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Documento BOE-A-2002-8237

Resolución de 10 de abril de 2002, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala de Programadores Informáticos de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2002, páginas 15613 a 15616 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-8237

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los Estatutos de la Universidad de Jaén,

aprobados por Decreto 277/1998, de 22 de diciembre, de la

Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por el

que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" número 8, de 19 de enero de

1999), y con el fin de atender las necesidades de personal de

Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21

de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e)

de la misma norma, así como los artículos 48 y 122 de los Estatutos

de Universidad de Jaén, acuerda convocar, de acuerdo con el

artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala de Programadores Informáticos con sujeción

a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas

de Programadores informáticos de la Universidad de Jaén,

mediante el sistema general de acceso libre.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 11 de

marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado, y a las normas de esta Resolución.

1.3 El procedimiento de selección de aspirantes será el de

oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en

el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir

los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de

aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros

Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén

separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de

su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito

de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la

Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico,

o titulación equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna

limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones

públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior

deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos

hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que

se aspira.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado

gratuitamente en el Negociado de Información y Evaluación de

la Universidad de Jaén, o en los modelos normalizados para

ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en las

Subdelegaciones de Gobierno y en las Delegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento

nacional de identidad y el resguardo de haber abonado los

derechos de examen a que se refiere la base 3.4.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo y magnífico

señor Rector de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía".

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en los lugares establecidos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

3.4 Los derechos de examen, por el importe de 21,04 euros,

se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta

número 3067.0109.0200001 272, a nombre de la Universidad

de Jaén, indicando en el ingreso: "Oposiciones Escala de

Programadores Informáticos".

3.5 La falta de justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún

caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución

del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud

ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la

solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en

el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para

la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" y en la que además de declarar aprobada la lista

provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha

de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes

excluidos con mención expresa en todo caso, de los apellidos,

nombre, número de documento nacional de identidad y motivo

que la produce.

4.2 En todo caso, la Resolución a que se refiere la base

anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de

errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose

en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de dos meses

a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de

anuncios del Rectorado edificio B-1 del campus las Lagunillas.

5. Tribunal calificador

5.1 Debido a la urgente necesidad de la publicación de la

convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente

hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real

Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos

de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante

Resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de

excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la

sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días después

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en cualquier

caso al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Jaén.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los

demás opositores, para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso

colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos

Sociales de la Junta de Andalucía.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando

para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para

las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El

Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren

marcas y signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén,

paraje las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono número

(953) 01 22 77.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 54/1 989,

de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número

31, de 21 de abril).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes

superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta

de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se determinará

mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos

anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan

celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo

si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el

ejercicio es nuevo.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar

cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades

en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos

procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso

de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación

y nombramiento de funcionarios/as de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición,

el Tribunal hará pública en los lugares de examen y en el Rectorado

de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.

7.2 La puntuación final se obtendrá de la forma establecida

en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el

Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por

orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de

cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas

convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación

en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo

18 de la Ley 30/1984.

7.3 La relación de aprobados será elevada al Rector de la

Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as

de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de

aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que

figuren en las mismas deberá presentar en el Servicio de Personal

y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar

las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y

cumplimentarán la declaración que se incluye como anexo III de la

convocatoria.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad

en la solicitud inicial.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de

carrera mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas presentadas en la Universidad con el apartado

"Reservado para la Administración", debidamente cumplimentado.

8. Norma final

8.1 La convocatoria, sus bases, y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal,

podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la

forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 10 de abril de 2002.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

A) Ejercicios.-La oposición estará formada por los ejercicios

que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

un máximo de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo

sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del

programa que se relaciona en el Anexo II. Las respuestas erróneas

puntuarán negativamente. El ejercicio se calificará atendiendo a

la aplicación de la siguiente fórmula:

E

A

-d - 1

N = ^ 10

n

N = Nota resultante.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

d = Número de opciones de para cada pregunta.

n = Número de preguntas.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

determinado por el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos

temas, cada uno de diferentes módulos a elección del opositor

de entre los seis previamente elegidos mediante sorteo por el

Tribunal (dos de cada uno de los módulos B, C y D). Este ejercicio

se calificará entre cero y 10 puntos, resultando eliminados los

opositores que no obtengan, como mínimo, 5 puntos.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa

minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un

supuesto práctico, a elección del opositor de entre tres propuestos por

el Tribunal (uno de cada uno de los módulos B, C y D). Este

ejercicio se calificará entre cero y 10 puntos, resultando eliminados

los opositores que no obtengan, como mínimo, cinco puntos.

El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado

por el Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios. En

caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor calificación

obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

Programa

Módulo A

1. Decreto 277/1998, de 22 de diciembre, de la Consejería

de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por el que se

aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (oletín Oficial

de la Junta de Andalucíanúmero 8, de 19 de enero de 1 999).

2. Arquitectura de ordenadores. Modelo general de un

ordenador. Estructura y funcionamiento. Evolución y generaciones.

