Considerando que en fecha 12 de marzo de 2002 la Comisión de Gobierno para Asuntos Culturales y Educativos declaró el Azud de Xerta, en Xerta, Tivenys y Benifallet, bien cultural de interés nacional en la categoría de monumento histórico;
De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Culturales y Educativos, de 12 de marzo de 2002, de declaración del Azud de Xerta como bien cultural de interés nacional en la categoría de monumento histórico.
Barcelona, 18 de marzo de 2002.–El Consejero, Jordi Vilajoana i Rovira.
Por la Resolución de 22 de diciembre de 1999 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 31), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor del Azud de Xerta.
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.
Durante el trámite de información pública se han presentado alegaciones. Todas ellas han sido analizadas y estudiadas por la Dirección General del Patrimonio Cultural, que las ha respondido expresamente.
Por lo tanto, a propuesta del Consejero de Cultura, de acuerdo con el artículo 5.2 del Decreto 26/2002, de 5 de febrero, la Comisión de Gobierno para Asuntos Culturales y Educativos acuerda:
Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Azud de Xerta, en Xerta, Tivenys y Benifallet (Baix Ebre), según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1. La declaración comprende el azud propiamente dicho (presa o dique) y sus construcciones anexas: Los espigones, la antigua fábrica de harina y el molino ubicado sobre el mismo chorro del azud, cerca de la orilla derecha.
Delimitar el entorno de protección de este monumento, que consta en el plano que se publica junto a este Acuerdo y sobre la base de la justificación que se incluye en el anexo 2.
Incluir como objeto de protección en esta declaración el subsuelo tanto del monumento así como del entorno de protección.
El Azud de Xerta está a unos tres kilómetros río arriba del núcleo de Xerta, cruza en diagonal el río Ebro y alimenta los canales llamados de la Derecha y de la Izquierda del Ebro. Se ubica en el punto de convergencia de tres términos municipales: Xerta, Tivenys y Benifallet.
El valor histórico-arquitectónico del conjunto que forma el Azud de Xerta se basa en que se trata de una obra de ingeniería antigua, útil y singular, fruto de una larguísima secuencia constructiva, que imprime carácter al marco paisajístico que lo rodea. En concreto, el primer Azud de Xerta que conoce la historia era obra de los musulmanes, tenía unos siete metros de altura y se acabó en el año 944. Parece que se construyó para favorecer la navegación fluvial. El intento de mejorar los sistemas de riego de la zona, que se hacía a base de pequeños canales y norias, hizo pensar ya en el año 1381 en aprovechar y reforzar el Azud de Xerta y aprovecharlo para el inicio de canales de riego. Las obras iniciales las promovieron los obispos de Tortosa pero se hacían muy lentamente y sin un plan bien definido. Esto llevó a reforzar y levantar el antiguo azud en virtud de una autorización de 1443 de la reina regente María de Castilla, esposa de Alfonso IV el Magnánimo. En el año 1452 se iniciaron las obras para construir la acequia que tomaría las aguas del azud, a la izquierda del río, y poco después se emprendía el canal o acequia de la parte derecha. Las obras fueron reemprendidas y abandonadas en diferentes ocasiones y por esta causa el Canal de la Derecha, que debía verter inicialmente sus aguas en el previsto canal de navegación de Sant Carles de la Ràpita, no se acabó hasta el año 1857, mientras que el Canal de la Izquierda se acabó en 1912.
El monumento consta de la presa o dique (el azud propiamente dicho) y sus construcciones anexas: Los espigones, la antigua fábrica de harina y el molino.
La presa o dique está construida en diagonal sobre el río Ebro. Tiene una longitud de 310 metros, una anchura de 3,50 metros en coronación y de 35 metros en los cimientos, y una altura de seis metros. Su distribución en diagonal constituye un aspecto singular de este azud ya que la mayoría de los azudes son perpendiculares en los márgenes del río. Los cimientos de la estructura han perdurado a lo largo de los años. Su disposición geométrica en planta permite la derivación por cada margen de los caudales necesarios para el riego. Toda el agua que no se deriva hacia los canales de la Derecha y la Izquierda es evacuada por un gran rebosadero central. Este rebosadero abarca toda la longitud de la presa y da un aspecto majestuoso a la obra. En cada contrafuerte del azud se sitúan las compuertas, que se utilizan para abrir o cerrar los períodos de riego. También se usan si por avería o por otras causas (por ejemplo cuando hay una gran avenida) deben dejarse secos los canales que alimenta el azud.
