluación:

Eficacia, efectividad y eficiencia.

Tema 24. La salud pública en los Tratados de la Unión

Europea. Las Normas Comunitarias y la libre circulación de

medicamentos, productos sanitarios y cosméticos en la Unión Europea.

Tema 25. Las Instituciones de la Unión Europea: Estructura

y funciones. Los procedimientos comunitarios para la toma de

decisiones. Cooperación y codecisión. Otros procedimientos.

Tema 26. La Agencia Europea de Evaluación de

Medicamentos. Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las

autoridades de los Estados miembros. Comités y grupos de trabajo

de la Comisión Europea relacionados con medicamentos.

Tema 27. El enfoque legislativo de los productos sanitarios

en la Unión Europea. Estructura administrativa y órganos de

apoyo. Modelo legislativo. El Comité Europeo de Normalización: su

actuación en el campo de los productos sanitarios. Normas

armonizadas.

Tema 28. Los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de la Unión

Europea y países terceros en materia de medicamentos y productos

sanitarios. La Conferencia Internacional de Armonización (ICH).

Programas de Armonización Global en materia sanitaria.

Tema 29. La Organización de Naciones Unidas y otros

organismos internacionales: actividades sanitarias. La Junta

Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. El Programa de

Naciones Unidas para la fiscalización internacional de drogas. La OCDE.

La FAO. El Banco Mundial. La cooperación sanitaria internacional.

Tema 30. La Organización Mundial de la Salud (OMS):

Estructura y funciones. Oficinas Regionales. La OPS. La contribución

de la OMS a la promoción de la salud y la asistencia sanitaria.

Principales programas y actividades relacionadas con

medicamentos.

Tema 31. El Consejo de Europa: Estructura y funciones. Su

implicación en la evaluación y control de medicamentos y

productos sanitarios. La Farmacopea Europea. Laboratorios Oficiales

de Control de Medicamentos (OMCL). Otras actividades con

repercusión sanitaria y social. El Convenio de Bioética.

Tema 32. La investigación sanitaria: papel de las Instituciones

Internacionales. Los programas marco de investigación y

desarrollo de la Unión Europea en materia de medicamentos, tecnología

sanitaria y tecnologías de la información aplicadas a

medicamentos. Redes telemáticas sanitarias y de medicamentos.

Tema 33. La Agencia Española del Medicamento: Estructura

y funciones. Base jurídica. La Dirección General de Farmacia y

Productos Sanitarios. Estructura y funciones.

Tema 34. Los ensayos clínicos de medicamentos. Objetivos.

Clasificación. Requisitos para su realización. Buenas prácticas

clínicas (BPC).

Tema 35. Los procedimientos para la autorización y registro

de medicamentos en la Unión Europea y en España. Procedimiento

centralizado. Reconocimiento mutuo. Procedimiento nacional.

Tema 36. El Comité de Evaluación de Medicamentos de uso

humano. Estructura y funciones.

Tema 37. Autorización de medicamentos: las condiciones de

autorización de los medicamentos respecto a su información. Ficha

técnica. Etiquetado y prospecto.

Tema 38. Autorización de medicamentos: la autorización de

especialidades farmacéuticas genéricas. La autorización de

especialidades farmacéuticas publicitarias.

Tema 39. La autorización de especialidades farmacéuticas

con condiciones especiales respecto a su prescripción y

dispensación. Uso de medicamentos no registrados en España.

Tema 40. Los medicamentos veterinarios. Rasgos

diferenciales en la reglamentación europea y española respecto de los

medicamentos de uso humano. Límites máximos de residuos.

Regulación europea y de la OMS/FAO.

Tema 41. Los medicamentos de plantas medicinales. Las

fórmulas magistrales. El formulario nacional. Los medicamentos

homeopáticos. Los productos frontera. Normativa y aspectos

diferenciales.

Tema 42. Los medicamentos inmunológicos: vacunas y

alergenos; radiofármacos; derivados de sangre y plasma humano.

Normativa y aspectos diferenciales. Los medicamentos "huérfanos".

Tema 43. Laboratorio fabricantes e importadores de

medicamentos. Normativa y responsabilidades. Actividades de la

Inspección Farmacéutica. Certificaciones. Cooperación con los

Estados miembros de la Unión Europea y otros organismos

internacionales.