3. Los sistemas operativos. Conceptos básicos. Elementos.

Sistemas operativos en microordenadores.

4. Sistema operativo UNIX. Características principales.

Programación de shell. Administración.

5. Conceptos generales de redes y comunicaciones.

Topologías.

6. Protocolos de comunicaciones. TCP/IP.

7. Informática y derecho a la intimidad. La protección de datos

de carácter personal. Legislación vigente.

8. Seguridad en los servicios de informática. Conceptos

generales. Normas básicas. Legislación.

9. La protección jurídica del logical.

Módulo B

1. Metodología de planificación y desarrollo de sistemas de

información. MÉTRICA. Diseño, construcción, implantación y

técnicas.

2. Bases de datos. Diseño. Integridad. Modelo relacional.

Reglas de Codd y normalización.

3. SGBD Oracle. Conceptos básicos. Arquitectura.

Administración.

4. SGBD Oracle. Lenguajes SQL, PL/SQL. Optimización.

5. Herramientas de análisis, diseño para SGBD Oracle:

Designer, Discoverer, etc.

6. Herramientas de desarrollo para SGBD Oracle: Developer,

JDeveloper, etc.

7. Sistemas de información. Estrategia, análisis y gestión.

Gestión de proyectos tecnológicos.

8. Gestión automatizada universitaria. Áreas.

Funcionalidades requeridas.

9. Workflow. Groupware. Conceptos básicos. Aplicación en

la administración universitaria. Herramientas.

10. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos

(data-warehouse). Arquitectura OLAP. Minería de datos

(Data-mining). Generación de informes para la dirección.

11. Sistema operativo Windows 2000. Balanceo de carga.

Terminal Services.

12. Conceptos de programación orientada a objetos.

Polimorfismo. Herencia y tipos. Lenguajes de programación.

13. Seguridad y auditoría en Oracle. Mecanismos de

seguridad e integridad.

14. Lenguajes C. Pro*C.

Módulo C

1. Microinformática. Concepto de microprocesador.

Arquitectura de microordenadores. Sistemas mono y multiusuario.

Periferia.

2. Aulas de informática: Diseño, planificación y explotación.

3. Aula virtual. Tele-enseñanza.

4. Sistemas operativos Windows NT, Windows 2000 y

Windows XP. Comparativa.

5. Sistema operativo LINUX. Distribuciones. Características.

Instalación. Administración. Seguridad.

6. Sistemas de acceso remoto a bases de datos documentales.

7. Soporte a usuarios en grandes organizaciones. Orientación

y asesoramiento. Resolución de problemas. Sistemas de

Help-Desk.

8. Cálculo científico: Lenguajes de programación y software

de aplicación.

9. Redes de almacenamiento (SAN). Estructura y

funcionamiento. Componentes.

10. Gestión y automatización del equipo lógico de

ordenadores personales en grandes organizaciones. Arranque remoto.

Instalaciones de software masivas. Herramientas.

11. Programación de scripts en entornos Microsoft. Windows

Scripting Host. Visual Basic Script.

12. Lenguajes de programación visual. Delphi. Visual Basic.

13. Sistemas informáticos de automatización de bibliotecas.

14. Sistemas de alta disponibilidad. Conceptos generales.

Arquitecturas. Sistemas tolerantes a fallos.

Módulo D

1. Sistemas de cableado estructurado. Estructura y diseño.

Medios de transmisión. Elementos de interconexión de redes.

Concentradores. Conmutadores. Encaminadores.

2. Redes de alta velocidad. Conceptos generales. ATM y

Gigabit Ethernet.

3. ATM: LANE. VLAN's. MPLS. Routing.

4. Sistema DNS: Conceptos generales. Esquema jerárquico.

Configuración y administración de segundo nivel. Seguridad.

5. Salas de audiovisuales: Tecnología H.320 y H.323.

Videoconferencia. Vídeo bajo demanda. Streaming. Características

básicas de las salas.

6. Servidores WEB. Software. Gestión y administración. Web

seguro. Proxy-caché.

7. Lenguaje HTML. HTML dinámico. XML. Aplicaciones.

8. Desarrollo de aplicaciones WEB. Applets. Servlets. PerI.

PHP. ASP. JSP.

9. Servicio de directorio. LDAP. Aplicaciones.

10. Sistema de mensajería electrónica. Implementación.

Configuración MTA's. UA's. Abusos. Seguridad.

11. Listas de correo-e. Tipos de listas. Utilización. Usenet

News. Newsgroups. Servidores.

12. Infraestructura de clave pública (PKI): Conceptos

generales. Implementación. Políticas de certificación. Seguridad.

13. Seguridad: Cortafuegos. Conceptos generales.

Tecnologías. Tipos de arquitecturas. Seguridad en hosts.

14. Seguridad: Auditoría de vulnerabilidades. Detección de

intrusos. Honeynets. Análisis forense.

ANEXO III

Declaración jurada

Don/doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y documento nacional de identidad número ..............................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a

funcionario/a de carrera de la Escala de Programadores

Informáticos de la Universidad de Jaén, que no ha sido separado/a del

servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.

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