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Documento BOE-A-2002-7456

Resolución de 20 de marzo de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de «Ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves», en el aeropuerto de A Coruña (AENA).

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 18 de abril de 2002, páginas 14785 a 14785 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-7456

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, en los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental y de las resoluciones sobre el sometimiento o no a evaluación de impacto ambiental de los proyectos incluidos en el anexo II del citado Real Decreto Legislativo 1302/1986, de Competencia Estatal.

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, según la redacción dada en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 22 de octubre de 2001, un estudio previo de impacto ambiental correspondiente al proyecto «Ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves», en el aeropuerto de A Coruña, al objeto de determinar si era necesario someterlos, según criterio del órgano ambiental, al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto se tipifica en la categoría de proyectos del anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, grupo 9, otros proyectos; letra k) «Cualquier cambio o ampliación de los proyectos que figuran en los anexos I y II, ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, es decir...». Por otro lado, en el anexo II de la citada disposición se contempla en el grupo 7, letra d), la construcción de aeródromos, en el caso de que no estén incluidos en el anexo I.

El proyecto tiene como objeto la ampliación de la plataforma, prolongándose hacia el norte, junto al edificio SEI, con una superficie aproximada de 3.850 metros cuadrados.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Conservación de la Naturaleza, Aguas de Galicia, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia, Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia, Ayuntamiento de Culleredo (A Coruña) y Ayuntamiento de A Coruña.

Analizadas las respuestas recibidas no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos, que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, una vez analizado la totalidad del expediente, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves», en el aeropuerto de A Coruña.

Asimismo, se considera que otras actuaciones previstas en un futuro encaminadas a modificar las condiciones de explotación del aeropuerto deberían someterse, en conjunto, al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 20 de marzo de 2002.–La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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