El edificio del molino, adyacente al azud, en su margen derecho, aún se conserva y presenta una base de sillares bien trabajados, con una lápida esculpida que lleva en el centro las armas de la ciudad de Tortosa y a cada lado una leyenda alusiva a su fecha de construcción (1575), con los nombres de los procuradores y los notarios. Ha sido reformado muchas veces hasta que a finales del siglo XIX fue usado como central eléctrica. En su interior puede admirarse el sistema de transformación de la energía hidráulica en mecánica y posteriormente en eléctrica, con sus ruedas dentadas y turbinas. El molino y sus instalaciones anexas (el canal de captación, el de salida y las ruedas dentadas) son elementos de interés que pertenecen al último tercio del siglo XVI. Es uno de los escasos edificios industriales ejemplares de la época del Renacimiento de Cataluña.
Otro edificio que puede considerarse como instalación complementaria y anexa al azud, testimonio de su importancia secular, es el situado en el margen izquierdo, conocido como Farinera dels Gonzàlez, del que sólo quedan en pie las fachadas de piedra de mampostería y ladrillo que conservan la forma original.
Para definir el área delimitada como entorno de protección del azud se han valorado y tenido en cuenta los siguientes conceptos:
a) Interés social: Con el fin de permitir la correcta visualización del monumento compuesto por un conjunto de inmuebles y elementos hidráulicos, en algunos casos bastante separados desde los espacios accesibles que lo rodean.
b) Valoración paisajística: Se ha estudiado y valorado la relación del monumento (y su particularidad de elementos disgregados) con el paisaje, su silueta y otros componentes básicos como las edificaciones adyacentes o aisladas, vegetación y cultivos, red viaria, espacios libres, topografía y elementos perturbadores. En este sentido, la zona de protección no engloba solamente los diversos elementos anexos, sino que protege el entorno inmediato al mismo tiempo que trata de velar para que no puedan aparecer construcciones o elementos que puedan perturbar su correcta visualización. En este sentido, por la parte alta del río se ha incluido en el ámbito de protección la antigua fábrica de cemento, ya que en la actualidad es un espacio abandonado pero susceptible de ser modificado o reutilizado. Por el lado inferior la línea de protección se acaba a la altura del camino del camping «La Graella», sin incluirlo ya que es una instalación consolidada y con poca influencia en el paisaje.
c) Análisis de la ordenación territorial y urbanística: Se ha estudiado y valorado la zonificación actual e histórica, las previsiones conocidas de desarrollo futuro que puedan afectar al bien, la viabilidad, las parcelaciones y las tipologías constructivas existentes, así como la calificación urbanística. En este sentido, la existencia de un terreno rústico y una zona de influencia de la carretera y el río hacen que la protección se restrinja al ámbito estrictamente necesario del entorno inmediato.
d) Documentación histórica y gráfica: Ha permitido conocer y valorar la relación del bien con el territorio a través del tiempo y conocer la evolución del paisaje de las edificaciones y de las tipologías del entorno. Este punto tiene una gran importancia a la hora de relacionar los elementos que son monumento con otros elementos constructivos que permiten el control del agua que es nexo común entre ellos. Estos elementos son imprescindibles para entender la funcionalidad del monumento y deben quedar incluidos en el entorno de protección.
e) Análisis de espacialidad: Entendido como estudio de las volumetrías existentes y las incidencias que pueden tener las nuevas actuaciones previstas por el planeamiento y previsibles, así como la incidencia de las nuevas actuaciones no previstas.
f) Análisis arquitectónico: Ha permitido conocer y estudiar las preexistencias de tipologías, materiales, fachadas, color, texturas, tejados, aleros, proporciones de huecos y aperturas, etc.
g) Análisis de la red viaria actual y prevista: De las incidencias que tiene en el paisaje su trazado, materiales y texturas de ejecución y elementos de señalización. Considerando que el eje del Ebro es de reciente construcción, la única previsión que se tiene en cuenta es la mejora del camino de acceso al monumento para permitir una visita más cómoda. Estos caminos quedan englobados en el entorno de protección y se utilizan como soporte en algunos puntos para su definición.
h) Valoración de los elementos sentimentales para la población: Como son los visuales, itinerarios y ambientes habituales, así como los espacios de especial relevancia o interés. También se valora el estado de conservación y usos de las edificaciones, y de los espacios públicos y privados del entorno. En este capítulo tiene especial relevancia el proyecto de navegabilidad del río Ebro, que permitirá recuperar la visión del río y sus instalaciones desde su interior accediendo por la vía fluvial actualmente casi perdida.
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