Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-7063

Decreto 11/2001, de 29 de noviembre, por el que se amplía el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «El Palacio de los Condes de Isla-Fernández», en Isla, término municipal de Arnuero (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2002, páginas 14002 a 14004 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2002-7063
  • Otros formatos:
  • XML

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura y Deporte, de 6 de noviembre de 2000, se incoó expediente para la ampliación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado «El Palacio de los Condes de Isla-Fernández», en Isla, término municipal de Arnuero.

El Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria y el Centro de Estudios Montañeses informan favorablemente la pretendida ampliación con fechas 15 de febrero y 27 de marzo de 2001, respectivamente.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto ampliar el entorno de protección del bien de interés cultural mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha ampliación, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.7 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Gobierno de Cantabria en su reunión del día 15 de noviembre de 2001, dispongo:

Artículo 1.

Se amplía el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «El Palacio de los Condes de Isla-Fernández», en Isla, término municipal de Arnuero.

Artículo 2.

Delimitar el entorno de protección ampliado del bien de interés cultural declarado, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al excelentísimo señor Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 29 de noviembre de 2001.‒El Presidente del Gobierno de Cantabria, José Joaquín Martínez Sieso.‒El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, José Antonio Cagigas Rodríguez.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección ampliado

La línea del entorno se inicia en la esquina sudoeste del cerramiento de la finca del Palacio, y continúa a lo largo del mismo en dirección sur-norte hasta alcanzar un pequeño camino de acceso a campos cultivados. A partir de este punto la línea del entorno sigue por dicho camino que discurre en dirección oeste-este, hasta su intersección con otro camino del mismo tipo que discurre en dirección norte-sur. Continúa por este camino a lo largo de los límites de una serie de parcelas rústicas hasta alcanzar la carretera local de Isla a Puente de la Venera. Continúa en dirección norte-sur por el camino de acceso a las edificaciones cercanas para girar, pasados unos 120 metros, en dirección oeste y seguir por otro camino vecinal durante una distancia de 130 metros. A partir de este punto la línea del entorno vuelve a girar en dirección sur bordeando una parcela rústica y de nuevo en dirección oeste siguiendo el borde sur de la misma finca hasta alcanzar la carretera de Isla a Puente de la Venera. A partir de este último punto, la línea discurre por otro pequeño camino vecinal en dirección este-oeste hasta alcanzar el punto de inicio.

Justificación: El entorno se ha delimitado considerando las estrechas relaciones existentes entre el palacio, la naturaleza circundante y los pequeños barrios de arquitecturas tradicionales que se forman alrededor. Se ha considerado, asimismo, la visión panorámica del palacio desde la localidad de Isla, que se encuentra en una posición más elevada que el inmueble. Se hace necesario, pues, establecer un entorno en el que se preserven las relaciones existentes entre el palacio, el medio natural y las casas tradicionales existentes en la zona.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2002/88/07063_14085214_image1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid