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Documento BOE-A-2002-74

Resolucion de 10 de diciembre de 2001, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en la Escala -5433- Ayudantes de Investigacion del organismo, convocado por orden de 25 de mayo de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2002, páginas 158 a 159 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2002-74

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en las bases 8.1, 9.1, 9.2

y 9.3 de la Orden de 25 de mayo de 2001 ("Boletín Oficial del

Estado" número 138, de 9 de junio) por la que se convocaron

pruebas selectivas para cubrir siete plazas en la Escala

-5433Ayudantes de Investigación del Consejo Superior de

Investigacio

nes Científicas, y una vez remitidas por el Tribunal Unico las

propuestas definitivas de aspirantes aprobados,

Esta Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas ha resuelto:

Primero.-Publicar la relación definitiva de aspirantes que han

aprobado las pruebas y que figuran en el anexo I de esta

Resolución.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el día siguiente a aquel en que se publique esta Resolución en

el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes que figuran aprobados

en el anexo I, deberán presentar en el Registro General del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, 117,

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de

Identidad o Pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título de Bachiller Superior,

BUP, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente,

o certificación académica que acredite su posesión, acompañando

el resguardo justificativo del abono de derechos de expedición

del título. En el caso de titulaciones extranjeras deberá adjuntarse

la credencial de homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II

a esta Resolución.

d) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su

Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura

como anexo II a esta Resolución.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder

presentar los documentos expresados anteriormente, podrá

acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria

mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios

públicos estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos

ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Ministerio u Organismo del que

dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

Cuarto.-Quienes, dentro del plazo indicado y salvo en los casos

de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios quedando

anulados sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que

pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de

participación.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes ante el mismo Órgano que dictó

la Resolución o directamente recurso Contencioso-Administrativo,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal Superior de Justicia en

cuya circunscripción tengan los interesados su domicilio, a

elección de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

10.1.i), en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y artículo 74.1.i) de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada

por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio en el plazo de dos

meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de

esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley 29/1998.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de diciembre de 2001.-El Presidente, Rolf Tarrach

Siegel.

ANEXO I

Relación definitiva de aspirantes aprobados para ingreso en

la Escala 5433 de Ayudantes de Investigación del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas

Núm.

de

orden

DNI Apellidos y nombre Total

puntos

1 45.587.690 García Pérez, Rosa María ............ 33,9

2 53.400.338 Ventura Toledano, Juan Antonio .... 30,4

3 50.865.795 Aparicio Domingo, Silvia. ........... 29,6

4 50.103.094 Fernández Morón, Yolanda .......... 29,4

5 50.833.884 Royo Cárcamo, María Cristina ....... 28,8

6 25.411.653 Rochina Peñalver, María Cruz ....... 27,8

7 836.903 López Vara, María Carmen .......... 27,5

ANEXO II

Don/doña ..................................................,

con domicilio en ............................................,

y con documento nacional de identidad número .................

Declara bajo jurammento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala -5433- Ayudantes de

Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que

no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas (*).

En ............., a ............. de ............. de 2001.

(*) En el supuesto contemplado en el punto segundo, apartado

d), de esta Resolución se sustituirá "que no ha sido separado del

servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no

se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas"

por "que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en ............................ el acceso a la función

pública". (Estado.)

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