Tema 44. Seguimiento de la calidad del medicamento

comercializado, toma de muestras y análisis. Denuncias y actuaciones

por motivos de calidad.

Tema 45. Comercio exterior: importación y exportación de

medicamentos, inspección farmacéutica de géneros medicinales.

Actividades de control e inspección en materia de estupefacientes

y psicotropos.

Tema 46. Intervención y control de estupefacientes y

psicótropos. Convención Unica de 1961 sobre estupefacientes y

Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrópicas. Regulación

nacional.

Tema 47. Técnicas de análisis recomendadas por Naciones

Unidas en materias de drogas. Análisis cualitativos y cuantitativos.

Tema 48. Actuaciones periciales en análisis de sustancias

procedentes de tráfico ilícito. Recepción, custodia y destrucción de

alijos.

Tema 49. Farmacovigilancia: Conceptos y objetivos.

Estructura, organización y funcionamiento de la farmacovigilancia en

España. Coordinación en la Unión Europea y con organismos

internacionales en materia de farmacovigilancia.

Tema 50. La distribución de medicamentos en la Unión

Europea y su regulación en España. Autorización de instalaciones,

requisitos. Buenas prácticas de distribución. Distribución paralela.

Tema 51. La publicidad de medicamentos en la Unión

Europea y su regulación en España. La publicidad de medicamentos

y las nuevas tecnologías de la información.

Tema 52. La patente de los medicamentos. El certificado

complementario de protección de los medicamentos. Las marcas

comerciales. Repercusiones industriales y sanitarias. La

denominación de los medicamentos. Las denominaciones oficiales

nacionales y las denominaciones comunes internacionales. Sistemas

de clasificación y codificación de los medicamentos.

Tema 53. Concepto de Especialidad Farmacéutica Genérica.

Prescripción y sustitución de especialidades farmacéuticas en

España. Situación internacional de los medicamentos genéricos.

Los precios de referencia.

Tema 54. Régimen de fijación de precios: La intervención

de los precios de los medicamentos. Situación en España y en

la Unión Europea. Márgenes comerciales en la distribución y

dispensación de medicamentos. Farmacoeconomía: Aplicación de los

estudios de evaluación económica en la toma de decisiones.

Tema 55. Prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de

Salud. Medidas de control del gasto farmacéutico. La financiación

selectiva de los medicamentos en España. Modelos de financiación

de medicamentos en Europa.

Tema 56. La prescripción y dispensación de los

medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. Receta médica. La

prescripción y dispensación de estupefacientes.

Tema 57. La asistencia farmacéutica en la atención primaria

de salud. La Oficina de Farmacia. Ordenación farmacéutica: Marco

legal estatal y autonómico.

Tema 58. La atención farmacéutica: concepto. Integración

de la atención farmacéutica en la asistencia sanitaria.

Incorporación del farmacéutico a las estructuras de atención primaria.

Programas de uso racional de los medicamentos.

Tema 59. Servicios de farmacia hospitalaria: organización y

funciones. Farmacia clínica. Reglamentación de servicios de

farmacia de hospital. La participación del farmacéutico en los comités

técnico-científicos hospitalarios. Acreditación de servicios

farmacéuticos hospitalarios.

Tema 60. Las nuevas tecnologías de la comunicación

aplicadas a la información de medicamentos. Redes de información

y bases de datos más relevantes. Situación en España. Estudios

de utilización de medicamentos.

Tema 61. La reglamentación de los productos sanitarios

implantables activos en la Unión Europea y en España. Medidas

comunitarias. Aplicación de las medidas comunitarias en España.

Aspectos adicionales contemplados en la reglamentación

española. Competencias de las administraciones públicas.

Tema 62. La reglamentación de los productos sanitarios en

la Unión Europea y en España. Medidas comunitarias. Aplicación

de las de las medidas comunitarias en España. Aspectos

adicionales contemplados en la reglamentación española. Competencias

de las administraciones públicas.

Tema 63. La reglamentación de los productos sanitarios para

diagnóstico "in vitro" en la Unión Europea y en España. Medidas

comunitarias. Aplicación de las de las medidas comunitarias en

España. Aspectos adicionales contemplados en la reglamentación

española. Competencias de las administraciones públicas.

Tema 64. Las investigaciones clínicas de los productos

sanitarios en la Unión Europea y en España. Analogías y diferencias

con ensayos clínicos de medicamentos. Competencias de las

administraciones públicas. Normas de referencia. El Sistema de

Vigilancia de Productos Sanitarios en la Unión Europea y España.

