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Documento BOE-A-2002-5457

Resolución de 1 de febrero de 2002, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se habilita al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) como organismo autorizado para que, a través del Instituto de Acústica de dicho Consejo, realice los ensayos y emita los informes correspondientes a la aprobación de modelo de diversos instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible en el ámbito metrológico de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2002, páginas 11289 a 11290 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2002-5457

TEXTO ORIGINAL

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible;

Considerando que en la documentación presentada se acredita que cumple con las exigencias generales establecidas en la citada Orden;

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios;

Teniendo en cuenta que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) dispone de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de estos controles, además de una probada independencia, imparcialidad y neutralidad;

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el Decreto 239/2001, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por el que se atribuye a esta Dirección General el ejercicio de las competencias sobre esta materia,

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

Habilitar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) como organismo autorizado para la realización de los ensayos y emisión de informes previos a la aprobación de modelo de los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible regulados por la Orden de 16 de diciembre de 1998, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible, en el ámbito metrológico de la Comunidad de Madrid.

Segundo.

Los ensayos mencionados serán realizados por el Instituto de Acústica del mencionado Consejo, que se encuentra ubicado en calle Serrano, 144, 28006 Madrid.

Tercero.

El Instituto de Acústica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) podrá subcontratar, total o parcialmente, ensayos complementarios a su actividad, con organismos ajenos, siendo preceptivo en estos casos que se detallen las condiciones de la subcontratación, incluidas las relativas al obligatorio uso por el contratado de los procedimientos del laboratorio autorizado. Dicha subcontratación deberá ser propuesta a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá aceptarla o no de forma motivada. En cualquier caso, la responsabilidad última de los ensayos realizados por la parte subcontratada corresponderá al organismo autorizado.

Cuarto.

El organismo autorizado tendrá como responsable técnico ante la Administración a un jefe y un subjefe de laboratorio, que serán nombrados por la Dirección General de Industria, Energía y Minas a propuesta de dicho organismo.

La solicitud de nombramiento será desestimada cuando la persona propuesta para ocupar el cargo de jefe o subjefe no ofrezca la garantía de imparcialidad o no pueda justificar los conocimientos específicos necesarios.

Para desempeñar la jefatura del laboratorio, la persona propuesta deberá estar en posesión de un título superior afín con la actividad del laboratorio; para ocupar el cargo de subjefe se exigirá una titulación mínima de grado medio.

Quinto.

Esta habilitación no tiene carácter excluyente y se hace sin menoscabo de la superior vigilancia y control por parte de esta Dirección General, que velará por el cumplimiento de la normativa vigente y ejercerá la potestad sancionadora.

Sexto.

Las tarifas a aplicar por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) serán comunicadas anualmente a esta Dirección General.

Séptimo.

Las discrepancias y reclamaciones que se produjeran en sus actuaciones con terceros en materia de metrología legal serán resueltas por esta Dirección General.

Octavo.

Las actuaciones en metrología legal realizadas por el organismo autorizado serán supervisadas por el Servicio de Inspección e Infraestructura Industrial de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a través del cual se canalizará todo el flujo de información y relaciones ordinarias con la mencionada Dirección General.

Noveno.

La presente habilitación tiene validez hasta el próximo 1 de febrero de 2004, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de cinco años, previa solicitud presentada por su titular tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Décimo.

Esta Dirección General podrá proceder a la cancelación de esta autorización cuando en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio se compruebe que se ha producido falseamiento, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base a aquélla, sin perjuicio de la sanción a que hubiere lugar.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 1 de febrero de 2002.‒El Director general, Carlos López Jimeno.

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