Por Resolución de 4 de marzo de 1997, y visto el expediente instruido a instancia de doña María José González Solano, en nombre y representación de «Viajes Amaiur Bidaiak, Sociedad Limitada», se concedió a dicha empresa el título-licencia de agencia de viajes minorista.
Considerando que con fecha 28 de agosto de 2001, doña María José González Solano, en nombre y representación de la citada empresa, solicita la anulación del título-licencia de agencia de viajes minorista a favor de «Viajes Amaiur Bidaiak, Sociedad Limitada»;
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.º 1 del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29) y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 22), en relación con el artículo 7.1 del Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de revocar estas licencias, esta Secretaría General de Turismo ha resuelto anular el título-licencia de agencia de viajes minorista a «Viajes Amaiur Bidaiak, Sociedad Limitada».
Madrid, 25 de enero de 2002.‒El Secretario general, Juan José Güemes Barrios.
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