Red de alerta de productos sanitarios. Directrices europeas sobre

vigilancia.

Tema 65. Información a suministrar en los productos

sanitarios: Etiquetado, instrucciones de utilización, manual de usuario.

Terminología, nomenclatura y símbolos utilizados en productos

sanitarios. Sistemas y normas de referencia internacionales. La

publicidad de los productos sanitarios en España. Demostraciones

y exhibiciones. Competencias de las administraciones públicas.

Tema 66. Prestación de productos sanitarios en el Sistema

Nacional de Salud. Prestación de efectos y accesorios. Prestación

ortoprotésica.

Tema 67. La reglamentación de los productos cosméticos en

la Unión Europea y en España. Estructura administrativa y órganos

de apoyo. Modelo legislativo. Medidas comunitarias. Aplicación

de las medidas comunitarias en España. Aspectos adicionales

contemplados en la reglamentación española. Competencias de las

administraciones públicas. Reglamentación española de los

productos de higiene y estética.

Tema 68. La reglamentación de los biocidas en la Unión

Europea. Modelo legislativo. Medidas comunitarias. La reglamentación

de los plaguicidas de uso en higiene personal y de los

desinfectantes de uso humano y de ambientes clínicos y quirúrgicos en

España.

Tema 69. La protección de los consumidores. Competencias

de las administraciones públicas. Directivas sobre seguridad

general de los productos y sobre responsabilidad derivada de los daños

producidos por productos defectuosos.

Tema 70. La legislación alimentaria en España y en la Unión

Europea. Principales disposiciones comunitarias en materia de

seguridad e higiene alimentaria. El Código Alimentario Español.

El registro sanitario de alimentos. Los últimos acontecimientos

en materia de seguridad alimentaria: Encefalitis transmisibles,

Dioxinas. Decisiones comunitarias.

Tema 71. La protección del medio ambiente. Estructura

administrativa y órganos de apoyo en materia medio ambiental. Control

integrado de la contaminación. La gestión de residuos.

Reglamentaciones sobre márgenes de reducción de vertidos. Residuos

peligrosos. Envases y residuos de envases.

Tema 72. La legislación sobre sustancias y preparados

peligrosos en la Unión Europea y en España. Clasificación, envasado

y etiquetado. Condiciones y restricciones para el transporte, la

comercialización e importación de sustancias peligrosas.

Evaluación toxicológica de sustancias nuevas y existentes. Productos

fitosanitarios.

Parte segunda.

Tema 1. Requisitos de los sistemas de garantía de calidad.

Objetivos, organización y responsabilidades. Diseño del sistema

de garantía de calidad. Garantía de calidad en fabricación y control.

Auditorías internas. Tratamiento de no conformidades y

reclamaciones. Medidas correctivas. Formación del personal.

Tema 2. La certificación de los sistemas de garantía de

calidad. Organismos internacionales y nacionales. Requisitos

exigibles a los organismos de certificación. Certificación de

conformidad con directivas. Requisitos exigibles a los organismos

notificados. Analogías y diferencias entre certificación voluntaria y

certificación reglamentaria.

Tema 3. La calidad en los laboratorios de ensayo. Requisitos

exigibles a los laboratorios de ensayo. Buenas Prácticas de

Laboratorio. Organismos de acreditación de laboratorios de ensayo

internacionales y nacionales.

Tema 4. Garantía de calidad farmacéutica. Normas de

correcta fabricación de medicamentos de la Unión Europea.

Certificaciones.

Tema 5. Calidad de medicamentos. Relación

calidad/seguridad-eficacia. Factores determinantes de calidad. Normas de

referencia.

Tema 6. Criterios biofarmacéuticos aplicables durante el

desarrollo, producción y control de calidad de medicamentos.

Clasificación biofarmacéutica. Métodos de control.

Tema 7. Desarrollo y producción de medicamentos: Estudios

de preformulación y desarrollo farmacéutico. Selección de la

tecnología de fabricación. Especificaciones: Definición y criterios de

selección.

Tema 8. Producción y control de calidad de materias primas

de uso farmacéutico. Criterios de selección de especificaciones.

Farmacopeas. Otras normas de referencia. Métodos de control.

Tema 9. Biodisponibilidad y bioequivalencia. Concepto.

