En el recurso de casación en interés de la Ley número 4256/99, interpuesto por la Diputación Provincial de Sevilla, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 5 de marzo de 2002, que contiene el siguiente fallo:
«FALLAMOS
Que estimando el recurso de casación en interés de la Ley interpuesto por la excelentísima Diputación de Sevilla, contra la sentencia de 22 de diciembre de 1998, dictada por la Sección Tercera de la Sala de Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se fija la siguiente doctrina legal:
“Dentro de una misma Administración Pública, los funcionarios pertenecientes a un mismo Cuerpo, Escala, clase o categoría pueden pertenecer a distintos grupos funcionariales, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso, si esa titulación ha experimentado una variación en la normativa dictada después de ese ingreso, y pudiendo los antiguos encontrarse en situación de ‘a extinguir’, en el Cuerpo, clase, Escala o categoría”.
Todo ello con respeto de la situación jurídico-particular derivada de la sentencia recurrida y sin hacer expresa condena en costas.»
Presidente: Excelentísimo señor don Enrique Cancer Lalanne.‒Magistrados: Excelentísimo señor don Ramón Trillo Torres; excelentísimo señor don Juan José González Rivas; excelentísimo señor don Fernando Martín González; excelentísimo señor don Nicolás Maurandi Guillén.
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