El Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio inició expediente para la adopción de bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.
La propuesta fue aprobada por el Pleno municipal en sesión de 15 de junio de 2000. Los informes de los asesores de heráldica y de la Real Academia de la Historia fueron solicitados el 29 de junio de 2000. Los asesores heráldicos de la Comunidad informan el 9 de marzo; la Real Academia de la Historia ha informado favorablemente el 8 de octubre de 2001.
Consta, asimismo, informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia y Hacienda, emitido el 4 de septiembre de 2001.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 41.1 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y artículos 4 y 5 del Decreto 96/2000, de 26 de mayo, en relación con el artículo 5 del Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, por el que se modifica la denominación y estructura de las Consejerías, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 29 de noviembre de 2001, acuerda:
Aprobar la bandera municipal de Moraleja de Enmedio, con la descripción siguiente:
Bandera: «De proporciones 2/3. Paño de color rojo con un borde de color azul cuyo ancho es de un sexto de la altura del paño. En el centro el Escudo municipal timbrado».
Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio.
El presente Acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Oficial del Estado», produciendo sus efectos a partir del día de su publicación.
Madrid, 13 de febrero de 2002.–La Secretaria general técnica, Ángeles Huerta Bernardo.
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