Tipos de estudios. Correlaciones in vivo-in vitro. Criterios

aplicables al diseño y evaluación de la calidad de medicamentos.

Tema 10. Criterios de pureza aplicables durante el diseño

y control de calidad de los medicamentos y sus materias primas.

Clasificación de impurezas. Métodos de control. Validación de

métodos analíticos. Nomenclatura. Metodología. Evaluación de

calidad de los ensayos. Normas de referencia.

Tema 11. Estudios de estabilidad de medicamentos. Tipos.

Diseño de protocolos. Estudios con muestreo reducido. Plazos

de validez y condiciones de conservación. Criterios de validación

de métodos. Normativa de referencia.

Tema 12. Medicamentos de origen biológico y

biotecnológico. Criterios de calidad, Producción y control. Pruebas de

seguridad viral. Estabilidad génica. Legislación vigente.

Tema 13. Seguridad viral de medicamentos de uso humano.

Bases científicas. Aspectos regulatorios.

Tema 14. Encefalopatías espongiformes transmisibles y

medicamentos de uso humano. Bases moleculares. Epidemiología.

Normativa aplicable.

Tema 15. Medicamentos de liberación modificada.

Clasificación. Desarrollo. Especificaciones. Control de calidad. Nuevos

sistemas de liberación de medicamentos. Interés terapéutico.

Tecnologías utilizadas. Vectorización de fármacos. Normativa de

referencia.

Tema 16. Medicamentos para inhalación. Desarrollo y

tecnologías de elaboración. Validación del proceso de producción.

Especificaciones. Métodos de control.

Tema 17. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas

sólidas. Desarrollo. Validación del proceso de producción.

Especificaciones. Métodos de control.

Tema 18. Desarrollo y fabricación de medicamentos

parenterales y oftálmicos. Selección de procesos de esterilización.

Validación. Liberación paramétrica. Normas de referencia.

Especificaciones. Métodos de control. Otras formas líquidas.

Tema 19. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas

semisólidas. Sistemas transdérmicos y de implantación.

Desarrollo. Tecnologías de elaboración Especificaciones. Métodos de

control.

Tema 20. El envase primario. Materiales de partida. Control

de calidad. Normativa de referencia.

Tema 21. Análisis y gestión de riesgos en productos

sanitarios. Requisitos exigidos por las Directivas Comunitarias.

Normativa específica y técnicas para el análisis de riesgos en productos

sanitarios, en productos sanitarios implantables activos y en

productos sanitarios que incorporan derivados de tejidos animales.

Tema 22. Productos cosméticos. Desarrollo y fabricación. Los

sistemas de garantía de calidad aplicados a los productos

cosméticos. Normas de correcta fabricación de productos cosméticos.

Situación legal en la Unión Europea y en España.

Tema 23. Los sistemas de garantía de calidad aplicados a

los productos sanitarios. Sistema completo de garantía de calidad.

Garantía de calidad de la producción. Garantía de calidad del

producto. Normas de referencia.

Tema 24. Productos sanitarios elaborados con materiales

poliméricos, látex, metales, y materiales cerámicos. Tecnologías

de fabricación. Riesgos específicos asociados. Control de procesos.

Ensayos aplicados al control de calidad.

Tema 25. Productos sanitarios elaborados con materiales

textiles y de origen animal. Tecnologías de fabricación. Riesgos

específicos asociados. Control de procesos. Ensayos aplicados al

control de calidad.

Tema 26. El diseño y la producción de productos sanitarios

que requieren condiciones asépticas. Áreas clasificadas y áreas

controladas. Técnicas de validación y control. Normas de

referencia. Esterilización de productos sanitarios. Validación. Normas

de referencia.

Tema 27. Técnicas especiales de evaluación de productos

sanitarios. Evaluación biológica. Seguridad eléctrica.

Compatibilidad electromagnética. Criterios de selección de ensayos. Ensayos

aplicados. Normas de referencia.

Tema 28. Mecanismos generales de acción de los

medicamentos. Bases moleculares de la interacción fármaco-receptor.

Agonistas, antagonistas y agonistas inversos. Regulación

fisiológica de los receptores.

Tema 29. Evolución temporal de los medicamentos en el

organismo: LADME. Definición de los parámetros farmacocinéticos

básicos. Biodisponibilidad y bioequivalencia.

Tema 30. Variabilidad de la respuesta farmacológica.

