Por Orden del Ministerio de Economía de 28 de noviembre
de 2001, fueron nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo
de Diplomados Comerciales del Estado, los aspirantes aprobados
en las correspondientes pruebas selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.7
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, por el
sistema general de acceso libre, aprobada por Orden del Ministerio
de Economía, de 18 de octubre de 2000 ("Boletín Oficial del
Estado" del día 9 de noviembre), procede el nombramiento de
funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado y el artículo 6.o, 3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 7 de
diciembre), de Atribución de Competencias en Materia de Personal, a
propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Economía,
resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Diplomados Comerciales del Estado a los aspirantes aprobados
que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de
acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los
destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril y tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de
julio de 1998.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 18 de marzo de 2002.-El Secretario de Estado, Ignacio
González González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Economía y Directora
general de la Función Pública.
ANEXO
Cuerpo: Diplomados Comerciales del Estado
Turno: Libre
Nivel CD
C.específico
-Euros
NOPS NRP
Especialidad Apellidos y nombre FN Ministerio. Centro Directivo/OO.AA. Centro de destino Provincia. Localidad. Puesto
de trabajo
1 5236778035
A 0616
Abad González, Ruth. 27- 3-1973 Ministerio de Economía. Secretaría
General de Comercio Exterior. S. G. de
Política Comercial de la Unión Europea.
Madrid. Madrid. Jefe
Sección N20.
20
2.374,80
2 3351988946
A 0616
Aldea del Pozo,
Concepción.
29- 6-1973 Ministerio de Economía. Dirección
General del Tesoro y Política Financiera. S.
G. para Asuntos de la Unión Económica
y Monetaria.
Madrid. Madrid. Jefe
Sección N20.
20
2.374,80
3 5298694435
A 0616
Díaz Sanc hidrián,
Nuria.
26- 4-1975 Ministerio de Economía. Secretaría
General de Comercio Exterior. Unidad de
Apoyo.
Madrid. Madrid. Jefe
Sección N20.
20
2.374,80
4 5236740235
A 0616
Iglesia Aparicio, Pablo
de la.
24- 9-1973 Ministerio de Economía. Dirección
General de Políticas Sectoriales. S.G. de
Incentivos Regionales.
Madrid. Madrid. Jefe
Sección N20.
20
2.374,80
Índice de abreviaturas:
NOPS: Número de orden del proceso selectivo.
NRP: Número de Registro de Personal.
FN: Fecha de nacimiento.
Nivel CD: Nivel de complemento de destino.
C. Específico: Complemento específico.
S.G.: Subdirección General.
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