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El Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1.460/2002, promovido por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con los siguientes artículos de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria: Artículo 3, apartado 2 ; artículo 19; artículo 20, apartado 2 ; artículo 23, apartado 2; disposición adicional única, apartado dos, que modifica el artículo 146.1 de la LRHL, en la expresión "atenderá al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria en los términos previstos en la Ley 18/2001, General de Estabilidad Presupuestaria...", y disposición final segunda.
Madrid, 23 de abril de 2002.-El Secretario de Justicia.
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