Idiosincrasia, tolerancia y dependencia. Adición y abuso de sustancias

tóxicas: Cuadros clínicos y alternativas terapéuticas.

Tema 31. Farmacocinética tras administración a dosis única

y dosis repetidas. Equilibrio estacionario. Características de la

administración por las vías oral, parenteral y transdérmica.

Tema 32. lnteracciones de medicamentos: farmacocinéticas

y farmacodinámicas, Implicaciones terapéuticas. Reacciones

adversas a medicamentos. Estudios de farmacoepidemiología y

farmacovigilancia.

Tema 33. Farmacogenética y su relevancia en terapéutica.

Polimorfismo genético. Metabolizadores rápidos y lentos.

Tema 34. Farmacología clínica y aspectos terapéuticos en

geriatría y pediatría. Uso de medicamentos en embarazo y

lactancia.

Tema 35. Estudios toxicológicos y preclínicos de

medicamentos. Estudios de mutagénesis y genotoxicidad. Toxicología

reproductora y embriofetal. Potencial carcinogénico. Toxicología aguda

y crónica. Extrapolación de las dosis eficaces y tóxicas del animal

al hombre.

Tema 36. Aspectos metodológicos de los ensayos clínicos en

el sujeto sano y en pacientes. Protocolos de ensayos clínicos y

análisis estadístico de los resultados.

Tema 37. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso

autónomo. Medicamentos bloqueantes de los

alfa-adrenorreceptores. Medicamentos bloqueantes de los beta-adrenorreceptores.

Utilización terapéutica.

Tema 38. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso

central. Hipnóticos. Ansiolíticos y sedantes. Utilización

terapéutica.

Tema 39. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso

central. Farmacología clínica de los agentes antidepresivos

tricíclicos, heterocíclicos y de los agentes inhibidores de la MAO.

lnhibidores de la recantación de serotonina. Antipsicóticos de

primera y segunda generación.

Tema 40. Tratamiento farmacológico de las enfermedades

neurodegenerativas y de las demencias. Farmacología de los

anticonvulsivantes y terapéutica de las epilepsias.

Tema 41. Agentes analgésicos opiáceos. Anestésicos locales.

Anestésicos generales.

Tema 42. Utilización clínica y farmacológica de los

medicamentos analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios no

esteroideos. Clasificación química, efectos farmacodinámicos y tóxicos

y principales indicaciones clínicas. Terapéutica actual de la artritis

reumatoidea.

Tema 43. Medicamentos antiinflamatorios esteroideos.

Utilización terapéutica.

Tema 44. Terapéutica de la insuficiencia cardíaca: Diuréticos,

inhibidores de la enzima conversora de angiotensina, antagonistas

de la angiotensina II, glucósidos cardiotónicos, otros

medicamentos inotrópicos y agentes vasodilatadores.

Tema 45. Medicamentos antiarrítmicos y antianginosos.

Tema 46. Medicamentos antihipertensivos (I). Diuréticos,

bloqueantes, bloqueantes de la entrada de calcio.

Tema 47. Medicamentos antihipertensivos (II): Inhibidores de

la enzima conversora de angiotensina, antagonistas de los

receptores de angiotensina II, bloqueantes a-adrenérgicos.

Tema 48. Fluidoterapia. Expansores plasmáticos. Nutrición

parenteral y enteral.

Tema 49. Farmacología clínica de antiácidos y antiulcerosos.

Medicamentos reguladores de la motilidad gastrointestinal.

Utilización terapéutica.

Tema 50. Medicamentos que actúan sobre el aparato

respiratorio. Medicamentos broncodilatadores y antiasmáticos.

Utilización terapéutica. Gases medicinales.

Tema 51. Hormonas sexuales. Andrógenos, estrógenos,

gestágenos. Anticonceptivos hormonales. Medicamentos que

modifican la motilidad uterina, utilización terapéutica. Terapia

hormonal sustitutiva.

Tema 52. Alteraciones del metabolismo de la glucosa.

lnsulinas: Tipos, efectos, toxicidad y pautas de utilización.

Farmacología clínica de los antidiabéticos orales. Alteraciones del

metabolismo de los lípidos: Hipolipemiantes.

Tema 53. Principios generales de la terapéutica

antimicrobiana. Clasificación. Mecanismos de acción. Criterios de selección

y asociaciones de antibióticos.

Tema 54. Antibióticos beta-lactámicos. Penicilinas,

cefalosporinas. Nuevos betalactámicos. Utilización terapéutica.

Tema 55. Quinolonas. Arninoglucósidos, tetraciclinas,

macrólidos. Utilización terapéutica.

Tema 56. Medicamentos antifúngicos. Utilización

terapéutica. Medicamentos antiparasitarios. Utilización terapéutica.

Tema 57. Clasificación y mecanismo de acción de los

fármacos antivirales. Usos terapéuticos. Fármacos antirretrovirales

y manejo de la infección por VIH.

Tema 58. Quimioterapia antineopiásica. Bases

fundamentales. Antimetabolitos. Fijadores a la tubulina. lnhibidores de

topoisomerasas. Agentes alquilantes. Antibióticos. Otros.

Tema 59. Anticoaquiantes, trombolíticos y antiagregantes

plaquetarios.

Tema 60. Inmunodepresores y moduladores de la inmunidad.

Farmacología del rechazo de transplantes. Uso terapéutico de

interferones. Modalidades y perspectivas.

Tema 61. Tipos y utilización de vacunas de uso humano.

Tipos y utilización terapéutica de inmunoglobulinas.

Tema 62. Terapia génica y celular. Bases científicas.

Normativa aplicable.

Tema 63. Alimentación y nutrición. Nutrientes: Tipos y

funciones. Digestión, absorción y metabolismo de nutrientes.

Requerimientos nutricionales. lngestas recomendadas y su

establecimiento. Guías alimentarias.

Tema 64. La contaminación de los alimentos. Biótica y

abiótica. Epidemiología y prevención de las infecciones. Zoonosis de

transmisión alimentaria e intoxicaciones alimentarias.

Micotoxicosis. La contaminación farmacológica. La investigación de

residuos.

Tema 65. Alteraciones de los alimentos. Principales causas

de alteración. Implicaciones sanitarias. Métodos de control.

Tema 66. Nuevos alimentos. Alimentos funcionales.

Alimentos transgénicos. lnteracciones alimento-medicamento.

Tema 67. Influencia de los procesos tecnológicos en los

componentes de los alimentos. Modificaciones relacionadas con los

caracteres organolépticos. Modificaciones que afectan a los

macronutrientes y micronutrientes.

Tema 68. Inspección sanitaria y de consumo de industrias

alimentarias. Sistema de análisis de riesgo y control de puntos

críticos. Toma de muestras. Análisis, interpretación de los mismos

y medidas precautorias que procedan.

Tema 69. El agua como nutriente y como alimento.

Reglamentación de las aguas destinadas al consumo humano.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don José Felix Olalla Marañon, Escala de

Farmacéuticos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la

Administración de la S.S.

Vocales:

Doña María Teresa San Miguel Samano, Cuerpo de

Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.

Don Alfonso Moreno González, Cuerpo de Catedráticos de

Universidad. Doctor en Medicina y Cirugía.

Doña Estrella Sintas Ponte, Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Secretaria: Doña Fuencisla Garzón Fernández, Escala Técnica

de Gestión de OO.AA. Licenciada en Derecho.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña María Teresa Millán Rusillo, Cuerpo de

Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.

Vocales:

Doña María Jesús Guillo Izquierdo, Escala de Farmacéuticos

Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la

Administración S.S.

Doña Carmen Alvarez Fraile, Cuerpo de Farmacéuticos de la

Sanidad Nacional.

Doña Dolores Montero Corominas, Escala Técnica de Gestión

de OO.AA. Especialidad de Sanidad y Consumo. Licenciada en

Medicina y Cirugía.

Secretario: Don Juan Carlos Nuño Escamilla, Escala Técnica

de Gestión de OO.AA, Especialidad Sanidad y Consumo.

Licenciado en Farmacia.

ANEXO IV

Aspirantes de nacionalidad española

Don/doña .......................................................,

con domicilio en .................................................., y

documento nacional de identidad número ..................,

DECLARA:

Bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional,

que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el

ejercicio de funciones públicas.

En ................ a ................ de ................ de 2002.

Aspirantes de otras nacionalidades

Don/doña .......................................................,

con domicilio en .................................................., y

documento nacional de identidad número ..................,

DECLARA:

Bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional,

que no ha sido sometido/a a sanción o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

En ................ a ................ de ................ de 2002.

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